Comunicados
RENFE | 86 22/10/2025
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ALARGANDO LA NEGOCIACIÓN HASTA LA EXTENUACIÓN Ayer se celebró la segunda reunión de la Mesa Técnica de Personal, centrada en los Equipos de Disponibilidad de Ingeniería y Mantenimiento (IyM) y en los CGO.
En las reuniones anteriores, la empresa nos presentó unos borradores inaceptables con sus propuestas. Desde SFF-CGT entregamos nuestras alegaciones el 23 de septiembre, mientras que otras organizaciones aún no han presentado las suyas y siguen posponiéndolas para la siguiente reunión.
Todo apunta a que este proceso se está alargando innecesariamente, probablemente hasta que alguien con poder, tanto en la representación de los trabajadores como en la empresa, decida que “hay que firmar” y se firme cualquier cosa, porque avances reales, ninguno.
En cuanto al punto de CGO, muchas buenas palabras y declaraciones de intención, pero habrá que ver si se traducen en hechos concretos.
Desde SFF-CGT hemos presentado hoy nuevas propuestas, además de las ya entregadas, especialmente dirigidas a los equipos de Pruebas y ETV, entre ellas:
• Entrega de teléfonos de empresa para eliminar el uso de teléfonos personales.
• Compensación por excesos de jornada y pernoctas fuera del domicilio, incluyendo jornada irregular y descanso compensatorio y Actualización de las dietas, ya que las actuales están desfasadas y no reflejan la realidad económica.
• Cobro de Plus de Pruebas, por todo el personal que trabaja en Pruebas.
La respuesta desde IyM ha sido que nuestras propuestas “no van en su línea de trabajo”, lo que interpretamos como una falta total de voluntad negociadora, ya que no se mueven ni un milímetro.
En el caso de los CGO, parece que la empresa ha asumido algunas de nuestras propuestas, aunque al mismo tiempo intenta vendernos como “mejoras” los pluses que ya percibe este colectivo, como el de fidelización en el puesto.
Otro de los grandes problemas sigue siendo su visión de la formación como un gasto. Desde SFF-CGT seguimos insistiendo en que la formación es una inversión, beneficiosa para ambas partes: el trabajador desempeña su labor con mayor seguridad y eficiencia, y la empresa ofrece un servicio de mayor calidad.
La sensación general es que todo sigue igual: cuando interesa, abundan las buenas palabras, pero al día siguiente se demuestra que solo eran humo.
Desde SFF-CGT seguiremos defendiendo la justicia y la dignidad laboral, sin dejarnos arrastrar por el camino de los que todo lo aceptan.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 20/10/2025 | 85 ESTE AÑO MÁS DE UN@ NO SE COME LAS UVAS | SECTOR 14/10/2025 | 84 MEDIDAS URGENTES ANTE EL DETERIORO DE LAS CONDICIONES LABORALES DEL SECTOR |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF MODIFICACIONES EN POLÍTICA SOCIAL AYUDAS GRACIABLES | 6 2017-01-16 |
| COMUNICADO
 | Leido: 87 veces | Tras algunos meses y bastantes reuniones, desde la Comisión de Política Social e Igualdad hemos conseguido llegar a un acuerdo por unanimidad, para introducir algunas modificaciones en los Requisitos y las cantidades a percibir en materia de Ayudas Graciables, hemos pretendido clarificar al máximo los requisitos, mejorar en lo posible y facilitar trámites. Las novedades más significativas serían:
• Se eleva el gasto mínimo para solicitar la ayuda de 400 a 500€, pero como novedad se da la posibilidad de presentar facturas por gastos de óptica y farmacia, exclusivamente, por un importe mínimo de 200€ en ambos casos.
• Se cubren todos los gastos de odontología excepto los de carácter estético.
• La cantidad mínima por gastos de farmacia se baja a 200€ y se puede presentar solicitud de ayuda de forma independiente.
• En gastos ópticos se eleva la cantidad máxima a valorar por la montura de 90€ a 100€, y se puede presentar solicitud de ayuda, de forma independiente, a partir de 200€ de gasto.
• Para gastos por celiaquía, basta con presentar anualmente el informe médico de aquellos miembros de la unidad familiar que la padezcan (ya no habría que ir sumando y presentar todos los tickets de compra) y se establecen unos importes fijos a percibir para cada uno de ellos, 200€ para quienes tengan unos ingresos brutos que no superen los 42.071€ y 100€ para quienes estén en el tramo de 42.072 hasta los 60.101€.
• Gastos por intervención óptica, se establece como cantidad máxima a percibir 500€, pero se amplía la cobertura a los integrantes de la unidad familiar, en caso de intervención laser. El resto de técnicas de intervención óptica sólo para el trabajador/a.
• La cantidad máxima a percibir en caso de adopción y por reproducción asistida se eleva de 600€ a 800€ y se podrá solicitar en ambos casos hasta en 3 ocasiones.
• Se aprueba como novedad la ayuda para dejar de fumar, solo para el propio trabajador/a, por gastos de medicamentos para tal fin, mediante informe que acredite que el tratamiento se efectúa a través del sistema público de salud, en el que figuren los medicamentos prescritos y las fechas de inicio y fin de dicho tratamiento. Esta ayuda sólo se podrá percibir en una ocasión.
• Ayudas a víctimas de violencia de género. Se valorarán como ayudas extraordinarias en los términos que estime la Comisión.
• Se regulan las fechas de entrega y plazos para aportar documentación.
• En las Ayudas por Incapacidad Temporal : El plazo para solicitarla será como máximo hasta un año después de la fecha de alta.
El baremo establecido para el cálculo de las ayudas según la suma de los ingresos brutos percibidos por la unidad familiar, se mantiene como estaba:
Hasta 21.000 € - 60%
Desde 21.001 hasta 25.844 euros - 40%
Desde 25.845 hasta 42.071 euros - 20%
Desde 42.072 hasta 60.101 euros - 10%
Se incrementarán en un 10 % los porcentajes que correspondan sobre este baremo, para las familias numerosas, portando documento acreditativo de esta situación.
La cantidad máxima anual de ayuda que podrá percibir un trabajador/a es de 1503€.
Estas novedades han de ser ratificadas por el Comité General de Empresa, antes de entrar en vigor, los modelos de Solicitud de las Ayudas Graciables y el Nuevo Extracto de Requisitos, estarán disponibles en nuestra página, como hasta ahora y para resolver cualquier duda estamos a vuestra disposición.
¡CGT EN DEFENSA DE TOD@S L@S TRABAJADOR@S!
Comunicado

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