Comunicados
RENFE | 21 07/02/2023
|
CGT INICIA PROCEDIMIENTO DE CONFLICTO COLECTIVO CONTRA EL RECORTE DE LICENCIAS A L@S OCIN TEMPORALES CGT aseguró el derecho de toda la plantilla a disfrutar de los 6 días de licencia por año natural vía Tribunal Supremo y Audiencia Nacional independientemente de la duración del contrato, por eso ahora hemos procedido a presentar Papeleta de Conciliación previa a demanda de Conflicto Colectivo contra la decisión de la Dirección de Renfe de continuar recortando derechos respecto al derecho al disfrute de los seis días de licencia de convenio por asuntos propios, en este caso, a l@s trabajador@s temporales ingresados el pasado mes de agosto de 2022 para cubrir la punta de producción generada por la puesta en marcha de los abonos de viaje gratuitos.
RENFE, abusando de la condición de la temporalidad de est@s compañer@s, y de que, en la mayoría de casos, no iban a reclamar los días debido también y al miedo que genera el “si reclamo a lo mejor no me llaman de nuevo” dictaminó arbitraria e injustamente que, para el año 2022, les correspondían solamente dos días, aplicando una proporcionalidad que se sacaron de la manga. El año 2023 comienza por los mismos derroteros, incumpliendo no solamente la Normativa Laboral Vigente, sino yendo también contra la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 17 de diciembre de 2019, que rechazó el recurso de la empresa y confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, ganada por CGT respecto a los maquinistas ingresados en Cataluña a los que se les recortó las licencias proporcionalmente a la jornada efectiva de trabajo.
El trabajo jurídico efectuado por CGT en este sentido culminó, tras presentar demanda de conflicto colectivo con la conciliación en sede de la Audiencia Nacional en fecha 18 de enero de 2021, que tiene efecto de sentencia firme, y por tanto el reconocimiento de la empresa del derecho a toda la plantilla de RENFE al disfrute de los seis días de licencia de convenio por año natural, sin recortes proporcionales según el tiempo efectivo trabajado.
CGT no va a tolerar que todo el esfuerzo jurídico realizado y que los derechos de l@s compañer@s sean pisoteados de nuevo por una dirección acostumbrada a pasarse por el forro lo que ella misma se ha visto obligada a reconocer, teniendo en cuenta a mayores que l@s trabajador@s temporales tienen los mismos derechos que los de contrato indefinido.
Por ello, insistimos en la necesidad de que, solicitéis y reclaméis el disfrute de estos días, para a posteriori poder reclamarlos en tiempo de descanso o retributivamente.
CGT, CONTRA LOS ABUSOS DE RENFE
 COMUNICADO
|
 RENFE 07/02/2023 | 20 NI UN PASO ATRÁS EN EL COLECTIVO DE COMERCIAL ESTACIONES | ADIF 07/02/2023 | 19 CIRCULACIÓN NECESITA MEJORAS |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE EXAMENES MOVILIDAD FUNCIONAL EN RENFE LA EMPRESA DEBE DE APLICAR LA NORMATIVA | 136 2017-12-12 |
| COMUNICADO
 | Leido: 52 veces | Hoy día 12 se llevan a cabo los exámenes correspondientes a las convocatorias de movilidad funcional (ascensos) a los subgrupos profesionales de Operador Comercial Especializado N2 (Convocatoria PO 06/2017) y Operador Comercial Nivel 1 (Convocatoria PO 04/2017).
Las pruebas se realizan en turnos de mañana y tarde en diversas residencias, concretamente en dependencias de Madrid, Barcelona,, Málaga, Miranda, Murcia, Oviedo, Santiago, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza.
A la gran mayoría de las/los trabajadoras/es que se presentan a las mismas, se les ha asignado un turno de examen no coincidente con el turno de trabajo que les corresponde, lo que significa en muchos casos que una vez finalizado el mismo, deberán incorporarse a sus puestos de trabajo, o que, una vez finalizado el turno de trabajo, deberán desplazarse para la realización de las pruebas, o en su descanso, utilizando también tiempo propio.
CGT recuerda a todas/os que la promoción profesional es un derecho que se encuentra reconocido en el Estatuto de los Trabajadores ( artículo 4.2 b), además de estar regulada la asistencia a las pruebas en la Normativa Laboral vigente, en su artículo 435 “Promoción”, que de forma literal especifica que “Aquellos trabajadores que se presenten a una Convocatoria de Ascenso o Pase tendrán derecho a obtener el día o días para la asistencia a examen, que será de licencia con sueldo, siempre y cuando superen la mitad de la puntuación exigida en la Convocatoria para el aprobado, y en caso de no obtenerse dicha puntuación el día o días serán considerados como licencia sin sueldo.
A partir de la firma del XIV Convenio Colectivo, y en caso necesario, cuando el examen tenga lugar en residencia distinta a la del trabajador, se facilitará el título de transporte y los gastos de viaje que puedan derivarse del desplazamiento, si éste se efectúa a otra provincia distinta de la residencia del trabajador”.
Por lo tanto, desde CGT animamos a todos los participantes que cumplan los requisitos establecidos en la Normativa, que reclamen por escrito la compensación con un día de licencia retribuida en el caso de superar la mitad de la puntuación exigida para el aprobado en la Convocatoria, y que en todo caso, reclamen, el importe del título o títulos de transportes utilizados para la asistencia a los exámenes. Tened claro que la empresa no lo va a hacer de oficio, y si nos callamos, se convierte en otro derecho que se llevan por delante.
En otro orden de cosas, y respecto al nefasto listado de Ordenación Profesional del personal de comercial publicado hace meses y al que presentamos un escrito de impugnación (ver comunicado nº º116 de 16-10-2017), deciros que desde CGT hemos hecho gestiones para averiguar en que estado se encuentran las reclamaciones presentadas (unas 300), habiéndonos asegurado la Dirección que las están resolviendo y que se publicará a la mayor brevedad un nuevo listado donde se reflejen las correcciones necesarias.
¡QUE NO TE TOMEN EL PELO!
LA PROMOCIÓN PROFESIONAL ES UN DERECHO
¡VEN A LUCHAR CON CGT!
¡AFÍLIATE A CGT, CONTIGO SOMOS MÁS FUERTES!
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |