Comunicados
RENFE | 107 16/12/2025
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PROPUESTA DEL SFF-CGT PARA UN SISTEMA DE MOVILIDAD CONTINUA CON GARANTÍAS Desde el SFF-CGT, dentro del marco de la negociación del IV Convenio Colectivo del Grupo Renfe, hemos realizado una propuesta para abordar una mejora sustancial del actual sistema de movilidad. La aplicación de la Norma Marco vigente está generando retrasos injustificados, errores en los listados, falta de información y una comunicación deficiente con la plantilla, lo que provoca incertidumbre y desconfianza en unos procesos clave para el desarrollo profesional y la movilidad.
Cualquier modelo de movilidad continua debe de contemplar los principios de: transparencia, igualdad, mérito y capacidad. El sistema actual tiene margen de mejora, pero si se opta por uno nuevo, este debe corregir las deficiencias existentes y ofrecer mayores garantías a las personas trabajadoras, especialmente en un contexto en el que las vacantes tenderán a reducirse por jubilaciones y desvinculaciones.
Necesitamos unas convocatorias con plazos claros y comunes para todos los colectivos, con una calendarización que permita a la plantilla conocer los plazos y una comunicación adecuada de los procesos. Asimismo, consideramos imprescindible diferenciar las movilidades geográficas de las funcionales, resolviendo primero las primeras para cubrir correctamente las vacantes generadas.
Los listados deben regirse por criterios de ordenación objetivos y conocidos. Defendemos una mayor permeabilidad entre colectivos, la revisión de los grupos subsidiarios y la participación en movilidad de personas en situaciones de excedencia protegida (maternidad, paternidad o cuidados). Exigimos la eliminación de penalizaciones injustas, como las derivadas de la cláusula 14.6.
Las reclamaciones deben canalizarse mediante un sistema único, trazable y con respuesta individualizada. Las personas trabajadoras deben poder realizar peticiones múltiples sin límites arbitrarios.
En la resolución de los procesos, exigimos comunicación de resultas, toma de posesión con al menos 15 días de preaviso, reconocimiento de la nueva categoría funcional en los plazos legalmente establecidos, entrevistas objetivas y paritarias cuando existan, y la eliminación de los periodos de permanencia obligatoria.
Un sistema de movilidad justo, transparente y garantista es esencial para mejorar la calidad del empleo y el funcionamiento de la empresa. Desde SFF-CGT seguiremos defendiendo estos principios en todos los ámbitos de negociación.
Puedes leerlo aquí: https://bit.ly/PropuestaMovilidadContinua
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 16/12/2025 | 106 LA MINORÍA INVISIBLE ALZA SU VOZ | ADIF 12/12/2025 | 105 EL DÍA 16 CONCENTRAMOS LA FUERZA DEL SECTOR |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE-ADIF ¡CAPRICHO INTERPRETATIVO! | 11 2018-01-26 |
| COMUNICADO
 | Leido: 63 veces | El Estatuto de los Trabajadores (ET) es una norma de rango superior que marca los mínimos en los derechos laborales, no pudiendo los Convenios Colectivos ir en contra de los derechos regulados en el mismo, ni regular normativas A LA BAJA. El ET establece una serie de licencias por enfermedad y hospitalización de familiares, que no vienen recogidas en los Convenios Colectivos de Renfe y Adif.
CGT ha tenido conocimiento que en algunas dependencias se están denegando estas licencias, teniendo que acudir a los tribunales para defenderlas y obteniendo sentencias favorables, que vienen a demostrar que existe un sinsentido por el capricho interpretativo por parte de algunos responsables de la empresa.

Es por ello que creemos necesario recordar nuestros derechos regulados en el ET en su artículo 37.3.b, sobre permisos retribuidos:
“… por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.”
Para todos los supuestos se incluyen a los familiares de segundo grado. Por consanguinidad: hermanos, abuelos y nietos. Por afinidad: padres políticos y cónyuge de la hija o hijo.
En caso de hospitalización, la licencia se puede disfrutar en cualquier momento mientras dura el ingreso, no sólo durante los dos primeros o cuatro, si se diera desplazamiento. En caso de enfermedad grave o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario, también corresponden las licencias con las mismas condiciones anteriores.
Nadie nos ha regalado ningún derecho a los trabajadores, por lo que no debemos consentir que nos nieguen derechos que han costado muchas luchas conseguirlas.
¡TUS DERECHOS SIGUEN EN JUEGO, LUCHA POR ELLOS EN CGT!
Comunicado

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