Comunicados
ADIF | 18 26/02/2021
|
NUEVO MODELO DE CIRCULACIÓN Y ORDENACIÓN PROFESIONAL: ADIÓS A LOS MM.II. N3 A la misma hora que la Dirección de Empresa y CCOO, UGT y SCF firmaban la desconvocatoria de las huelgas convocadas por el Comité General de Empresa, acordando que los Nuevos Modelos de Mantenimiento y Circulación se enmarcarían en el Desarrollo de la Nueva Ordenación Profesional, la Jefa de Área de RR. HH Noreste notificaba el acoplamiento forzoso de 9 MM.II. de Circulación de las Estaciones de Barcelona França, Mataró y Montcada Bifurcació al Puesto de Mando de Barcelona.
Para poder ejecutar estos movimientos, la Dirección Adif lo “motiva” y “justifica” con la siguiente afirmación: “…Desde el punto de vista de la producción, el nuevo Modelo de Gestión de la Dirección de Circulación elimina de la plantilla objetivo a los MM.II. de las estaciones…”. Pero por otro lado, durante las Comisiones de Conflictos del CGE y de CGT manifestó que “…en las reuniones celebradas hasta la fecha con el CGE sobre el Nuevo Modelo productivo de Circulación se han expuesto las cuestiones técnico – operativas del proyecto, y a partir de ahora se iniciará la fase de negociación de aquellos aspectos del mismo que afecten a las condiciones laborales del personal del Área, como condición previa a su implantación.”
¿Cómo podemos entender esto? ¿Cómo es posible que a la vez que se acuerda tratar el Nuevo Modelo de Circulación en la Mesa de Ordenación Profesional se ejecuten movilidades forzosas justificadas en el mismo? ¿Por qué escriben en sus comunicados CCCO, UGT y SCF que permanecerán vigilantes para garantizar el cumplimiento del acuerdo y ahora callan y permiten que Adif juegue a los cromos con sus afiliados?
Como ya avisamos en el Comunicado 16, la firma del acuerdo de desconvocatoria de huelga suponía una nueva traición a las personas trabajadoras y, vincular el nuevo modelo de Circulación al desarrollo de una Mesa que lleva paralizada y dando tumbos desde tiempo inmemoriales significaba asumir, por los firmantes, el cierre de Gabinetes de Circulación y la reducción de la plantilla del Colectivo.
Desde CGT somos conscientes que el engaño del acuerdo iba a salir a la luz tarde o temprano, por eso no coge de sorpresa la situación, ni que el resto de Organizaciones Sindicales callen y otorgan mientras permiten el desmantelamiento de Adif. A pesar de ello, CGT si va a velar por los derechos de la plantilla y se ha dirigido como primer paso a la Dirección de Gestión de Personas para frenar este ataque y continuaremos con todos los medios jurídico-sindicales para defender los intereses de la afiliación.
CGT GARANTIZA TUS DERECHOS Y TU SEGURIDAD. ELIGE CGT
 COMUNICADO
|
 S.AUX-AT.CLI 25/02/2021 | 17 1 AÑO MÁS TARDE | ADIF 24/02/2021 | 16 UNA NUEVA TRAICIÓN Y VAN ………… |
Jurídica
Convenios RENFE | 08/08/2020 | |
 | ADIF | 29/01/2020 | |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE CGT DEMANDA A RENFE PARA QUE APLIQUE EL ANTERIOR CONVENIO A TODOS LOS FERROVIARIOS CONTRATADOS EN 2016 ¿Qué posición adoptarán el resto de sindicatos? | 56 2017-05-04 |
| COMUNICADO
 | Leido: 56 veces | Como desgraciadamente es conocido, SEMAF, UGT, CC.OO y SF (si, también SF) con fecha 20-09-2016, firmarón el I Convenio Colectivo de Grupo RENFE e incorporaron los acuerdos recogidos en el “Plan de Empleo”. Este convenio sucedió al “II Convenio Colectivo de RENFE-Operadora”, con una vigencia temporal de 1-01-2011 a 31-12-2014, con una prórroga de efectos de 23 meses, de acuerdo con la Cláusula 2ª del citado convenio, hecho así, el convenio encontró prorrogados sus efectos hasta el 29 de noviembre de 2016, momento en que se publicó el I convenio de Grupo.
Con fecha 6-05-2016 firman CC.OO. y UGT el “I Convenio Colectivo de Grupo RENFE” sin las mayorías necesarias para que tuviera carácter estatutario, estando así limitado entre las partes y con una eficacia circunscrita a las mismas, y al personal que no manifestase oposición expresa a que se aplicase este convenio extraestatutario.
