Comunicados
ADIF | 117 30/09/2023
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35 HORAS: TRAS SEIS MESES DE ENGAÑOS, SE FIRMA PRÁCTICAMENTE LO MISMO 35 HORAS: TRAS SEIS MESES DE ENGAÑOS, SE FIRMA PRÁCTICAMENTE LO MISMO
Ayer se reunió Adif con el Comité General de Empresa y la Comisión Negociadora del convenio colectivo para “finiquitar” la negociación de la reducción de jornada a 35 horas.
Del contenido final del acuerdo hemos hablado largo y tendido en estos 6 meses, pues no ha cambiado prácticamente nada de la propuesta inicial de la empresa:
• Modificación de la Clausula 8ª del II convenio, quedando definitivamente la jornada anual en 205 días para algun@s y reduciéndose a 191 para otr@s.
• Retroactividad de la jornada desde el preacuerdo de marzo y no desde diciembre como se acordó en un primer momento.
• Pérdida de la oportunidad de generar 800 puestos de empleo y modernizar la plantilla como establece el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI.
• Posibilidad implícita de compensar la reducción de jornada con el abono de horas extras (esta debe de ser la nueva forma de fomentar empleo).
• Imposibilidad de devengar la Jornada Partida en el periodo de jornada intensiva si no se interrumpe la jornada de trabajo.
ALGO NO CUADRA
CC OO, UGT y SCF tienen la desfachatez de obviar las más de 3000 firmas recogidas en 15 días por CGT y que reclamaban “los 14 días” para tod@s. Argumentan que sus bases han decidido de forma abrumadora que quieren “minuteo”. Esta decisión contrasta no solo con las famosas 3000 firmas, sino con la actitud de las personas trabajadoras en todas las visitas que hacemos a los centros de trabajo: del “minuteo no quieren ni oír hablar”. ¿Estarán traicionando a sus afiliaciones? ¡Si hubiera otras elecciones, veríamos si algunos sindicatos perderían otra vez 20 delegad@s!
Una vez más, el “triunvirato sindical” vuelve a traicionar a la plantilla de Adif. Han mareado la perdiz estos 6 meses para firmar prácticamente lo mismo.
VULNERACIÓN DE LIBERTAD SINDICAL
Las actas de las reuniones de ayer son otro ejercicio de desfachatez. Hay espacio para reflejar la (supuesta) posición de la afiliación de los sindicatos firmantes, pero no hay ni una coma sobre nuestra posición, que es fiel con nuestros compromisos y afiliación. El “triunvirato” no lo permite.
Y, aunque proclaman la “democracia” búlgara en el acta, practican el autoritarismo. Se vuelve a crear una Comisión de Seguimiento para los firmantes, excluyendo a quienes tenemos principios: la transparencia y la lucha por nuestros derechos. Esta debe de ser su manera de (intentar) castigarnos.
NO NOS RENDIMOS: DENUNCIEMOS EL CONVENIO Y NEGOCIEMOS TODO
Es urgente. Ni la norma de movilidad ni la reducción de jornada negociadas bajo este convenio satisfacen a la plantilla. Las 35 horas vuelven a demostrar la necesidad de un nuevo convenio para revertir los desmanes de algunos sindicatos y del Director General de Gestión de Personas.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 29/09/2023 | 116 ¡NI DESMANTELAMIENTO NI PRIVATIZACIÓN! | ADIF 27/09/2023 | 115 ¿ESTO O NADA? |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LICENCIAS RETRIBUIDAS POR ENFERMEDAD, LOS FAMOSOS “MALOSOS” CGT INICIA CONFLICTO COLECTIVO ANTE LA AUDIENCIA NACIONAL PARA RECLAMAR LOS DERECHOS QUE NOS NIEGAN | 65 2018-06-01 |
| COMUNICADO
 | Leido: 68 veces | En el año 2012, el nefasto gobierno aprobó vía imposición el Real Decreto 20/2012 en el que entre otras medidas, se nos “robaba” la paga extraordinaria, se recortaban los complementos por IT y alguna perla más. Sin encomienda alguna, nuestros disciplinados gestores y de forma inmediata, aplicaron esos recortes a todo el personal de Renfe-Operadora.
Ese mismo año, la Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, relacionándolo con el RD 20/2012, y en la Orden del Ministerio de Hacienda HAP/2802/2012 se estableció:
“Artículo 3. Días de ausencia sin deducción de retribuciones
1. El descuento en nómina regulado en el artículo anterior no será de aplicación a cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Ello exigirá la justificación de la ausencia en los términos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicación en cada ámbito.”
Esta normativa es de aplicación personal al servicio de la Administración del Estado y a los organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma.”
Igual que Renfe aplicó inmediatamente los recortes dictados en el RD 20/2012, se negó rotundamente a concedernos este derecho que nos otorga la Ley. Hemos de recordar que según dicen los Estatutos de Renfe-Operadora, como actualmente el Grupo Renfe, son una entidad pública empresarial o lo que es lo mismo, una entidad de derecho público dependiente de la Administración del Estado. Recalcar que ADIF, también entidad pública empresarial, sí permite el disfrute de estos cuatro días anuales de licencia retribuida sin baja laboral con justificación de la ausencia.
CGT lleva desde el año 2014 exigiendo este derecho para los/as que trabajamos en Renfe mediante escritos y demandas en los juzgados de lo social, pero ante la tozudez de la empresa, sumada a la pasividad del resto de organizaciones sindicales, hemos decido interponer demanda de conflicto colectivo en la Audiencia Nacional.
Desde CGT consideramos que nos corresponde este derecho de manera inequívoca por distintas razones:
1.- Lo otorga una Ley que tiene rango superior al Convenio Colectivo.
2.- Renfe aplicó en su día el RD 20/12, reconociendo que es de afectación en la empresa, quedando además patente en Sentencias de la AN y del TS.
3.- Se aplica en ADIF siendo un ente público como Renfe.
¡Ven a CGT, defendemos tus derechos!
Comunicado

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