Comunicados
RENFE | 21 07/02/2023
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CGT INICIA PROCEDIMIENTO DE CONFLICTO COLECTIVO CONTRA EL RECORTE DE LICENCIAS A L@S OCIN TEMPORALES CGT aseguró el derecho de toda la plantilla a disfrutar de los 6 días de licencia por año natural vía Tribunal Supremo y Audiencia Nacional independientemente de la duración del contrato, por eso ahora hemos procedido a presentar Papeleta de Conciliación previa a demanda de Conflicto Colectivo contra la decisión de la Dirección de Renfe de continuar recortando derechos respecto al derecho al disfrute de los seis días de licencia de convenio por asuntos propios, en este caso, a l@s trabajador@s temporales ingresados el pasado mes de agosto de 2022 para cubrir la punta de producción generada por la puesta en marcha de los abonos de viaje gratuitos.
RENFE, abusando de la condición de la temporalidad de est@s compañer@s, y de que, en la mayoría de casos, no iban a reclamar los días debido también y al miedo que genera el “si reclamo a lo mejor no me llaman de nuevo” dictaminó arbitraria e injustamente que, para el año 2022, les correspondían solamente dos días, aplicando una proporcionalidad que se sacaron de la manga. El año 2023 comienza por los mismos derroteros, incumpliendo no solamente la Normativa Laboral Vigente, sino yendo también contra la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 17 de diciembre de 2019, que rechazó el recurso de la empresa y confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, ganada por CGT respecto a los maquinistas ingresados en Cataluña a los que se les recortó las licencias proporcionalmente a la jornada efectiva de trabajo.
El trabajo jurídico efectuado por CGT en este sentido culminó, tras presentar demanda de conflicto colectivo con la conciliación en sede de la Audiencia Nacional en fecha 18 de enero de 2021, que tiene efecto de sentencia firme, y por tanto el reconocimiento de la empresa del derecho a toda la plantilla de RENFE al disfrute de los seis días de licencia de convenio por año natural, sin recortes proporcionales según el tiempo efectivo trabajado.
CGT no va a tolerar que todo el esfuerzo jurídico realizado y que los derechos de l@s compañer@s sean pisoteados de nuevo por una dirección acostumbrada a pasarse por el forro lo que ella misma se ha visto obligada a reconocer, teniendo en cuenta a mayores que l@s trabajador@s temporales tienen los mismos derechos que los de contrato indefinido.
Por ello, insistimos en la necesidad de que, solicitéis y reclaméis el disfrute de estos días, para a posteriori poder reclamarlos en tiempo de descanso o retributivamente.
CGT, CONTRA LOS ABUSOS DE RENFE
 COMUNICADO
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 RENFE 07/02/2023 | 20 NI UN PASO ATRÁS EN EL COLECTIVO DE COMERCIAL ESTACIONES | ADIF 07/02/2023 | 19 CIRCULACIÓN NECESITA MEJORAS |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE POR UNOS PROCESOS DE MOVILIDAD JUSTOS Y TRANSPARENTES EN COMERCIAL | 54 2019-06-24 |
| COMUNICADO
 | Leido: 10 veces | El 13 de junio se celebró una reunión para tratar las alegaciones presentadas a las Convocatorias de Movilidad de Comercial. Los borradores de las convocatorias contenían innumerables cláusulas que perjudicaban claramente los derechos de movilidad de l@s emplead@s, con una empresa envalentonada por unos Convenios Colectivos firmados por los sindicatos mayoritarios, donde la movilidad se ha convertido en una herramienta de ajuste de plantilla.
Una de las “perlas” que contenían era la de limitar la participación de las personas con jornada reducida y con un grado de discapacidad a la obtención de plaza únicamente en núcleos de cercanías, lo que suponía una clara discriminación contraria apropio Código Ético de la Empresa (Punto 4.2) y el artículo 17 del Estatuto de los Trabajadores y que tras el debate impulsado por CGT han sido eliminadas de todas las bases de las convocatorias.
Los borradores, han mejorado en la reunión, en su mayoría gracias a las alegaciones presentadas por CGT, pero no hemos suscrito los procesos de movilidad porque no satisfacen nuestras justas reivindicaciones en su totalidad.
Los motivos que han llevado a CGT a no dar el visto bueno a estas convocatorias son, entre otros, que no se permite la participación en los distintos procesos del personal de Fabricación y Mantenimiento y Administración y Gestión con carácter subsidiario, entendemos también, que los Operadores Comerciales Especializados N2 se encuentran en un callejón sin salida y que tampoco se les ha ofrecido el derecho a participar abiertamente en varias convocatorias a las que, por conocimientos y preparación, podían acceder sin ningún problema.
En alguna convocatoria se mantiene la aplicación de la cláusula 14.6 que consideramos que coarta las aspiraciones justas de muchos trabajadores.
Otro motivo que ha propiciado que CGT no firme es que, ante una renuncia a un puesto de la movilidad funcional, la empresa no garantiza la obligatoriedad de que este puesto pase al siguiente aspirante de la lista.
Además, no existe posibilidad de participación en la movilidad entre los Centros de Gestión y las Estaciones, cercenando el derecho de movilidad de los trabajadores. En CGT apostamos por la permeabilidad en las movilidades funcionales.
Y por último, pero no menos importante, tampoco estamos de acuerdo con las pruebas orales y con la indefinición de las plazas vacantes existentes, verdadera lacra que convierte las movilidades en un “chanchullo” a medida de la empresa que propicia enchufes e injusticias.
Comunicado

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