Comunicados
ADIF | 14 25/02/2026
|
|
CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 CIRCULAR DE JUBILACIÓN PARCIAL 2026
Hoy se ha firmado el borrador de la circular de jubilación parcial para 2026. La buena noticia es que se podrán acoger 740 personas (8 en Adif alta velocidad). La mala, que el año pasado se quedaron fuera 400 y seguramente este año se quede aun más gente.
PLAZAS PARA TOD@S
En el SFF-CGT consideramos que acceder a la jubilación parcial no debería depender del día en que hayas nacido o si has nacido en un mes u otro del año. Con carreras tan largas, todas las personas que deseen acceder a la jubilación parcial y cumplan los requisitos deberían poder hacerlo. Por eso hemos reivindicado que se pueda acoger tantas personas como personas ingresen en la OEP, y que además se sumen plazas asociadas a las dos nuevas convocatorias extraordinarias de ayudante ferroviari@ y las 480 plazas comprometidas en el “histórico acuerdo que va a cambiar el sector del ferrocarril”. La respuesta de la empresa es que ni lo uno ni lo otro. Y respecto a las 480 plazas, que no contemos con ellas en 2026. Así que, primer compromiso roto: las 480 plazas anuales entre 2026 y 2031 ya van a ser para 2027 (veremos si no para 2028).
CIRCULAR CASI IDÉNTICA A LA DE 2025
Por lo demás, la circular es prácticamente calcada a la del año pasado. Los requisitos para acceder son:
• Tener cumplidos 62 años y cotizados a la Seguridad Social como mínimo 35 años y 6 meses.
• Tener cumplidos 64 años y, cotizados a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Si se trata de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, al menos 25 años cotizados.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la entidad y, en caso de empate, por la mayor edad, incluida la hora de nacimiento en caso necesario, independientemente de la fecha en la que cumplan los requisitos para adherirse a la jubilación parcial.
Conforme al orden del citado listado, en primer lugar se procederá a establecer los contratos de jubilación parcial a personas que cumplan requisitos a 31 de mayo de 2026, que estarán vinculados al número máximo de los contratos de relevo de las personas que está previsto que ingresen de la OEP en el mes de junio. El resto de solicitantes que queden en el listado permanecerán en el mismo orden para optar a los contratos de jubilación parcial vinculados a los contratos de relevo que se formulen con los ingresos de la OEP previstos para octubre.
Hay dos formas de acogerse:
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios dentro de cada año (salvo para el colectivo de estructura de dirección).
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios de todo el período de la jubilación parcial al principio de la nueva situación como persona trabajadora a tiempo parcial.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 3 de marzo de 2026 al 10 de abril de 2026, ambos incluidos. Este plazo será único tanto para las personas que cumplan condiciones a fecha 31 de mayo como para quienes las cumplan a 30 de septiembre.
 COMUNICADO
|
 SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO | ADIF 17/02/2026 | 12 ¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE RESIDENCIAS TRANSISTORIAS CARTA A LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO | 50 2018-04-27 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 65 veces | Desde el SFF-CGT no nos cansamos de repetir que en RENFE se ha introducido la precariedad laboral por la puerta de atrás, mediante los acuerdos chapuceros con el consentimiento de las mayorías sindicales. Los trabajadores lo tienen claro, se ha propiciado la precariedad en la empresa, (conocida, negociada, consentida y firmada)
A pesar de la situación propiciada por una mayoría sindical, el SFF-CGT sigue apostando en el día a día por la mejora de las condiciones de todos los ferroviarios, SI TAMBIÉN POR LOS DE NUEVO INGRESO.
Por ello desde el SFF-CGT nos hemos dirigido a la Dirección de RRHH de la empresa y al Presidente del Comité General de Empresa. (Anexamos carta).
Es muy sencillo lo que hemos pedido, que se reúna la Comisión Paritaria del I Convenio Colectivo del Grupo RENFE, para que interpreten y busquen soluciones al problema causado al personal con residencia transitoria en el proceso de movilidad geográfica abierto en Fabricación y Mantenimiento, por el que viene obligado a solicitar absolutamente todas las residencias ofertadas por la empresa, y que en aplicación del acuerdo 14.6 “MOVILIDAD” del I Convenio Colectivo del Grupo Renfe, “los participantes en los procesos de movilidad que hayan obtenido plaza en una de las residencias solicitadas o renuncien a la misma, no podrán participar en la siguiente convocatoria de movilidad”. La aplicación de dicho acuerdo, supondría una injusticia relevante y carente de toda lógica.
Mantener este acuerdo en el convenio podría suponer, además de castigar con una importante rebaja salarial y de condiciones al personal de nuevo ingreso, se mantendría una situación que agrava y profundiza más a este colectivo ya que cercena el derecho a poder participar en el siguiente proceso y optar a residencias de su interés abriendo aun más la brecha salarial y la desregulación de los derechos laborales en Renfe.
Como ya conocemos, el Plan de Empleo, incorporado al I Convenio Colectivo del Grupo Renfe, contempla una reducción durante dos años del 30 % en todos los conceptos salariales y demás variables a excepción de la compensación establecida por pertenencia a la Brigada de Socorro. Con independencia que CGT, como ya es conocido por todos, no comparte esta reducción económica en ningún momento, aún nos parece más ilógico que esa reducción se practique en todos los conceptos. Es totalmente injusto que se aplique algún tipo de reducción económica a ninguna de las diferentes variables de Fabricación y Mantenimiento S.A. (ATL´s, distribución irregular de jornada, Prima variable, etc).
Estamos preparando una plataforma reivindicativa con vistas a la negociación del próximo Convenio Colectivo, y lucharemos con todo nuestro empeño para acabar con la precariedad laboral en Renfe, los desequilibrios salariales y las injusticias en la promoción profesional.
CGT TRABAJA PARA TI, UNETE A NOSOTROS
¡JUNTOS SOMOS MÁS FUERTES!
Comunicado Anexo 1

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |