Comunicados
RENFE | 29 27/03/2024
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EL SFF-CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN EL GRUPO RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN AL SFF-CGT Y CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL El SFF-CGT presentó el 17 de noviembre de 2020 una demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin amortizar días de descanso o festivos durante su cómputo.
El Grupo RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienza el cómputo de los días de licencia incluye todos los días naturales y figura parte de los permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
La Audiencia Nacional falló en sentencia de fecha 9 de junio de 2021, el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo dl GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió esta sentencia y ahora el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, rechaza el recurso de la empresa y da la razón al SFF-CGT. Estable que los permisos retribuidos solo se disfrutan en días de trabajo efectivo. Además, aclara que la referencia a las jornadas especiales (a las que Renfe se aferraba para oscurecer la aplicación del derecho) implica que habrá que estarse al calendario laboral de cada trabajador o trabajadora para determinar el carácter laborable, o no, de cada jornada, debiendo en cada caso incluir exclusivamente para el cómputo de los días de disfrute de los permisos que nos ocupan los días de trabajo efectivo.
Conseguimos, por tanto el objetivo de esta acción jurídica, que es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Con esta sentencia el SFF-CGT culmina con éxito un intenso trabajo jurídico, iniciado por l@s compañer@s del sector de Telemarketing de la Federación de Transportes de CGT: sentando doctrina en el TS sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos si el hecho causante se producía en descanso o festivos para el/la trabajador/a, obligando a aplicar el mismo criterio una vez iniciado el permiso tanto en ADIF (sentencia del TS de fecha 7 de Junio de 2023) como en el GRUPO RENFE con la reciente sentencia de seis de marzo.
Esta sentencia posibilita reclamar durante un año a partir de la misma (hasta el seis de marzo de 2025), todos aquellos descansos y festivos que el Grupo Renfe ha ido computando como licencia y que debería haber respetado, extendiendo el radio de acción de esta reclamación hasta un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación del conflicto colectivo (30 de junio de 2019). Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de l@s compañer@s interesad@s en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
SFF-CGT: ¡LUCHA CONTINUA POR MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO!
COMUNICADO
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ADIF 26/03/2024 | 28 PAF 2024 O CÓMO SEGUIR DESPRECIANDO LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA | SECTOR 22/03/2024 | 27 AL MINISTERIO SE LE OLVIDA EL ACUERDO DE DESCONVOCATORIA DE HUELGA |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LA MOVILIDAD ES UN DERECHO NO UNA BARAJA EN MANOS DE LA EMPRESA | 113 2020-10-13 |
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| Leido: 13 veces | El día 8 de octubre se celebró una reunión entre la Dirección de la empresa y la Comisión Delegada para analizar las alegaciones de los sindicatos a los borradores de las Convocatorias de Movilidad Geográfica de Operador y Movilidad Funcional de Operador Especializado de Fabricación y Mantenimiento.
En la reunión la mayoría del CGE junto con la empresa firmaron las Convocatorias de Movilidad Funcional de Operador Especializado y Movilidad Geográfica de Operador, en dichas convocatorias se establecen criterios que no están en la Norma Marco de Movilidad, ni en la Normativa Laboral vigente.
El SFF-CGT no entiende cómo se pueden acordar Convocatorias que cercenan el derecho a la Movilidad Geográfica y a la Promoción Profesional, pues estos son derechos básicos que se deben respetar, y más en una empresa pública.
Respecto a la Movilidad Funcional para Operador Especializado:
• La Convocatoria no establece la fecha de admisión de solicitudes.
• Establece una diferencia en la puntuación mínima necesaria para aprobar con respecto a anteriores convocatorias, es decir, en esta convocatoria con superar el 40% de las preguntas en una de las Pruebas, se hace media con la otra y si entre las dos suman el mínimo establecido estarías aprobad@. Esto supone una exigencia menor en los conocimientos necesarios para desempeñar el cargo y una discriminación con los participantes de anteriores convocatorias, una vulneración de la Norma. Desconocemos si este nuevo Sistema de Puntuación será así para futuras Convocatorias y si será también para el resto de Sociedades del Grupo-Renfe.
• Se permite participar de manera subsidiaria a todas las categorías del Subgrupo Profesional, sin embargo, a los operadores de ingreso se les penaliza con una permanencia de 42 meses.
• El periodo de prueba será de 2 meses, tal y como establece la Normativa Laboral, sin embargo, para los operadores que accedan subsidiariamente será de 6 meses (como los técnicos titulados), estos trabajadores tendrán que demostrar en esos seis meses la capacidad y condiciones personales necesarias para el desempeño de la nueva categoría, esto supone una discriminación y una exigencia mayor respecto a sus compañeros.
• Se crean bolsas de reserva de 6 meses.
Con estas herramientas en manos de la empresa, ya veremos cuándo habrá otra convocatoria para que los trabajadores podamos ejercer nuestro derecho a la promoción profesional.
Desde el SFF-CGT entendemos que la Movilidad Funcional a Operador Especializado tiene que resolverse antes que la Movilidad Geográfica de Operador para que las Vacantes que se produzcan se oferten en Movilidad Geográfica; en la propia reunión se comentó que se ofertarían aproximadamente 52 plazas de las diferentes especialidades.
Respecto a la Movilidad Geográfica para el Subgrupo Profesional de Fabricación y Mantenimiento:
• En la Convocatoria aparece el concepto nuevo de Residencia (los centros de trabajo ubicados en una misma provincia se consideran bajo una misma petición “residencia”).
• Establece que solo se pueden hacer dos peticiones, salvo los trabajadores en residencia transitoria que tienen que pedir todas las residencias y centros de trabajo, y entre sus tres primeras peticiones tienen que poner su centro de trabajo actual.
• Establece que las primeras peticiones se resolverán en primer lugar.
• Establece que los trabajadores que hayan solicitado movilidad en su misma “residencia” y obtengan plaza se les puede demorar su traslado hasta 12 meses o como máximo hasta el 31 de diciembre de 2021. La norma establece 6 meses y si te demoran el traslado tienes derecho al destacamento por demora de traslado, con esta novedad nos preguntamos si est@s trabajadores/as tendrán derecho a Destacamento.
Desde el SFF-CGT “seguimos sin comprender” porque la mayoría del CGE puede seguir firmando Convocatorias que son una baraja en manos de la empresa y además jugando con los intereses individuales de l@s trabajadores/as, dando cobertura legal a la empresa en caso de demandas. Además, para obtener esa mayoría fue necesaria la firma de un sindicato (Rey de Oros) que no tiene ningún afiliado en el colectivo, estos favores se cobran.
El SFF-CGT sigue reivindicando la creación de un Listado de Ordenación Profesional igual que tiene el resto de colectivos del Grupo-Renfe. Así como el derecho a la Movilidad de l@s trabajadores/as según establece la Norma Marco de Movilidad y si esta ya no es válida, la negociación de una nueva, no un popurrí de convocatorias a la carta según los intereses de la empresa en cada momento, ya que la situación de la empresa en la que el Plan del Empleo está generando una continua salida e ingresos de nuev@s compañer@s permite unas Movilidades cada año para ir adecuando la plantilla.
BARAJAS NO, MOVILIDAD SÍ
ELIGE CGT
Comunicado
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