Comunicados
RENFE | 36 19/04/2024
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NO TENEMOS NI PA PIPAS, NOS LO GASTAMOS TODO EN MASCARILLAS La falta de suministros, repuestos, herramienta… en los talleres de Renfe sigue siendo crítica.
Se está trabajando con herramienta barata y de poca calidad, no se reparan y mantienen adecuadamente los caros medios que teníamos como “Calipri” y demás herramientas de metrología, teniendo que volver a los medios antiguos que ya están requeteamortizados y que no son acordes a las exigencias de precisión de la maquinaria moderna con la que trabajamos en algunos talleres (los bendecidos con presupuesto) hace años.
Pero incluso dentro de “los bendecidos” ya se ha cortado el grifo y parece ser que tenemos que irnos olvidando de recibir cambios, o eso pretenden que nos entre en la cabeza. Nos fuerzan a seguir trabajando con los medios del siglo pasado, pero con menos de la mitad de la plantilla de aquella época en la que la Renfe era Una, Grande y Pública.
Asistimos a una época en la que nunca hay de nada:
- Donde la empresa y l@s compañer@s, motu proprio, tienen que hacer pedidos en AliExpress (o Ali Espress según el ministro) para terminar su faena.
- Donde se filtran informaciones en las que suministradores de material como Alstom y otros cobran cinco y hasta diez veces más que el precio de mercado por los productos y dichas facturas se firman sin miramientos (por alguien con una venda en los ojos).
- Donde no hay dinero para guantes, pero sí para externalizar revisiones a precio de oro.
- Donde no hay para herramientas básicas, pero sí para que crezca el número de cargos con salarios superiores a los cien mil euros anuales.
- Donde no hay para contratar más personal de Renfe, pero sí para externalizar servicios y que empresas externas se lleven por persona lo que cobrarían tres currelas pero pagando las migajas a “su currela”.
¿Será que se acabó el dinero en la pandemia con aquel dispendio de gel hidroalcohólico que daría para llenar piscinas y con aquellas mascarillas cuyas gomas te flagelaban cada dos por tres al romperse cuando te las ibas a colocar?
Por todo esto nos pusimos en contacto hace diez días con los responsables de compras de Renfe Ingeniería y Mantenimiento exponiendo la situación y ofreciéndonos a buscar soluciones para abordar el problema. Hemos esperado, pero ni siquiera se han dignado a darnos respuesta. Exigimos un giro de ciento ochenta grados a las políticas de compras en un contexto de liberalización salvaje, para evitar la excusa del mal desempeño y que aparezca una empresa privada como un héroe de Marvel a “rescatarnos”.
Sí, sentimos ser pesad@s, ayer había que hablar con urgencia de las externalizaciones “sorpresa” y hoy de suministros, pero es que la inacción de nuestra empresa hace que surjan los problemas como setas. Como ayer, volvemos a avisar: Están avivando el fuego de la conflictividad laboral.
¡QUE VIENE EL LOBO! Y HEMOS AVISADO
COMUNICADO
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RENFE 18/04/2024 | 35 DESMANTELA LA RENFE Y HAZ QUE PAREZCA UN ACCIDENTE | ADIF 16/04/2024 | 34 516 DÍAS Y 516 NOCHES |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LA JUSTICIA VUELVE A DAR LA RAZÓN A CGT SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL SOBRE JUSTIFICACIÓN DÍAS MALOSOS EN RENFE. | 103 2020-09-17 |
| COMUNICADO Anexo 1
| Leido: 36 veces | La Audiencia Nacional, en sentencia de fecha 09/09/2020 nos da la razón respecto de la ilegalidad manifiesta que suponía, por parte de RENFE, la exigencia de que para hacer efectivo el disfrute de los denominados “días malosos” era necesario aportar justificante médico que recomendase “reposo domiciliario”.
Recordemos, que la dirección de la empresa decidió, de manera unilateral y obviando a la representación de los trabajadores, establecer un requisito que en la propia norma no se contiene. Esta cuestión, que puede resultar baladí, contiene una importancia relevante por cuanto la empresa estaba introduciendo novedades respecto al convenio colectivo por la cara.
Siendo así, CGT se puso en marcha e interpuso demanda de conflicto colectivo por esta cuestión, que ha dado como resultado la Sentencia de la Sala Social de la Audiencia Nacional 60/2020, en la que, estimándose la demanda, se declara nula la decisión de la empresa de imponer el requisito de prescribir por el facultativo el correspondiente reposo.
Y ya van dos veces que la empresa intenta, de manera particular y torticera, limitar este derecho, ya que en 2018 tuvimos que acudir a la Audiencia Nacional para que se reconociera el derecho, que otorgaba la D.A 38 de la ley 17/12 de Presupuestos Generales del Estado de 2013 para l@s trabajadores/as sal servicio de la Administración del Estado y a los organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma, entre los que se encuentran RENFE y ADIF, que desde un primer momento no puso reparos en concederlos a diferencia de RENFE, y en la que nos dieron igualmente la razón. A la Dirección de RENFE no le quedó otra que reconocer este derecho, incluso después de haber incoado expedientes por este motivo, pero ha sido en apariencia, ya que poco después de la misma, comenzó a limitar el derecho, y en algunos caso, a vaciarlo de contenido.
Desde CGT entendimos, que en caso de que quisieran desarrollar esta cuestión, la única herramienta útil era, en todo caso, la negociación colectiva. Se instó a la empresa en varias ocasiones a alcanzar acuerdo, pero la misma se negó en rotundo a negociar.
Llegados a este punto, en nuestra demanda incluimos una petición que no podía tener cabida en la sentencia, era que se reconocieran los justificantes médicos con una declaración jurada adjunta, con objeto de establecer un pie para la negociación, y por ello, tuvimos que renunciar a este pedimento en el acto de juicio, por lo que la cuestión, ahora mismo, no está regulada, y en opinión de CGT, con aportar justificante médico de haber acudido al médico por enfermedad o a la mutua por accidente, será suficiente como documento por hacer valer el derecho.
Esperamos que con este nuevo fallo judicial, entiendan la diferencia entre incapacidad temporal y días de permiso por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal.
Con esta sentencia, tenemos otra victoria más en nuestros derechos, que unas veces se recortan de manera más directa y otras -cuando no se tiene razón- de manera más oscura. A la Dirección de RENFE se le debería caer la cara de vergüenza, pues no solo incumplen leyes, sino que además, las limitan y recortan a su complacencia. Mientras estas situaciones se produzcan a CGT la tendrán enfrente.
CGT GARANTIZA TU SEGURIDAD Y TUS DERECHOS. AFÍLIATE
Comunicado Anexo 1
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