Comunicados
ADIF | 117 30/09/2023
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35 HORAS: TRAS SEIS MESES DE ENGAÑOS, SE FIRMA PRÁCTICAMENTE LO MISMO 35 HORAS: TRAS SEIS MESES DE ENGAÑOS, SE FIRMA PRÁCTICAMENTE LO MISMO
Ayer se reunió Adif con el Comité General de Empresa y la Comisión Negociadora del convenio colectivo para “finiquitar” la negociación de la reducción de jornada a 35 horas.
Del contenido final del acuerdo hemos hablado largo y tendido en estos 6 meses, pues no ha cambiado prácticamente nada de la propuesta inicial de la empresa:
• Modificación de la Clausula 8ª del II convenio, quedando definitivamente la jornada anual en 205 días para algun@s y reduciéndose a 191 para otr@s.
• Retroactividad de la jornada desde el preacuerdo de marzo y no desde diciembre como se acordó en un primer momento.
• Pérdida de la oportunidad de generar 800 puestos de empleo y modernizar la plantilla como establece el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI.
• Posibilidad implícita de compensar la reducción de jornada con el abono de horas extras (esta debe de ser la nueva forma de fomentar empleo).
• Imposibilidad de devengar la Jornada Partida en el periodo de jornada intensiva si no se interrumpe la jornada de trabajo.
ALGO NO CUADRA
CC OO, UGT y SCF tienen la desfachatez de obviar las más de 3000 firmas recogidas en 15 días por CGT y que reclamaban “los 14 días” para tod@s. Argumentan que sus bases han decidido de forma abrumadora que quieren “minuteo”. Esta decisión contrasta no solo con las famosas 3000 firmas, sino con la actitud de las personas trabajadoras en todas las visitas que hacemos a los centros de trabajo: del “minuteo no quieren ni oír hablar”. ¿Estarán traicionando a sus afiliaciones? ¡Si hubiera otras elecciones, veríamos si algunos sindicatos perderían otra vez 20 delegad@s!
Una vez más, el “triunvirato sindical” vuelve a traicionar a la plantilla de Adif. Han mareado la perdiz estos 6 meses para firmar prácticamente lo mismo.
VULNERACIÓN DE LIBERTAD SINDICAL
Las actas de las reuniones de ayer son otro ejercicio de desfachatez. Hay espacio para reflejar la (supuesta) posición de la afiliación de los sindicatos firmantes, pero no hay ni una coma sobre nuestra posición, que es fiel con nuestros compromisos y afiliación. El “triunvirato” no lo permite.
Y, aunque proclaman la “democracia” búlgara en el acta, practican el autoritarismo. Se vuelve a crear una Comisión de Seguimiento para los firmantes, excluyendo a quienes tenemos principios: la transparencia y la lucha por nuestros derechos. Esta debe de ser su manera de (intentar) castigarnos.
NO NOS RENDIMOS: DENUNCIEMOS EL CONVENIO Y NEGOCIEMOS TODO
Es urgente. Ni la norma de movilidad ni la reducción de jornada negociadas bajo este convenio satisfacen a la plantilla. Las 35 horas vuelven a demostrar la necesidad de un nuevo convenio para revertir los desmanes de algunos sindicatos y del Director General de Gestión de Personas.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 29/09/2023 | 116 ¡NI DESMANTELAMIENTO NI PRIVATIZACIÓN! | ADIF 27/09/2023 | 115 ¿ESTO O NADA? |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF EN MARCHA LA JUBILACIÓN PARCIAL 2020 | 115 2019-12-11 |
| COMUNICADO
 | Leido: 210 veces | Tras varias semanas de incertidumbre, en la mañana de hoy la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo ha procedido a ratificar la Circular de Jubilación Parcial 2020 poniendo así continuación a un proceso de jubilación implantado desde 2017.
El plazo de solicitud permanecerá abierto desde mañana 12 de diciembre al 10 de enero de 2020, ambos inclusive. La empresa no determina el número de plazas, aunque serán las mismas que contratos se suscriban en la OEP 2019, por lo que vuelve a quedar demostrado que la falta de ingresos afecta a todo el personal de una u otra manera.
Al igual que en la anterior circular, la modalidad de los contratos será con una reducción de jornada del 75%, para acceder a ella deben cumplirse los siguientes requisitos a fecha 30 de abril de 2020.
a) Tener cumplidos 61 años y 10 meses y, además, tener cotizados 35 años o más.
b) Tener cumplidos 62 años y 8 meses y, además tener cotizados 33 años. En este caso y si se tratase de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, el periodo de cotización exigido será tan solo de 25 años.
El 25% de la jornada a realizar puede acumularse de la siguiente manera.
• Acumulación de los servicios dentro de cada año (El responsable de RRHH del ámbito emitirá informe favorable/desfavorable sobre esta posibilidad)
• Acumulación continuada del servicio al principio de la nueva situación.
En cuanto al salario, en líneas generales se abonarán por parte del INSS el 75% de la pensión de jubilación que se percibiría con 65 años (sin penalización) y el 25% por parte de ADIF de los conceptos recogidos en el ANEXO I (sueldo, antigüedad, complemento puesto SIC…) Además, durante los periodos de tiempo que se trabaje se abonarán los conceptos del ANEXO II (horas extras, brigada incidencias, bolsa de vacaciones…).
Durante el tiempo como jubilado parcial se mantendrá el derecho a descansos, vacaciones, licencias, permisos, beneficios sociales y títulos de transporte, se podrá participar en concursos de movilidad voluntaria y a efectos de prestaciones sanitarias se tendrá la condición de pensionista.
La solicitud de inclusión se presentará por duplicado al responsable de RR.HH del ámbito que la fechará, firmará y sellará. (Ojo, no son válidas sin fecha, firma, ni sello). Finalizado el plazo de admisión, las solicitudes serán irrevocables, salvo situación sobrevenida y motivada.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la Red a efectos de concurso y, en caso de empate, por la mayor edad. Junto al nuevo contrato se adjuntará un modelo con la fecha prevista de finalización de prestación de servicios.
A nadie se le debe olvidar la presión ejercida por CGT en los inicios de la negociación de la Jubilación Parcial mejorando ciertos aspectos de la circular que la regula, oponiéndose así mismo a la utilización de la figura del contrato de relevo con reducción de jornada al 50% por ser ineficaz, injusta y no generar empleo estable.
Para cualquier tipo de duda podéis consultar con cualquiera de nuestr@s delegad@s o acudiendo a vuestra sección sindical más cercana.
20-D POR LO QUE ES TUYO, MUÉVETE CON CGT
Comunicado

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