Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE RENFE SE SUMA AL LINCHAMIENTO PÚBLICO DE SUS EMPLEADOS. | 106 2019-11-22 |
| COMUNICADO
 | Leido: 13 veces | Ante el linchamiento mediático pone en duda la profesionalidad del Interventor.
Durante estos días hemos asistido al linchamiento mediático de un compañero del colectivo de Intervención AVE, al cual se le ha acusado de desalojar a una viajera de un tren AVE con su hijo y su perro; un animal que excedía con mucho el peso autorizado y las dimensiones del transportín que marca la Tarifa y por lo tanto, el incumplimiento del contrato por parte de la viajera.
Está claro que la cadena de acceso al tren falló (scaner y checking) y que esta usuaria no debería haber accedido al tren en esas condiciones. Aún así, no se le puede recriminar nada a un trabajador que cumple con las normas, ni tratar de “reeducarlo” (por la falta perenne de personal llevamos años sin cursos de reciclaje) enviándolo a un curso de atención al cliente, al que sí debería asistir la Dirección de esta “casa”, que lleva maltratando a los usuarios/as del ferrocarril, en especial al convencional, durante años, eliminando servicios, no dotando de personal a las estaciones ni a los trenes y encareciendo los precios para eliminar la atención personalizada.
Está claro, que el transportín molestaba el acceso al coche desde el exterior, y en cualquier caso, es el Interventor el que tiene la última palabra y decisión para valorar la situación en todos sus aspectos: seguridad, comodidad del resto de viajeros, Etc. Y en lugar de pensar en estas cuestiones y apoyar a su trabajador, Renfe se suma al linchamiento.
Con esta actitud, la dirección de Renfe envía un mensaje claro a sus trabajadores y trabajadoras, si aplicas la normativa, mal y si sales en la prensa, peor aún, porque va a ser la primera que te va a señalar.
Desde CGT en general y el colectivo de Intervención en especial, nos solidarizamos totalmente con el compañero y nos ponemos a su disposición para lo que necesite.
Aprovechando la ocasión, lanzamos una reflexión sobre los actuales medios de “incomunicación” que son con su silencio, parte cómplice del deterioro y privatización del ferrocarril, que en vez de informar de acuerdo a su código deontológico, buscan carnaza propagandística yendo a la caza del más débil.
SIEMPRE CON L@S TRABAJADOR@S. VEN A LUCHAR CON CGT
Comunicado

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