Comunicados
RENFE | 81 01/10/2025
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RYIM MÁS TRABAJO POR EL MISMO PRECIO Ayer se celebró una nueva reunión de la Mesa Técnica de Personal centrada en el colectivo de Ingeniería y Mantenimiento. Una vez más, la empresa ha dejado claro que su objetivo es unificar todos los equipos bajo una misma denominación (Disponibilidad), que englobaría a la ATL, Brigada de Socorro, ETV, Pruebas Dinámicas, sin plantear mejoras económicas ni garantizar condiciones adecuadas.
LA PROPUESTA DE LA EMPRESA: “UN EQUIPO PARA TODO”
La Dirección pretende que estos equipos atiendan todos los servicios con los mismos recursos, pero sin reconocer el esfuerzo adicional que conlleva. De hecho, quieren normalizar por escrito prácticas que son auténticos abusos:
• Obligar a las personas trabajadoras a poner de su tiempo lo necesario para cumplir el descanso entre jornadas, pisoteando el Estatuto de los Trabajadores.
• Utilizar a la ATL como refuerzo encubierto en talleres, sin cobrar festivos ni estar grafiado el trabajo.
• Seguir priorizando el fichar rápido y cerrar la avería o descarrilo cuanto antes, en lugar de garantizar una reparación segura y eficaz, lo que hace perder competitividad frente a empresas privadas que sí conciben estos equipos como auténticos equipos de emergencia y pronta intervención.
• Ampliar las áreas de actuación sin compensación alguna.
En resumen: más funciones, más carga y más responsabilidad, pero por el mismo precio.
NORMATIVA OBSOLETA Y EPIS INADECUADOS
La normativa sigue siendo la misma que en los años 90, completamente desfasada para la realidad actual.
Además, la empresa continúa dejando en manos de cada trabajador su propia seguridad, pretendiendo que los mismos EPIs de taller sirvan para intervenciones de hasta 24 horas a la intemperie. Algo inaceptable y que desde SFF-CGT hemos denunciado reiteradamente.
ALGUNOS AVANCES, PERO INSUFICIENTES
Como aspecto positivo, parece que se empieza a poner fin a ciertos “cortijos” y que los periodos de disponibilidad pasarán a pagarse por días y no por cómputo mensual. Pero mientras no se valoren de verdad las condiciones de trabajo y el esfuerzo de estos equipos, los cambios seguirán siendo maquillaje.
Y LOS CGOs ¿EL TEMA INCÓMODO?
Aunque la empresa quiso dar por cerrada la reunión sin tratar nada, desde el SFF-CGT recordamos que también estaba pendiente abordar el tema de los CGOs, donde ya hemos entregado nuestras alegaciones. Sin embargo, parece que a nadie más le importa.
No vamos a dejar que este colectivo quede en el olvido ni relegado “de refilón”: exigimos que se aborden sus problemas con la misma seriedad que el resto.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 01/10/2025 | 82 Ni 1 ni 2 ni 3 ni 4: 5 días | SECTOR 30/09/2025 | 80 BASTA DE PRIVATIZACIÓN ENCUBIERTA DE LA SANIDAD PÚBLICA. NO A LA DERIVACIÓN DE LAS BAJAS COMUNES A LAS MUTUAS |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE JUSTIFICACIÓN DÍAS MALOSOS IMPUESTA POR RENFE CGT INTERPONE CONFLICTO COLECTIVO. | 21 2020-02-13 |
| COMUNICADO
 | Leido: 17 veces | CGT ha interpuesto demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional, ante la imposición de la prescripción de reposo que impone el Grupo Renfe a los justificantes médicos en los casos de ausencia en el trabajo que no implique situación de baja laboral.
Como recordareis en fecha 12 de septiembre de 2018, la Audiencia Nacional en sentencia nº 143/2018 fallo a favor de las tesis defendidas de CGT que no eran otras que la aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Trigésimo Octava de la Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado que establecía “que la ausencia al trabajo por causa de enfermedad o accidente que no dé lugar a una situación de incapacidad temporal, por parte del personal al que se refiere el artículo 9 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, comportará la aplicación del mismo descuento en nómina previsto para la situación de incapacidad temporal en los términos y condiciones que establezcan respecto a su personal cada una de las Administraciones Públicas”.
Añade esta disposición adicional que, “en el caso de la Administración del Estado, organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma y órganos constitucionales, el descuento a que se refiere el apartado anterior no se aplicará cuando el número de días de ausencia por enfermedad o accidente en el año natural no supere la cifra que se establezca por Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y con los requisitos y condiciones determinados en la misma.
La orden que publicó el Ministerio de Hacienda desarrollando esta legislación establece en su art 3.1 que “El descuento en nómina regulado en el artículo anterior no será de aplicación a cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Ello exigirá la justificación de la ausencia en los términos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicación en cada ámbito.”
Esta orden, fue deliberadamente ignorada por el Grupo RENFE en otro intento más de cercenar los derechos de los trabajadores lo que frenó CGT ganando esta sentencia ante la pasividad absoluta del resto de sindicatos. La sentencia no fue recurrida y una vez firme, RENFE trasladó a sus jefaturas una orden interna en la que para la aplicación de estos días exige que el parte médico prescriba la recomendación de reposo.
Esto ha ocasionado un bloqueo evidente a la posibilidad de tener derecho a estos días ya que los médicos se niegan a la citada prescripción lo que hace que la empresa no contemple los citados días y exija el correspondiente parte de baja.
Entendemos que la empresa se extralimita imponiendo a los médicos lo que deben prescribir y saltándose la propia legislación, ya que se trata de una decisión unilateral impuesta sin ni siquiera utilizar la herramienta de la negociación colectiva.
CGT no va a permitir este nuevo atropello a los derechos de l@s trabajador@s y continúa luchando contra los continuados recortes e incumplimientos de las leyes que el GRUPO RENFE aplica para recortar cualquier derecho que nos asiste.
CGT CONTRA LOS RECORTES DE DERECHOS.
VEN A LUCHAR CON CGT
Comunicado

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