Comunicados
ADIF | 34 16/04/2024
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516 DÍAS Y 516 NOCHES 516 DÍAS Y 516 NOCHES
No es el título de una canción de autor. Son los días y las noches que llevamos trabajando sin disfrutar de las 35 horas, desde aquel lejano 17 de noviembre de 2022, fecha en la que se aprobó el Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI, que recogía su aplicación en el sector público.
NEGOCIACIÓN ESPERPÉNTICA
El pasado domingo se cumplía un mes desde que se firmara el último de los múltiples acuerdos que han ido haciendo y deshaciendo empresa y algunos sindicatos. No sabemos en qué mesa de qué ministerio andará, si será desautorizado una vez más o si la dirección de la empresa directamente se ha fabricado un avioncito de papel con él. Cualquier hipótesis deja de ser descabellada en un proceso tan grotesco como ha sido este.
Por eso desde el SFF-CGT enviamos ayer una carta a la dirección solicitando que nos informe del estado del procedimiento. Dado que el oscurantismo y el silencio han sido los verdaderos protagonistas en toda esta esperpéntica negociación, es de rigor solicitar formalmente que la empresa sea transparente.
¿HAY ALGUIEN AL VOLANTE?
La sensación que tenemos es que la dirección de la empresa está en otras cosas. Su papel en esta negociación no ha estado a la altura de una empresa como Adif y mucho nos tememos que esa va a ser la tónica general en las negociaciones venideras. Quizá es el momento adecuado para que alguien que mire hacia el futuro (y no tenga su atención puesta en el pasado) agarre el volante.
Tampoco parecen demasiado preocupadas las fuerzas sindicales firmantes del “acuerdo de la vergüenza” de las 35 horas. También parece que están a sus cosas.
DEMASIADAS HORAS TRABAJADAS DE MÁS
Nunca estuvimos de acuerdo con aplicar las 35 horas en recorte de la jornada en minutos. Solo 14 días libres para toda la plantilla garantizarán la conciliación y la creación de 800 puestos de trabajo. Lo hemos dicho por activa y por pasiva. No obstante, consideramos urgente que dejemos de trabajar de más. Ya son demasiadas horas regaladas y demasiado tiempo perdido por culpa de la torpeza (si somos biempensantes) o la mala fe (si no lo somos) de algun@s.
La plantilla se merece (aunque no haya sido escuchada por la empresa ni por la mayoría de los sindicatos en la negociación), por lo menos, ser informada de lo que está pasando.
SFF-CGT: SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
COMUNICADO Anexo
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CONJUNTO 11/04/2024 | COMUNICADO CONJUNTO CHF: LA ASOCIACIÓN DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES FERROVIARIOS | CONJUNTO 10/04/2024 | COMUNICADO CONJUNTO SFF-CGT Y USO. CIERRE DE LA NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO SERVEO SAB-SET |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE INTERVENCIÓN: CGT PRESENTA DEMANDA DE IMPUGNACIÓN PARCIAL DEL CONVENIO POR EL PREAVISO DE DESCANSOS DETRAIBLES DE LOS SSB. | 89 2020-07-14 |
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| Leido: 4 veces | CGT ha presentado demanda ante la Audiencia Nacional impugnando parcialmente el vigente Convenio Colectivo del Grupo RENFE ante el incumplimiento de los plazos establecidos por el Estatuto de los Trabajadores de cinco días mínimo, para avisar al trabajador de la distribución irregular de su jornada.
Los firmantes del actual Convenio Colectivo ignoraron este plazo, que constituye derecho mínimo, y sobre que el convenio puede mantener o mejorar, pero nunca empeorar, y no modificaron el texto que regula esta materia, y que desde CGT estamos intentando que se cumpla con lo establecido legalmente.
El artículo I.2 del Acuerdo de Desarrollo de la Cláusula 31ª del XIV Convenio Colectivo incorporado en la Cláusula 5º del XV Convenio Colectivo para los trabajadores de RENFE VIAJEROS, que regula la jornada irregular de los Supervisores Comerciales a Bordo establece, que se pueden detraer hasta 7 descansos anuales en los que la empresa te puede requerir para tareas directamente relacionadas con la producción o formación mediante “un preaviso mínimo de 48 horas de antelación a la prestación del servicio, o durante la jornada laboral del último día del ciclo de cinco días de trabajo cuando se trate del tercer descanso; debiendo recaer en el primer o tercer día del ciclo de tres descansos, cuando solamente se trate de un descanso”
Además, este acuerdo incluye que “La Dirección de la Empresa podrá requerir, con 48 horas de antelación, dos descansos juntos cuando las necesidades productivas consistan en dos turnos con pernoctación fuera de la residencia entre los dos turnos.
Este Acuerdo, no firmado por CGT, supone el incumplimiento de lo establecido en el Art 34.2 del ET que establece como plazo mínimo de aviso al trabajador de 5 días para conocer el día y la hora en la que se debe prestar servicio respecto a la regulación de la distribución de la jornada irregular de los trabajadores, lo que empeora claramente el derecho de conciliación de la vida familiar y laboral, dejando en manos de la empresa una potestad que el E.T. no permite.
Desde CGT entendemos que son de aplicación las Sentencias del Tribunal Supremo de fecha 14 de abril de 2014 y de 11 de diciembre de 2019, que dejan claro la obligación del cumplimiento del art 34.2 del ET, y por lo tanto, la nulidad de todo acuerdo que no respete estos mínimos.
CGT seguirá peleando para que los derechos de los trabajadores se respeten y en este caso, los SSB tengan derecho a una conciliación de la vida familiar y laboral digna.
CGT POR LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES
AFILIATE
Comunicado
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