En el nuevo Convenio los firmantes establecen aspectos muy negativos para los que estamos en RENFE y para los que se incorporarán en los próximos años, pues introduce modificaciones sobre categorías profesionales en materia de ingresos (artículo14.1 denominado Ajustes de los salarios de los subgrupos profesionales de ingreso) y en materia de sistema de promoción (artículo 14.3 Modificación de los sistemas de promoción).
Así, la cláusula 14.1 modifica las condiciones y crea una NUEVA CATEGORÍA DE “INGRESO” en los grupos profesionales de Fabricación y Mantenimiento, Comercial, Estructura de apoyo y de Cuadro Técnico. ¿Para qué se crea esta nueva categoría denominada de “ingreso”? Respuesta evidente: para precarizar, reducir el salario y beneficiar exclusivamente a la Empresa.
De esta forma se establece como novedad una duración de 5 años, durante los que los dos primeros años se reduce un 30%, los dos siguientes años un 15% y el quinto año un 10% el salario de referencia, que son los fijados en tablas salariales para la categoría de “entrada”, que era la que estaba establecida en la normativa laboral de RENFE para los nuevos ingresos. Por otra parte, la cláusula 14.4 al colectivo de conducción, se efectúa de manera diferente, pues no se crea una nueva categoría previa a la de “entrada”, sino que se modifican los sistemas de promoción y se introduce UNA NUEVA CATEGORÍA INTERMEDIA, modificando el tiempo de permanencia en las mismas.
Si antes del presente convenio un maquinista alcanzaba su techo profesional a los 6 años tras pasar 3 años en la categoría de “entrada” y otros 3 en la categoría de “maquinista” hasta alcanzar la categoría de “Maquinista Jefe del Tren”, la nueva regulación, con que han regalado los firmantes (si, también SEMAF, sindicato gremialista sólo para conducción) incorpora la nueva categoría de maquinista principal, entre “maquinista” y “maquinista jefe del tren” y establece los siguientes tiempos de permanencia: 2 años en la categoría de “maquinista de entrada”; 4 años en la categoría de “maquinista” y 4 años en la categoría de “maquinista principal” para pasar finalmente a la categoría de “Maquinista jefe del tren”.
Por tanto, queda claro y evidente que lo único que han tratado los firmantes es de reducir el salario y establecer la doble escala salarial al personal de nuevo ingreso y de romper el principio ineludible que todo Sindicato debe defender: “A IGUAL TRABAJO, IGUAL SALARIO”.
Es tan beneficiosa la nueva situación acordada con los firmantes del I CC del Grupo RENFE, que la empresa no ha esperado a la finalización de la prórroga del antiguo Convenio y ha procedido a aplicar las nuevas condiciones de ingreso a todo el personal contratado a partir del 1 de enero de 2016.
Desde CGT hemos interpuesto una Papeleta de Conciliación, previa a la demanda de Conflicto Colectivo porque consideramos que se han vulnerado varias normas legales y defendemos que deben ser aplicadas las condiciones de entrada del “II Convenio Colectivo de RENFE-Operadora”, a todo el personal que fue contratado, independientemente de la modalidad contractual, entre el periodo que concierne desde el 1 de enero de 2016 hasta la publicación del Convenio Colectivo en el BOE, el 29 de Noviembre de 2016. Y esto defendemos hacerlo extensible a todo el personal que participó en la Oferta de Empleo Público de fecha 20 de mayo de 2016 y que consiguieron plaza de contrato indefinido en el Grupo RENFE.
Desde CGT consideramos que vulneraron la Normativa vigente y que el II Convenio Colectivo de RENFE-Operadora debió ser la referencia (con sus condiciones) para los trabajadores que ingresaron, hasta la publicación del I Convenio Colectivo de Grupo RENFE con carácter mínimo sobre los contratos de trabajo firmados con anterioridad a esta fecha, debiéndose aplicar así las condiciones más beneficiosas para el personal de entrada que se regulaban en el desarrollo profesional para los colectivos de fabricación y mantenimiento, Comercial, Estructura de Apoyo y Mando Intermedio y en el colectivo de conducción entrarían con las condiciones del II Convenio Colectivo de RENFE-Operadora para el sistema de promociones.
¡FERROVIARI@, ROMPE CON QUIÉN FIRMANDO, PRECARIZA TUS CONDICIONES!
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |