Comunicados
RENFE | 29 27/03/2024
|
EL SFF-CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN EL GRUPO RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN AL SFF-CGT Y CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL El SFF-CGT presentó el 17 de noviembre de 2020 una demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin amortizar días de descanso o festivos durante su cómputo.
El Grupo RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienza el cómputo de los días de licencia incluye todos los días naturales y figura parte de los permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
La Audiencia Nacional falló en sentencia de fecha 9 de junio de 2021, el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo dl GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió esta sentencia y ahora el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, rechaza el recurso de la empresa y da la razón al SFF-CGT. Estable que los permisos retribuidos solo se disfrutan en días de trabajo efectivo. Además, aclara que la referencia a las jornadas especiales (a las que Renfe se aferraba para oscurecer la aplicación del derecho) implica que habrá que estarse al calendario laboral de cada trabajador o trabajadora para determinar el carácter laborable, o no, de cada jornada, debiendo en cada caso incluir exclusivamente para el cómputo de los días de disfrute de los permisos que nos ocupan los días de trabajo efectivo.
Conseguimos, por tanto el objetivo de esta acción jurídica, que es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Con esta sentencia el SFF-CGT culmina con éxito un intenso trabajo jurídico, iniciado por l@s compañer@s del sector de Telemarketing de la Federación de Transportes de CGT: sentando doctrina en el TS sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos si el hecho causante se producía en descanso o festivos para el/la trabajador/a, obligando a aplicar el mismo criterio una vez iniciado el permiso tanto en ADIF (sentencia del TS de fecha 7 de Junio de 2023) como en el GRUPO RENFE con la reciente sentencia de seis de marzo.
Esta sentencia posibilita reclamar durante un año a partir de la misma (hasta el seis de marzo de 2025), todos aquellos descansos y festivos que el Grupo Renfe ha ido computando como licencia y que debería haber respetado, extendiendo el radio de acción de esta reclamación hasta un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación del conflicto colectivo (30 de junio de 2019). Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de l@s compañer@s interesad@s en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
SFF-CGT: ¡LUCHA CONTINUA POR MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO!
COMUNICADO
|
ADIF 26/03/2024 | 28 PAF 2024 O CÓMO SEGUIR DESPRECIANDO LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA | SECTOR 22/03/2024 | 27 AL MINISTERIO SE LE OLVIDA EL ACUERDO DE DESCONVOCATORIA DE HUELGA |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
ADIF MESA DE MOVILIDAD CONTINUA Y ORDENACION PROFESIONAL | 33 2018-03-16 |
| COMUNICADO
| Leido: 74 veces | El día 14 del presente, se reunió la Comisión de Seguimiento de la Movilidad General con el fin de tratar las alegaciones, que desde la representación de personal hicimos llegar a la empresa con referencia al listado de actividad y puestos de toda la red, así como a los documentos que establecen las condiciones y requisitos exigibles para optar a la reconversión, tanto para personal operativo, como para Cuadro Técnico.
Las alegaciones de CGT tienen un denominador común: muy pocas plazas, ocultación de muchísimas de las que están cubiertas en movilidad temporal (reemplazaos, cesiones), demasiadas dependencias y puestos con excesos de personal, requisitos para la reconversión no acordes a las circunstancias de la mayoría de la plantilla por la media de edad, etc.
Nuestro papel en la reunión no ha podido ser otro que, el de ser la voz de los trabajadores de Adif entregando y argumentando las citadas alegaciones, que prácticamente recogen el sentir de toda la plantilla y que se resume en muy pocas palabras: la Movilidad Continua que pretende la empresa es una nueva burla y una herramienta perversa en contra de los intereses de promoción de todos los trabajadores de Adif.
Como consecuencia de todo esto, los derechos a participar en los procesos de promoción, reconversión y traslados, quedan reducidos a una mínima expresión. Es decir, más de lo mismo. De manera lamentable y si las formas no cambian, continuaremos presenciando verdaderos agravios, todo continuará igual que siempre a pesar de las expectativas que habíamos puesto con la implantación de este nuevo mecanismo en materia de movilidad y las excelentes oportunidades que el sistema puede ofrecer.
Parece que los planes de la empresa siguen adelante; pretendiendo publicar esta farsa de proceso la próxima semana y sin acuerdo con el CGE, al menos, sin el nuestro. Desde CGT nos opondremos frontalmente, así lo hemos manifestado en la reunión, a este empeño cerril de la empresa. Apoyaremos a todos los trabajadores afectados e iniciaremos todas las acciones jurídicas y sindicales necesarias, para corregir el desmán que pretenden.
Por otra parte, acto seguido a esta reunión, se celebró la correspondiente a la de la mesa de Ordenación Profesional, para tratar las alegaciones sobre la funcionalidad del personal del Área de Servicios Comunes. En este sentido, la Representación del Personal nos hemos ratificado en las alegaciones presentadas ya en su día y hemos insistido, todos menos el SCF (que dicen que esta guerra no va con ellos) en el desacuerdo con la aplicación de la funcionalidad que viene mostrando. Veremos que cuestiones recogen en el nuevo documento que nos expongan, aunque a juzgar por lo argumentado, sólo harán retoques superficiales. En cada reunión se percibe una mayor decepción en esta negociación, que inevitablemente desembocará en el más absoluto de los rechazos por parte de CGT.
¡CGT, POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS!
Comunicado
|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |