Comunicados
RENFE | 58 02/07/2025
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NI UN MINUTO MÁS, EL TIEMPO ES NUESTRO NI UN MINUTO MÁS, EL TIEMPO ES NUESTRO
Hoy se ha celebrado la Mesa Técnica General cuyo orden del día ha sido tratar la Desconexión Digital a propuesta del Grupo Renfe en la reunión del pasado 11 de junio con el objetivo de crear un Protocolo de Desconexión Digital.
Desde el SFF-CGT la hemos analizado en detalle. En líneas generales consideramos que la misma significa un buen punto de partida ya que su base normativa es sólida y se reconoce como un derecho fundamental vinculado al descanso, la salud y la conciliación. No obstante, profundizando en su contenido, este es insuficiente, ya que adolece de falta de obligatoriedad en su cumplimiento y ambiguo, al considerar ciertas excepciones pero sin especificaciones concretas. Además, queda patente una ausencia de mecanismos de control y sanción que pone de manifiesto un trato desigual en su aplicación según colectivos, por lo tanto, no garantiza de forma real y efectiva el cumplimiento de este derecho fundamental.
Hemos presentado una propuesta alternativa que refuerza este derecho como irrenunciable, universal y protegido frente a represalias, tal y como establece la legislación vigente y la jurisprudencia más reciente. No aceptamos que se introduzcan excepciones genéricas como “colectivos imprescindibles” sin criterios objetivos, ya que esto abre la puerta a la arbitrariedad y a la vulneración del principio de igualdad.
Además, exigimos que las medidas no sean meras recomendaciones, sino obligaciones vinculantes para toda la estructura del Grupo Renfe. La desconexión digital no puede depender de la voluntad individual de cada persona trabajadora o de interpretaciones de la Jefatura, sino que debe ser garantizada por la propia organización del trabajo y respaldada por herramientas técnicas y organizativas eficaces.
Nuestra propuesta incluye:
- Activación automática de funciones de desconexión fuera del horario laboral.
- Prohibición expresa de comunicaciones durante descansos y vacaciones.
- Formación obligatoria para mandos intermedios y personal directivo.
- Creación de una comisión de seguimiento con capacidad inspectora y sancionadora.
- Revisión periódica del protocolo y publicación de informes públicos.
El derecho al descanso, a la salud y a la conciliación no puede estar condicionado por las necesidades operativas de la empresa. Desconectar es vivir, es cuidar nuestra salud mental y física, y es también una forma de dignidad laboral.
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo un Protocolo que no deje a nadie atrás, que no permita abusos y que garantice que, fuera del horario laboral, nuestro tiempo es solo nuestro.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 27/06/2025 | 57 TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? | SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE JUBILACIóN PARCIAL Un derecho cada día más cercano | 47 2018-04-19 |
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 | Leido: 90 veces | En el día de hoy hemos mantenido la II reunión para abordar la negociación para la implantación de la jubilación parcial en Renfe. En la misma, hemos hecho entrega de un escrito con consideraciones que desde CGT estimamos importantes y de carácter general en relación a la jubilación parcial. Entre ellas:
- Requisitos para acceder a la jubilación parcial anticipada, en cuanto a la edad y cotización, teniendo en cuenta que para acreditar la cotización necesaria, el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria computa hasta un máximo de un año y que para los trabajadores con un grado reconocido igual o superior al 33 % de discapacidad, en lugar, de 33 años cotizados se requieren 25 años.
- Reducción de jornada del 75 %, con contrato de relevo indefinido y a jornada completa.
- Acumulación de jornada dentro de cada año o al comienzo de la jubilación parcial.
También hemos trasladado a RENFE la problemática que se está dando en Adif con la jubilación parcial al 50%, que está ocasionando que no se consigan los objetivos deseados para todas las partes. Problemática que deseamos evitar en RENFE; pues pudiendo ser ésta atractiva para el trabajador jubilado, no lo es tanto para el trabajador relevista por cuestiones de índole económico, de desarraigo y calidad del empleo.
Aparte de estas cuestiones, CGT considera que la lectura de la reunión es positiva y podemos augurar que estamos en disposición, todas las partes, de culminar la negociación con un Plan de Jubilaciones Parciales que colme las aspiraciones de una plantilla excesivamente envejecida y con una larga carrera profesional, especialmente de aquellos trabajadores que no tienen penosidad.
A riesgo de reiterarnos, en CGT, somos conscientes de que para renovar la plantilla y hacer el necesario relevo generacional, la jubilación parcial no es la única herramienta, pero sí la mejor, y así lo venimos reivindicando desde hace muchos años.
En otro orden de cosas, la empresa ha entregado una primera aproximación del alcance en cuanto al número de trabajadores por colectivos con posibilidad de adherirse a la jubilación parcial anticipada. A falta del análisis de los aspectos expuestos en el escrito de consideraciones que hemos presentado ante el proceso de negociación en el que nos encontramos: periodo de cotizaciones, trabajadores con discapacidad, etc., finalmente nos hemos emplazado a realizar una puesta en común para establecer un modelo de sondeo de voluntades de adhesión de los/as trabajadores/as que cumplan los requisitos legales para adherirse a la jubilación parcial anticipada en la modalidad de reducción de jornada del 75% y la menos práctica del 50%, todo ello para la próxima reunión del 8 de mayo.
Desde CGT, en relación a la jubilación parcial anticipada, siempre hemos manifestado nuestro interés y voluntad de que el Grupo Renfe contemple la jubilación parcial al 75% con contrato de relevo y por ello, hemos hecho hincapié en que estamos en el momento propicio, por fin, ya que hasta el II Acuerdo de Mejora del Empleo Público y de Condiciones de Trabajo contempla la inclusión de la jubilación parcial anticipada en los convenios de empresas públicas como la nuestra.
EN CGT, TAMBIÉN, APOSTAMOS POR TI
Comunicado

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