Comunicados
RENFE | 13 10/02/2021
|
SIGUE AUMENTANDO LA BRECHA SALARIAL EN EL GRUPO RENFE En el día de hoy, se ha reunido por segunda vez el CGGR para tratar el abono de las primas variables de los colectivos de Conducción, Comercial y Administración y Gestión.
Una vez más, hemos manifestado nuestro desacuerdo a que, si tomamos como referencia los resultados del año 2020, del que se ha percibido el 84%, en aquellos centros de trabajo que no han llegado a este parámetro, se vendría a establecer ese 84% como el 100% para el año 2021. Esto supondría además de la pérdida del 16% en el 2020, una nueva disminución de la variable para 2021, si los resultados para su cálculo no mejoran en el presente.
Por lo que hemos solicitado a la empresa que traslade al Ministerio que el esfuerzo y el compromiso de toda la plantilla en este periodo pandémico, sean razones de peso para mantener nuestro poder adquisitivo y que no sea la clase trabajadora la que pague el descosido financiero provocado por la pandemia y algunas decisiones poco acertadas.
A continuación, se ha reunido la Comisión Negociadora del II Convenio para abordar la solicitud de aplicación de la subida salarial del 0,9% reflejada en la Ley 11/2020 de 31 de diciembre de los Presupuestos Generales del Estado, para el sector público.
La mayoría de la representación ha acordado que esa subida de la masa salarial se aplique porcentualmente a todos los conceptos salariales reflejados en tablas a fecha del 31 de diciembre de 2020, con carácter retroactivo desde el 1 de enero del 2021.
Desde CGT no hemos estado de acuerdo en la aplicación de las subidas porcentuales porque benefician a quienes más ganan y, paralelamente, aumentan la brecha salarial entre trabajadores de la misma empresa. Siempre hemos pensado que una subida lineal para toda la plantilla es más justa para tod@s, lo seguimos manteniendo y más, desde la creación de las categorías de ingreso que, con este reparto, verán como la brecha entre éstos y el resto de trabajadores aumenta.
Una vez más, hemos sido los únicos que han defendido esta postura.
Que cada palo aguante su vela y sean los afiliados y afiliadas quienes pidan explicaciones de este acto de insolidaridad.
NI UN PASO ATRÁS EN LA DEFENSA DE L@S DERECHOS DE L@S TRABAJADORES.
AFÍLIATE A CGT
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 S.AUX-AT.CLI 08/02/2021 | 12 CGT APUESTA POR EL V CONVENIO COLECTIVO. | RENFE 02/02/2021 | 11 DERECHO A LICENCIA POR NACIMIENTO DE HIJO EN RENFE EN CASO DE PATERNIDAD. |
Jurídica
Convenios RENFE | 08/08/2020 | |
 | ADIF | 29/01/2020 | |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE DESCANSOS DETRAIBLES, UN RECORTE DE DERECHOS | 21 2018-02-22 |
| COMUNICADO
 | Leido: 20 veces | CGT DEMANDA AMPLIAR EL PREAVISO A UN MÍNIMO DE CINCO DÍAS EN LOS DESCANSOS DETRAIBLES, conforme a lo establecido en el derecho mínimo necesario.
Como todos conocéis, en el año 2010, durante la “dura negociación” del acuerdo de desarrollo profesional de conducción (ADPC), el tándem EMPRESA-SEMAF y sus adláteres, consiguieron imponernos los famosos descansos detraibles para los servicios de viajeros (además de la triple escala salarial y otros grandes logros de estos defensores de los “derechos de los trabajadores”). Así, establecieron que, con un preaviso de 48 horas te pudieran sustraer hasta 4 descansos al año, pudiéndote sustraer 2 descansos juntos si la jornada fuera de 2 fechas y fuera de residencia.
Estos descansos detraibles no son más que lo conocido como distribución irregular de la jornada, con la que RENFE se guarda cuatro días de nuestras jornadas, o sea, 96 horas anuales, para distribuírnoslas a su gusto, pudiendo realizar tareas de producción o bien de formación.
Desde CGT ya avisamos del nefasto Convenio Colectivo del Grupo RENFE, firmado el 20-09-2016 –en el que los firmantes (SEMAF, CC.OO, UGT y SF) instauraron la precariedad, los “falsos becarios”, distintas escalas salariales para cobrar mucho menos realizando el mismo trabajo, etc.-, no respeta el tiempo de preaviso mínimo establecido en el Estatuto de los Trabajadores (ET), para aplicar la distribución irregular de la jornada. En concreto, el artículo 34.2 del ET fija un mínimo de 5 días de preaviso para conocer el día Y LA HORA, del servicio a realizar. Evidentemente, la Dirección de la Empresa y sus cómplices sindicales eliminaron este derecho, reduciéndolo a 48 horas y perjudicando aún más la conciliación de la vida familiar, social y laboral de los maquinistas.
Por ello, interpusimos demanda ante la Audiencia Nacional impugnando el preaviso de los descansos detraibles, solicitando el aumento de éste hasta los 5 días mínimos establecidos en el artículo 34.2 del ET. Siendo además, considerado por el Tribunal Supremo, un derecho mínimo necesario que nunca puede aminorarse por medio de un acuerdo o convenio colectivo.
El Juicio en la A.N. está proclamado para celebrarse el próximo 25 de Abril del presente año, si es que la Empresa no se aviene a rectificar y ajustarse al derecho mínimo necesario de CINCO DÍAS marcado en el ET., lo que evidenciaría que la Dirección de la Empresa respeta los derechos de conciliación de la vida familiar de sus trabajadores.
En caso contrario, desde CGT, esperamos que el resto de Sindicatos: SEMAF, CC.OO., UGT y SF, que están codemandados por ser parte necesaria, se sumen a la demanda de CGT haciendo frente común en defensa de los derechos de sus representados y de todos los trabajadores, pues las pretensiones que hemos interpuesto en este tema son colectivas y benefician sustancialmente la vida y la relación laboral de los Maquinistas. De TODOS/AS los/as Maquinistas.
Tanto empresa como sindicatos firmantes del convenio, tienen la posibilidad de hacer efectivo aquello tan elemental de: “RECTIFICAR ES DE SABIOS” y corregir lo incluido en el nefasto I Convenio Colectivo del Grupo RENFE.
CGT, GARANTIZA TUS DERECHOS
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |