Comunicados
RENFE | 101 02/12/2025
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¿DE BUENA FE? Movilidad geográfica en Comercial Es conocido por todas y todos que el año pasado, gracias a la presión sindical, se obtuvo una sentencia estimatoria que reconocía el derecho de las trabajadoras y trabajadores con compromiso de permanencia a participar en los procesos de movilidad geográfica sin limitación de ámbito.
En la Comisión Delegada del Comité General de Empresa, donde se negociaron las bases de la convocatoria de movilidad “POI25092781 MOV GEO DE OPERADOR COMERCIAL N2”, presentamos alegaciones y advertimos en varias ocasiones que vigilaríamos el cumplimiento de la sentencia ante la ambigüedad del texto. Por este motivo, entre otros, fuimos la única organización que no firmó la convocatoria.
A día de hoy seguimos sin disponer del listado definitivo de personas admitidas y excluidas, lo que genera dudas razonables sobre si la empresa aplicará correctamente la sentencia.
Esta mañana, en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, la empresa ha declarado:
“Que cumplirá la sentencia de la Audiencia Nacional n.º 2/2025, de 15 de enero, en tanto no sea revocada por el Tribunal Supremo, sobre la participación en el concurso de movilidad para los trabajadores que tengan compromiso de permanencia”.
Tras este manifiesto, y dado que la empresa asegura que no se excluirá de la convocatoria POI25092781 a quienes tienen compromiso de permanencia en Cataluña, entendemos la decisión del sindicato que interpuso la demanda de desistir finalmente del procedimiento relativo a dicha convocatoria.
Confiamos en que la empresa cumpla lo expresado ante la Audiencia Nacional y que lo haga de buena fe, y también esperamos que no siga dilatando el proceso que tiene a muchos trabajadores y trabajadoras en vilo por su futuro.
Desde SFF-CGT seguiremos defendiendo los derechos de las trabajadoras y trabajadores de la empresa.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 28/11/2025 | 100 UNA DE CAL Y OTRA DE ARENA | RENFE 20/11/2025 | 99 UN PEQUEÑO PASO DE LA EMPRESA, UN PASO INSUFICIENTE PARA LA PLANTILLA |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF INICIO NEGOCIACIÓN II CONVENIO COLECTIVO 2ª REUNIÓN APLICACIÓN 37’5 HORAS | 143 2018-11-15 |
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 | Leido: 52 veces | Se inicia la negociación del II Convenio Colectivo de Adif-Adif AV con la constitución provisional de la comisión negociadora y que una vez oídas ambas partes, nos ratificamos en mantener el formato llevado a cabo en la negociación del convenio colectivo anterior. Es por ello que hablamos de un convenio multi-empresarial, haciendo especial énfasis en que la negociación debe ser transparente, ágil, de buena fe y que dé respuesta a las reivindicaciones que demandan las y los trabajadores.
Con esta negociación, se abre la posibilidad de mejoras cuantitativas de las actuales condiciones laborales que desde la parte sindical no podemos dejar pasar, confiamos plenamente en que el resto de formaciones sindicales escuchen las necesidades de l@s trabajador@s y con la unidad de acción podamos alcanzar los objetivos que nos hemos marcado.
Por otro lado, se ha vuelto a reunir el CGE con la empresa para dar continuidad a la negociación para la aplicación de la jornada de 37’5 h, esperando por nuestra parte, conocer la postura que mantiene la empresa en cuanto a la aplicación de la reducción de la jornada.
Del resultado de dicha reunión hemos obtenido la siguiente conclusión: que si bien es cierto que todos los sindicatos sostenemos que la reducción de jornada se debe traducir en días completos a detraer de la jornada anual, todavía no hemos escuchado la cuantificación que hacen algunos sindicatos de cómo y cuándo debe materializarse esta reducción en la jornada de los y las trabajadoras de ADIF.
En CGT lo tenemos claro, la aplicación de la ley nos otorga la opción negociada de 14 días para todos los trabajadores de la empresa, no admitiendo acuerdos con rebaja, bajo ningún concepto.
La actitud de la empresa en el día de hoy, ha rayado la provocación, dado que argumentan que la aplicación de la Ley debe ser inmediata y sin embargo, en lugar de mostrar su propuesta, se limitan a la realización de un sondeo de los distintos miembros del CGE para que expongamos nuestros criterios. Esta actitud y para CGT, supone un ejercicio de dilación que remarca una vez más, la falta de la buena fe negociadora.
La postura de CGT es de sobra conocida por tod@s, se refleja en nuestros comunicados y en los motivos que no han hecho movilizarnos en el colectivo de Circulación. Motivación que de extenderse al resto de colectivos nos conducirá a la ampliación de la movilización al resto de trabajador@s, hart@s ya, de tanto “paseíllo”.
Es vergonzoso que se sucedan las reuniones para alcanzar un acuerdo sobre este tema y la empresa siga dándole vueltas a la aplicación de una Ley que no deja ninguna duda. Solo queda adaptar los métodos organizativos en cuanto a horarios o gráficos en cada colectivo para la aplicación de esta Ley. No tenemos duda que la implementación de la misma suponen 14 días para cada una de las y los trabajadores de la empresa, y quienes opinen lo contario, que lo argumenten con la suficiente justificación para que los y las trabajadoras puedan entenderlo.
ELIGE CGT, GANAMOS TOD@S
Comunicado

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