Comunicados
ADIF | 71 15/09/2025
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UN AÑO Y AÚN NO LE HAN SALIDO LOS DIENTES UN AÑO Y AÚN NO LE HAN SALIDO LOS DIENTES
En pocos días se cumplirá un año desde la constitución de la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo de Adif y la criatura no termina de salir adelante. Muchas carantoñas, muchas cucamonas, pero pocos hitos en el desarrollo de derechos para las personas trabajadoras.
MESA DE NORMATIVA: NI SIQUIERA HA DADO SUS PRIMEROS PASOS
Esta mesa ¡ni siquiera se reúne!
MESA DE ASUNTOS SOCIALES: LA MESA DE LOS CÓLICOS
La conciliación sigue importándole poco a la empresa. La intención de Adif es que perdamos nuestra (luchada) ventaja en permisos respecto a los mínimos del Estatuto de los Trabajadores. Y, como guinda, pretende acabar con un derecho histórico, el reingreso garantizado en la empresa si nos declaran en situación de incapacidad permanente total.
MESA DE EMPLEO: EN PAÑALES
Ni jornada, ni movilidad, ni teletrabajo. Ni siquiera garantía de empleo. Aquí solo se habla de que el personal de dirección siga “trabajando” hasta los 68 años, en vez de los 65 actuales.
MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL: BALBUCEOS PERO NI UNA PALABRA INTELIGIBLE
En vez de desarrollar y negociar las nuevas funciones y el sistema retributivo, a alguien de Adif se le ha aparecido la Virgen del Desarrollo Profesional Horizontal y pretende bautizarnos y convertirnos en creyentes.
EL NUEVO CONVENIO DEBE MIRAR HACIA EL FUTURO
Y casi dos años después de denunciar el anterior convenio (diciembre 2023), Adif ha seguido con sus planes: cierre de bases y estaciones, imposición de turnos al personal de infraestructura, recorte arbitrario de conceptos salariales... Claramente no está pensando en el futuro. Más bien pretende que todo siga como está. O peor.
Es hora de que la conflictividad generada por Adif se vuelva en su contra. Es hora de presionar para que deje volar a la criatura y empiece a construirse un futuro mejor que el que tuvieron sus padres.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 11/09/2025 | 70 LXS TRABAJADORXS DE RENFE PODRÁN PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DE PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN CON PREFERENCIA A LOS INGRESOS | RENFE 11/09/2025 | 69 ATL Y BRIGADA DE SOCORRO: NUEVA DENOMINACIÓN |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE SUBIDA SALARIAL CLAVE 200 | 109 2017-09-21 |
| COMUNICADO
 | Leido: 90 veces | Con el ya habitual retraso aparejado a una mala gestión y peor voluntad, desde antes del verano se está hablando del escuálido incremento salarial para el año 2017.
Pero no debemos olvidar que aún está pendiente el abono del 1% relativo a la clave 200 del año 2016. Sí, ese famoso complemento personal que se puso a algunos trabajadores con ocasión del Desarrollo Profesional pero al que la empresa no aplica las subidas salariales.
Una vez más, contemplamos como la empresa incumple lo que ella junto con algunas organizaciones firma y se tiene que acudir a la vía judicial. La Audiencia Nacional ya determinó que si procede la subida salarial de la clave 200.
Desde CGT queremos recordar que la empresa ha recurrido al Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Nacional y para evitar posibles maniobras de la empresa de alegar prescripción de plazos, recomendamos que los trabajadores afectados hagan la oportuna reclamación de haberes antes de que pase un año desde el abono de los atrasos del ejercicio 2016, en el caso de haber expresado la no adhesión al Convenio hasta que no fue de eficacia general, los atrasos fueron abonados en nómina de octubre de 2016.
Las reclamaciones individuales se pueden hacer en el modelo (SE ADJUNTA en el reverso ejemplo) que tiene la empresa para reclamaciones de tipo salarial y en el caso de no ser atendida dicha reclamación, emprender acciones judiciales, interponiendo demandas individuales.
Dichas demandas estarán sujetas a lo que dictamine el Tribunal Supremo. Pero es conveniente que la empresa sepa que los trabajadores reclaman de forma expresa lo que consideran que es suyo y se les adeuda con la idea de ver atendida su petición sin tener que acudir a instancias judiciales.
Desde CGT os animamos a realizar estas reclamaciones ya que, son legitimas, de escasa cuantía y de afectación a un colectivo no muy grande, y no entendemos la cerrazón empresarial al negar el abono, salvo que la voluntad sea sumar un agravio más al ya de por si olvidado colectivo de Administración y Gestión.
El cálculo es sencillo, es aplicar la subida salarial del 1% del Convenio Colectivo (establecida a todos los conceptos salariales) a la cantidad mensual que se os abona en la clave 200, que como indica la disposición transitoria del Desarrollo Profesional, es de naturaleza salarial y viene incluida en las retribuciones de la Cláusula Final.
¡CGT POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS!
Comunicado

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