Comunicados
ADIF | 109 30/12/2025
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LA RULETA RUSA DEL ADIF LA RULETA RUSA DEL ADIF
Pinto, pinto, gorgorito… la próxima semana te puede tocar a ti…
Este 2025, los titulares sobre accidentes e incidencias ferroviarias se acumulan. Cada semana, un susto, un descarrilamiento, una descarga, una intervención fallida… Pero, entre tanto comunicado oficial, tantas páginas de prensa, hay un detalle que apenas se menciona, ¿por qué ocurren con tanta frecuencia?
ADIF gestiona una de las redes más modernas de Europa. Y sí, los trenes nuevos brillan, las webs se actualizan y los PowerPoint lucen logotipos vanguardistas. Pero, cuando un@ baja a la vía, lo moderno se acaba:
• Plantillas recortadas y horas extras abusivas “por fuerza mayor”.
• Contratas que cambian cada año, pero mantienen los mismos problemas.
• Formación exprés que cabe en una diapositiva.
• EPI viejos, que llegan tarde o no llegan.
Nos dicen que mejoramos año a año, pero esa pequeña reducción de siniestros en la plantilla de Adif tiene trampa. El aumento de accidentes se concentra en el personal que trabaja en las contratas. La privatización masiva provoca que se delegue un trabajo que debería hacer personal propio y formado en un@s compañer@s que cada vez realizan su labor en peores condiciones.
Y cuando ocurre un accidente, el discurso se repite: “Se investigará”, “se trata de un error humano”, “se revisarán los protocolos”… Pero lo que nunca se revisa es el modelo laboral: la subcontratación en cadena, el miedo a perder el contrato, la falta de supervisión técnica real, la deficiente formación…
Y todo eso en nombre de la eficiencia y la optimización de recursos. Palabras bonitas para maquillar una verdad muy fea: precariedad, falta de formación real y presión por plazos imposibles.
No podemos jugárnosla en cada turno de trabajo, las cosas se hacen bien o no se hacen. Pelear por un trabajo digno y seguro en el ferrocarril es misión de tod@s.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 18/12/2025 | 108 PARA CARNAVAL, NI CONVENIO NI ORDENACIÓN PROFESIONAL | RENFE 16/12/2025 | 107 PROPUESTA DEL SFF-CGT PARA UN SISTEMA DE MOVILIDAD CONTINUA CON GARANTÍAS |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT CONSIGUE QUE LAS LICENCIAS DE CONVENIO QUE CONTEMPLA EL CONVENIO COLECTIVO NO SEAN DESCONTADAS SEGÚN EL TIEMPO EFECTIVO TRABAJADO. | 7 2021-01-18 |
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 | Leido: 34 veces | CGT ha conciliado ante la Audiencia Nacional con las empresas del grupo RENFE que las licencias por asuntos propios contempladas en el art. 264 de la Normativa Laboral vigente no sean recortadas en ningún caso según el tiempo de trabajo efectivo realizado.
RENFE descontaba de una forma arbitraria y sin ninguna base legal el derecho al disfrute de las seis días de licencia que contempla el convenio colectivo, perjudicando de una forma directa sobre todo tanto a l@s trabajadores/as de nuevo ingreso como a aquell@s que se desvinculaban o prejubilaban y que en ambos casos no cumplían de forma efectiva con la jornada anual. Además aplicaba, según jefaturas una proporcionalidad a la carta, estando a criterio del jefe de turno decidir cuántos días te correspondían. Es necesario recordar que ADIF se apuntó también a esta “modalidad”, aunque en este último caso, y ante la amenaza de plantear demanda y con ya una sentencia del Tribunal Supremo ganada por CGT al respecto, optó por reconocer la procedencia del disfrute de estos días
Además RENFE, que utilizaba de forma habitual la comunicación verbal para no dejar rastro, lo que provocaba que much@s trabajadores/as ya ni siquiera los pidiesen. A aquell@s trabajadores/as que sí lo hacían, se les denegaba argumentando que no les correspondían. CGT detectó estas situaciones en el ámbito de conducción de Cataluña e interpuso un primer Conflicto Colectivo que fue objeto de sentencia afirmativa por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Esta sentencia fue recurrida por RENFE y el Tribunal Supremo rechazó de forma contundente la argumentación de la empresa, que no se sujetaba por ningún lado, al no estar reconocida proporcionalidad alguna en el texto del convenio.
A pesar de dirigirnos a la empresa para que cumplimentase esta sentencia, continuó haciendo caso omiso con el argumento que solo era de aplicación en Cataluña, por lo que tras plantear una comisión de conflictos en la que se negaron a aceptar la evidencia, interpusimos el correspondiente Conflicto Colectivo que ha finalizado hoy con el acuerdo suscrito ante la Audiencia Nacional.
Por lo tanto, y según el acuerdo recogido en los términos de la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de diciembre de 2019, los días de asuntos propios, conocidos como días de convenio, no pueden ser objeto de recorte según la jornada efectiva de trabajo realizada. Con esta victoria, desde CGT damos por cerrado otro capítulo de lucha y defensa de los derechos de toda la plantilla de RENFE.
CGT EN LUCHA PERMANENTE POR LOS DERECHOS DE L@S TRABAJADORES/AS
Comunicado

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