Comunicados
RENFE | 4 15/01/2026
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CGOS Y TALLERES: HABLAR, PERO NO CONCRETAR El ritmo de las negociaciones del convenio sigue siendo el mismo de siempre: de avance tan imperceptible que
prácticamente no se mueven. Hoy, día 14 de enero, se ha producido una Mesa de Personal para discutir el estado de
los CGO de Viajeros y las Brigadas y ATL de Ingeniería y Mantenimiento; nos gustaría poder decir que hay algo
sustancioso que contar, pero en su lugar consideramos más útil reflexionar sobre aquello que se omite —de forma
deliberada— y que debemos tener en cuenta.
Los CGO y el presupuesto de Schörindger
El desarrollo profesional de este colectivo es de suma importancia, no solo por la tarea que realizan (vertebrando la
operativa diaria del Grupo Renfe) sino por cuidar el estado del personal que saca adelante un trabajo tan complejo
en condiciones muy precarias en muchos territorios. Los CGO acusan la falta de personal, de formación, las directrices
claras y unas plantillas en constante rotación, algunas incluso sin garantizar el descanso necesario o con tiempos muy
reducido. Es por ello que ponemos en duda los avances mínimos que se producen en este tipo de reuniones pues hay
un tema que nunca se pone sobre la mesa: el presupuesto.
Definir las funciones, incluir mesas nuevas para mejorar el servicio o plantear las promociones desde nuestra
perspectiva no sirve de nada si no se habla de cuánto se va a invertir en todo esto. ¿Pueden quedarse en agua todas
las propuestas si se cae todo por un tema económico? La duda es razonable.
Brigadas y ATL y el camino de las buenas intenciones
“El camino hacia el infierno está lleno de buenas intenciones”. En este refrán es lo que podemos pensar cuando se
habla de la separación entre Brigadas y ATL. Sobre el papel, la normativa está clara y las funciones, a priori, definidas,
pero la realidad luego es bien distinta. Si se empieza a usar la ATL en situaciones no especiales, ¿qué ocurriría con las
Brigadas?
Su actuación en situaciones de fuerza mayor es de sentido común, el problema está en la consideración de la gravedad
y si en algunos territorios la normativa se pudiera interpretar de manera que beneficie o perjudique a algunas de las
partes. ¿Es una manera sutil de acabar con las Brigadas poco a poco? Esta misma cautela tenemos sobre el rol del jefe
de brigada, el cual consideramos que podría ser positivo pero cuya remuneración, idoneidad o rotación está aun en
unas fases muy primitivas de su desarrollo como para poder juzgar su incorporación desde un prisma positivo.
En el SFF-CGT consultamos, proponemos, negociamos
Desde nuestra organización no dejamos de realizar un trabajo de consulta a las bases (como la reciente vídeo para
analizar las propuestas a trasladar a la Mesa de Personal) para luego desarrollar las propuestas que presentamos y
que esperamos que incidan en la negociación colectiva. Seguimos abiertos al diálogo y nos sentaremos en las próximas
Mesas en las que, esperamos, se bajen a la tierra las propuestas y podamos concretar realidades sin la eterna excusa
de “no tenemos presupuesto”.  COMUNICADO Anexo
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 RENFE 13/01/2026 | 3 ABONO ÚNICO, PERO ¿A QUÉ PRECIO? | SECTOR 13/01/2026 | 2 RODALIES: LA PAZ SOCIAL SE PAGA |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE-ADIF CGT PRESENTA CONFLICTOS COLECTIVOS EN AMBAS EMPRESAS POR LA AMORTIZACIÓN DE DESCANSOS Y FESTIVOS CON DÍAS DE LICENCIA. | 121 2020-11-23 |
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 | Leido: 12 veces | El pasado día 17 de Noviembre hemos presentado ante la Audiencia Nacional las preceptivas demandas sobre Conflicto Colectivo con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias), sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin que se amorticen días de descanso o festivos durante su cómputo.
Como tod@s sabemos, la empresas, una vez comienzan a contar los días de licencia los aplica a días naturales, sin tener en cuenta el gráfico del /la trabajador/a figurando estos permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
Teniendo en cuenta la diversidad de rotación de días de trabajo, descansos y festivos existentes tanto en RENFE y ADIF, está siendo muy corriente la aplicación de licencias en días en los que no se trabaja, en otra y nada nueva, interpretación de la normativa claramente perjudicial para los trabajador@s.
El objetivo de esta acción jurídica es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
El comienzo de estos permisos se sitúan en el primer día laborable si el hecho causante coincide con descanso o festivo y así quedaron claros en ambos convenios colectivos por la aplicación de la Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de Febrero ganada por CGT, sin embargo, en esta sentencia no hubo pronunciamiento sobre la aplicación de estos días una vez iniciado el cómputo, aunque sí establecía en sus fundamentos de derecho, la lógica respecto a la aplicación en día de trabajo efectivo, tal y como se deduce de lo establecido en el art 37.3 del ET. al tratarse de permisos retribuidos para ausentarse del trabajo, y si no se trabaja, no tiene sentido su concesión.
Desde CGT entendemos que es necesario extender esta lógica aplicación de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y que avala el Tribunal Supremo al cómputo de estos días, pensados para la atención de situaciones familiares y cuya concesión en días de descanso o festivos eliminan su propia naturaleza.
POR NUESTROS DERECHOS
VEN A LUCHAR CON CGT
Comunicado

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