Comunicados
RENFE | 52 22/03/2023
|
REGULARIZACIÓN DE VARIABLES, ¿EN QUÉ TÉRMINOS? Desde que el Gobierno lanzó el 1 de septiembre de 2022 los Abonos Gratuitos, todo el colectivo de Comercial en Renfe ha notado y mucho la caída estrepitosa en número de operaciones y en recaudación, lo que ha producido una pérdida importante de poder adquisitivo de estos compañer@s. Hemos podido ver cómo las claves 468 y 047 de las nóminas de los subgrupos profesionales de comercial estaciones (OCIN2, OC de Entrada N2, OCN2 y OC Especializado N2) y de intervención (OCN1 y OCEN1) se han ido esfumando mes a mes sin que se haya hecho nada, hasta ahora.
El mes pasado se nos indicó a la Representación de l@s Trabajador@s que a partir de la nómina de febrero y trimestralmente desde ese momento mientras la medida del gobierno siguiera vigente, se regularizaría la diferencia proporcionalmente respecto a la media de la residencia.
Desde CGT estábamos demandando una medida similar desde el anuncio de la medida, que protegiese a l@s compañer@s frente a la pérdida de ingresos que suelen suponer los conceptos “variables” de la nómina. El problema es que la regularización se ha hecho de manera totalmente opaca al personal y a su Representación Legal: La empresa no ha dado ningún dato de referencia para poder constatar que la regularización se ha efectuado según los parámetros indicados y por tanto tenemos “que fiarnos” de que se ha hecho bien.
Por ello nos hemos puesto en contacto con Renfe, exponiendo nuestro malestar por las promesas incumplidas y exigiendo saber cómo se han realizado estos cálculos. Creemos que el Colectivo Comercial ha tenido demasiada paciencia y se merece que se compensen correctamente estos meses en los que el trabajo ha aumentado pero su nómina no.
En CGT apostamos por la transparencia en todos los ámbitos, y por ello creemos que es un derecho de todos los trabajadores tener información oficial de primera mano. Esperamos que cuando esta regularización tenga lugar en las próximas ocasiones a lo largo del año l@s trabajador@s no vuelvan a tener la sensación de estar recibiendo caridad y tengan datos fehacientes sobre la mesa para verificar que esta compensación se ha realizado de manera adecuada y, de no ser así, puedan reclamar la diferencia debida.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO
|
 RENFE 17/03/2023 | 51 MÁS TRANSPARENCIA EN LA ÚTIMA MOVILIDAD DE COMERCIAL OCN1 Y CENTROS DE GESTIÓN | ADIF 16/03/2023 | 50 UNA VEZ HAN TENIDO LOS VOTOS EN EL BOLSILLO, UNA NUEVA TRAICIÓN |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE-ADIF CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS DE MATRIMONIO, NACIMIENTO Y FALLECIMIENTO CUENTEN A PARTIR DEL PRIMER DÍA DE TRABAJO | 36 2018-03-21 |
| COMUNICADO
 | Leido: 84 veces | CGT pidió que se declarara que el cómputo de los permisos por matrimonio, nacimiento y fallecimiento, se iniciara el primer día laborable al hecho causante cuando éste sucediese en día no laborable.
La Confederación General del Trabajo (CGT) ha logrado que el Tribunal Supremo (TS) nos dé la razón en su reclamación sobre la interpretación de la normativa que regula los permisos retribuidos a los que tenemos derecho según Convenio. Sentencia que de facto, genera jurisprudencia y que resulta de aplicación a todos los trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, pues los razonamientos jurídicos de la misma interpretan el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores que nos afecta a todas/os.
Hasta este momento se entendía que, por ejemplo, cuando el fallecimiento del familiar de una persona trabajadora se producía en viernes, ésta debía volver a su puesto de trabajo el lunes porque el permiso de dos días se consumía en el fin de semana.
La sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo del pasado 13 de febrero, da la razón a CGT y recuerda que las normas deben interpretarse con “cierta lógica”, es decir, los permisos se conceden para su disfrute en días laborables puesto que en días festivos no es necesario pedirlos porque no se trabaja.
Desde el SFF-CGT hemos enviado cartas a las direcciones de las empresas del Grupo RENFE y ADIF, notificándoles la sentencia para que, a partir de la misma, la apliquen de manera inmediata a las trabajadoras y trabajadores que pudieran verse afectadas/os. Incorporando a la Normativa Laboral que nos es de aplicación el dictamen del TS y adecuando los textos que pudieran verse afectados.
Enlace de la sentencia:
http://cgt.org.es/sites/default/files/Sentencia_TS_13_02_2018_dies_a_quo.pdf"
¡POR TUS DERECHOS, AFÍLIATE A CGT!
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |