Comunicados
ADIF | 117 30/09/2023
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35 HORAS: TRAS SEIS MESES DE ENGAÑOS, SE FIRMA PRÁCTICAMENTE LO MISMO 35 HORAS: TRAS SEIS MESES DE ENGAÑOS, SE FIRMA PRÁCTICAMENTE LO MISMO
Ayer se reunió Adif con el Comité General de Empresa y la Comisión Negociadora del convenio colectivo para “finiquitar” la negociación de la reducción de jornada a 35 horas.
Del contenido final del acuerdo hemos hablado largo y tendido en estos 6 meses, pues no ha cambiado prácticamente nada de la propuesta inicial de la empresa:
• Modificación de la Clausula 8ª del II convenio, quedando definitivamente la jornada anual en 205 días para algun@s y reduciéndose a 191 para otr@s.
• Retroactividad de la jornada desde el preacuerdo de marzo y no desde diciembre como se acordó en un primer momento.
• Pérdida de la oportunidad de generar 800 puestos de empleo y modernizar la plantilla como establece el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI.
• Posibilidad implícita de compensar la reducción de jornada con el abono de horas extras (esta debe de ser la nueva forma de fomentar empleo).
• Imposibilidad de devengar la Jornada Partida en el periodo de jornada intensiva si no se interrumpe la jornada de trabajo.
ALGO NO CUADRA
CC OO, UGT y SCF tienen la desfachatez de obviar las más de 3000 firmas recogidas en 15 días por CGT y que reclamaban “los 14 días” para tod@s. Argumentan que sus bases han decidido de forma abrumadora que quieren “minuteo”. Esta decisión contrasta no solo con las famosas 3000 firmas, sino con la actitud de las personas trabajadoras en todas las visitas que hacemos a los centros de trabajo: del “minuteo no quieren ni oír hablar”. ¿Estarán traicionando a sus afiliaciones? ¡Si hubiera otras elecciones, veríamos si algunos sindicatos perderían otra vez 20 delegad@s!
Una vez más, el “triunvirato sindical” vuelve a traicionar a la plantilla de Adif. Han mareado la perdiz estos 6 meses para firmar prácticamente lo mismo.
VULNERACIÓN DE LIBERTAD SINDICAL
Las actas de las reuniones de ayer son otro ejercicio de desfachatez. Hay espacio para reflejar la (supuesta) posición de la afiliación de los sindicatos firmantes, pero no hay ni una coma sobre nuestra posición, que es fiel con nuestros compromisos y afiliación. El “triunvirato” no lo permite.
Y, aunque proclaman la “democracia” búlgara en el acta, practican el autoritarismo. Se vuelve a crear una Comisión de Seguimiento para los firmantes, excluyendo a quienes tenemos principios: la transparencia y la lucha por nuestros derechos. Esta debe de ser su manera de (intentar) castigarnos.
NO NOS RENDIMOS: DENUNCIEMOS EL CONVENIO Y NEGOCIEMOS TODO
Es urgente. Ni la norma de movilidad ni la reducción de jornada negociadas bajo este convenio satisfacen a la plantilla. Las 35 horas vuelven a demostrar la necesidad de un nuevo convenio para revertir los desmanes de algunos sindicatos y del Director General de Gestión de Personas.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 29/09/2023 | 116 ¡NI DESMANTELAMIENTO NI PRIVATIZACIÓN! | ADIF 27/09/2023 | 115 ¿ESTO O NADA? |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF MODIFICACIONES EN POLÍTICA SOCIAL AYUDAS GRACIABLES | 6 2017-01-16 |
| COMUNICADO
 | Leido: 87 veces | Tras algunos meses y bastantes reuniones, desde la Comisión de Política Social e Igualdad hemos conseguido llegar a un acuerdo por unanimidad, para introducir algunas modificaciones en los Requisitos y las cantidades a percibir en materia de Ayudas Graciables, hemos pretendido clarificar al máximo los requisitos, mejorar en lo posible y facilitar trámites. Las novedades más significativas serían:
• Se eleva el gasto mínimo para solicitar la ayuda de 400 a 500€, pero como novedad se da la posibilidad de presentar facturas por gastos de óptica y farmacia, exclusivamente, por un importe mínimo de 200€ en ambos casos.
• Se cubren todos los gastos de odontología excepto los de carácter estético.
• La cantidad mínima por gastos de farmacia se baja a 200€ y se puede presentar solicitud de ayuda de forma independiente.
• En gastos ópticos se eleva la cantidad máxima a valorar por la montura de 90€ a 100€, y se puede presentar solicitud de ayuda, de forma independiente, a partir de 200€ de gasto.
• Para gastos por celiaquía, basta con presentar anualmente el informe médico de aquellos miembros de la unidad familiar que la padezcan (ya no habría que ir sumando y presentar todos los tickets de compra) y se establecen unos importes fijos a percibir para cada uno de ellos, 200€ para quienes tengan unos ingresos brutos que no superen los 42.071€ y 100€ para quienes estén en el tramo de 42.072 hasta los 60.101€.
• Gastos por intervención óptica, se establece como cantidad máxima a percibir 500€, pero se amplía la cobertura a los integrantes de la unidad familiar, en caso de intervención laser. El resto de técnicas de intervención óptica sólo para el trabajador/a.
• La cantidad máxima a percibir en caso de adopción y por reproducción asistida se eleva de 600€ a 800€ y se podrá solicitar en ambos casos hasta en 3 ocasiones.
• Se aprueba como novedad la ayuda para dejar de fumar, solo para el propio trabajador/a, por gastos de medicamentos para tal fin, mediante informe que acredite que el tratamiento se efectúa a través del sistema público de salud, en el que figuren los medicamentos prescritos y las fechas de inicio y fin de dicho tratamiento. Esta ayuda sólo se podrá percibir en una ocasión.
• Ayudas a víctimas de violencia de género. Se valorarán como ayudas extraordinarias en los términos que estime la Comisión.
• Se regulan las fechas de entrega y plazos para aportar documentación.
• En las Ayudas por Incapacidad Temporal : El plazo para solicitarla será como máximo hasta un año después de la fecha de alta.
El baremo establecido para el cálculo de las ayudas según la suma de los ingresos brutos percibidos por la unidad familiar, se mantiene como estaba:
Hasta 21.000 € - 60%
Desde 21.001 hasta 25.844 euros - 40%
Desde 25.845 hasta 42.071 euros - 20%
Desde 42.072 hasta 60.101 euros - 10%
Se incrementarán en un 10 % los porcentajes que correspondan sobre este baremo, para las familias numerosas, portando documento acreditativo de esta situación.
La cantidad máxima anual de ayuda que podrá percibir un trabajador/a es de 1503€.
Estas novedades han de ser ratificadas por el Comité General de Empresa, antes de entrar en vigor, los modelos de Solicitud de las Ayudas Graciables y el Nuevo Extracto de Requisitos, estarán disponibles en nuestra página, como hasta ahora y para resolver cualquier duda estamos a vuestra disposición.
¡CGT EN DEFENSA DE TOD@S L@S TRABAJADOR@S!
Comunicado

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