Comunicados
RENFE | 7 18/01/2021
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CGT CONSIGUE QUE LAS LICENCIAS DE CONVENIO QUE CONTEMPLA EL CONVENIO COLECTIVO NO SEAN DESCONTADAS SEGÚN EL TIEMPO EFECTIVO TRABAJADO. CGT ha conciliado ante la Audiencia Nacional con las empresas del grupo RENFE que las licencias por asuntos propios contempladas en el art. 264 de la Normativa Laboral vigente no sean recortadas en ningún caso según el tiempo de trabajo efectivo realizado.
RENFE descontaba de una forma arbitraria y sin ninguna base legal el derecho al disfrute de las seis días de licencia que contempla el convenio colectivo, perjudicando de una forma directa sobre todo tanto a l@s trabajadores/as de nuevo ingreso como a aquell@s que se desvinculaban o prejubilaban y que en ambos casos no cumplían de forma efectiva con la jornada anual. Además aplicaba, según jefaturas una proporcionalidad a la carta, estando a criterio del jefe de turno decidir cuántos días te correspondían. Es necesario recordar que ADIF se apuntó también a esta “modalidad”, aunque en este último caso, y ante la amenaza de plantear demanda y con ya una sentencia del Tribunal Supremo ganada por CGT al respecto, optó por reconocer la procedencia del disfrute de estos días
Además RENFE, que utilizaba de forma habitual la comunicación verbal para no dejar rastro, lo que provocaba que much@s trabajadores/as ya ni siquiera los pidiesen. A aquell@s trabajadores/as que sí lo hacían, se les denegaba argumentando que no les correspondían. CGT detectó estas situaciones en el ámbito de conducción de Cataluña e interpuso un primer Conflicto Colectivo que fue objeto de sentencia afirmativa por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Esta sentencia fue recurrida por RENFE y el Tribunal Supremo rechazó de forma contundente la argumentación de la empresa, que no se sujetaba por ningún lado, al no estar reconocida proporcionalidad alguna en el texto del convenio.
A pesar de dirigirnos a la empresa para que cumplimentase esta sentencia, continuó haciendo caso omiso con el argumento que solo era de aplicación en Cataluña, por lo que tras plantear una comisión de conflictos en la que se negaron a aceptar la evidencia, interpusimos el correspondiente Conflicto Colectivo que ha finalizado hoy con el acuerdo suscrito ante la Audiencia Nacional.
Por lo tanto, y según el acuerdo recogido en los términos de la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de diciembre de 2019, los días de asuntos propios, conocidos como días de convenio, no pueden ser objeto de recorte según la jornada efectiva de trabajo realizada. Con esta victoria, desde CGT damos por cerrado otro capítulo de lucha y defensa de los derechos de toda la plantilla de RENFE.
CGT EN LUCHA PERMANENTE POR LOS DERECHOS DE L@S TRABAJADORES/AS
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/01/2021 | 6 EL TRIBUNAL SUPREMO PONE COTO A LA TEMPORALIDAD EN LOS CONTRATOS DE OBRA Y SERVICIO | RENFE-ADIF 18/01/2021 | 5 QUEREMOS TRANSPARENCIA: SOLICITAMOS LOS SALARIOS MEDIOS Y MEDIANOS DE CADA CATEGORÍA, INCLUYENDO A LA DIRECCIÓN |
Jurídica
Convenios RENFE | 08/08/2020 | |
 | ADIF | 29/01/2020 | |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE RENFE REINICIA LA FORMACIÓN PRESENCIAL EN AULAS Y CABINAS DE CONDUCCIÓN | 63 2020-04-30 |
| COMUNICADO
 | Leido: 4 veces | Desde el pasado día 27 se han reiniciado en RENFE las actividades de formación presencial, que estaban suspendidas desde el inicio del estado de alarma. Esta decisión se toma por parte de la empresa de forma unilateral y vulnerando de forma clara el RD 463/2020, que en su artículo 9 establece de forma clara la suspensión de las actividades educativas presenciales, y no solo lo restringe a este ámbito, sino que lo extiende a cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos y privados.
Desde CGT estamos convencidos que la empresa está vulnerando la legislación vigente del estado de alarma, y así se lo comunicamos por escrito el día 26 antes de que se pusiera en marcha la formación PRESENCIAL en aula y cabina, el lunes 27; escrito que no se han dignado a contestar.
Es un hecho, que no se ha producido modificación alguna en una legislación posterior, en este sentido el Real Decreto 492/2020, de 24 de Abril que prorroga el estado de alarma, así lo confirma, estableciendo que la prórroga se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus modificaciones.
Por lo tanto, la suspensión de la actividad formativa presencial continúa, no pudiéndose arrogar RENFE la autoridad de regular por encima de lo establecido en la ley, una ley que estamos obligados a cumplir, especialmente por la situación de alarma debido a la pandemia producida por el coronavirus, sus consecuencias legales y para la salud.
Entendemos que esta decisión constituye una grave irresponsabilidad y de igual manera, supone una actuación contraria a la legalidad vigente; preguntándonos con profunda preocupación qué rumbo lleva una Dirección cada vez más acostumbrada a actuar desde el despotismo. Además de la formación presencial en aulas, la que se imparte en cabina de conducción impide el mantenimiento de la distancia de seguridad preceptiva y aumenta exponencialmente el riesgo de expansión del virus, pudiendo afectar la salud del personal de conducción que lo imparte y también del que la recibe, además de comprometer a mayores la de su círculo familiar y social.
Tampoco entendemos la llamada a la colaboración en la formación de una organización sindical que se supone defiende los intereses del personal de conducción y no cuestiona las circunstancias en las que se reinicia.
CGT entiende que el reinicio de la actividad formativa presencial, incluida la impartida en cabina de conducción, no es legal porque aún no ha sido autorizada, y su imposición pone en grave riesgo la salud de otros/as Maquinistas, por lo que hemos puesto en conocimiento de los Ministerios de Transportes y Sanidad y Trabajo la vulneración de la legalidad vigente por parte de RENFE y DENUNCIADO el hecho a la Dirección Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, exigiendo que paralicen las actividades formativas presenciales en RENFE y las sanciones que pudieran corresponder por sus actuaciones.
Así mismo, hemos confeccionado un modelo de escrito para presentar de forma individual a la empresa comunicando que no se va a impartir la formación presencial tanto en aula como en cabina de conducción en estas circunstancias. Nadie está obligado, con la legalidad vigente, a impartir formación en cabina, y nadie está obligado a acudir a una cabina a que le formen otros compañeros.
CGT EN DEFENSA DE LA SEGURIDAD Y SALUD DE L@S TRABAJADOR@S
Comunicado

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