Comunicados
ADIF | 61 17/07/2025
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ADIF, UNA EMPRESA PUNTERA EN DESIGUALDAD A Adif se le llena la boca diciendo que cada vez ingresamos más mujeres. Que quiere atraer talento femenino. Pero que sigue siendo una empresa masculinizada porque las mujeres no ven atractivo trabajar aquí, sobre todo en algunos puestos. La culpa, por tanto, es de las mujeres. Como siempre, echando balones fuera.
LA EMPRESA EN LA QUE NO SE CONCILIA
La conciliación no es solo asunto de mujeres, aunque desgraciadamente la falta de corresponsabilidad en esta sociedad nos coloca injustamente en la posición de ser las que más la necesitamos.
Hemos asistido con incredulidad al desarrollo de la mesa de Asuntos Sociales del Convenio. A las propuestas que ha presentado el Comité General de Empresa (CGE) para mejorar la conciliación, la igualdad y la corresponsabilidad, la empresa nos ha contestado con una enmienda a casi la totalidad. Ayer, su aportación en materia de nuevos permisos y licencias fue un ofrecimiento a trasponer la ley, sin avanzar en nada más que lo que exige el imperativo legal. NI una sola mejora, como empresa pública, al mínimo legal.
Ni siquiera se atiene a aceptar permisos ya recogidos para personal que trabaja en la Administración General del Estado y sus organismos públicos (Adif es uno de ellos) como poder ausentarse para ir al médico por el tiempo necesario o adaptar tu horario de trabajo si tienes un hijo o hija con discapacidad. Ya ni hablemos de concreción de jornada o de mejorar ciertos permisos para atender asuntos familiares. Todo esto, según palabras textuales, “generaría notables dificultades operativas de producción”.
DESPRECIO AL PLAN DE IGUALDAD
¿Pero qué se puede esperar de una empresa que lleva 3 años con el Plan de Igualdad caducado y no es capaz de aprobar con la representación de las personas trabajadoras el III Plan de Igualdad? Ahí la ley ya no es imperativo legal, sino una molestia que le impide dar carpetazo definitivo al Plan y les obliga a seguir negociándolo.
Los datos muestran que hay una brecha salarial entre hombres y mujeres. Esta diferencia se da tanto en Personal Operativo, Mandos Intermedios como en Estructura de Apoyo. Pero la brecha es mayor dentro del Personal Operativo. Variables, horas extra y demás complementos arbitrarios penalizan claramente el salario de las mujeres respecto al de los hombres. Tampoco Adif se moja a la hora de favorecer el ingreso de mujeres. Las cifras hablan por sí solas. Dentro del personal operativo aprueba un 35,88% de mujeres, pero solo acepta la plaza el 21,9%. Mucho tiene que ver el sistema de residencias provisionales y la dispersión geográfica, que, de nuevo, por culpa de la falta de corresponsabilidad nos penaliza. Nosotras nos vemos obligadas a rechazar muchas más plazas que ellos. Curiosa manera de atraer talento femenino.
La buena noticia es que, a pesar de Adif, las mujeres poco a poco vamos avanzando en esta empresa. Pero debemos denunciar la actitud cicatera de la empresa en esta mesa de Asuntos Sociales, ignorando la realidad y las necesidades de toda la plantilla, pero especialmente de las mujeres.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 09/07/2025 | 60 ¿TE HA TOCADO TU PLAZA EN LA TÓMBOLA DE LA MOVILIDAD? | ADIF 03/07/2025 | 59 EL OSO, DESPUÉS DE INVERNAR, LLEGA A JULIO Y QUIERE DESCANSO ESTIVAL |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE DERECHO A LICENCIA POR NACIMIENTO DE HIJO EN RENFE EN CASO DE PATERNIDAD. | 11 2021-02-02 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 28 veces | Como sabéis, con fecha 17 de Julio de 2020, interpusimos demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional contra RENFE ante el incumplimiento del convenio colectivo vigente respecto al reconocimiento de los días de licencia por nacimiento de hijo, que han sido denegados a l@s trabajadores/as que se han encontrado en esta circunstancia al aplicarles el permiso de paternidad. Tras la entrada en vigor de la Real Ley 6/2019 de 1 de marzo, que equipara derechos entre hombres y mujeres respecto a la suspensión del contrato de trabajo por nacimiento de hijos, se hace referencia a la eliminación del permiso retribuido por nacimiento del artículo 37.3b) del Estatuto de los Trabajadores y la empresa se aviene a esta regulación para decidir de forma unilateral, que no es de aplicación lo establecido en Convenio Colectivo.
Hoy 2 de febrero de 2021 teníamos previsto la celebración de los actos de conciliación y juicio, en el que hemos conciliado con la empresa vincular el resultado del presente conflicto al ya establecido en el mismo sentido por una problemática idéntica en la empresa “Paradores de Turismo”, que ya había sido objeto de sentencia estimatoria por la Audiencia Nacional el pasado 30 de octubre y que ha sido recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.
Se ha conciliado de esta forma porque se trata de un caso idéntico, donde el Convenio fue suscrito después de la entrada en vigor del Real Decreto Ley referido y, por tanto, se ajustaba a la situación de RENFE, en la que las circunstancias son similares. Sirviendo en este caso la conciliación, para ganar tiempo en alcanzar el derecho sustraído por RENFE pues, aunque hubiéramos tenido sentencia afirmativa en la celebración del juicio, la empresa recurriría al Tribunal Supremo, teniendo que esperar demasiado tiempo para obtener una sentencia firme.
Desde CGT entendemos, coincidiendo con los pronunciamientos de la AN, que se tratan de permisos de diferente naturaleza, uno consistente en la suspensión del contrato de trabajo, y por lo tanto, retribuido por la Seguridad Social y otro, el reflejado en Convenio Colectivo, permiso retribuido por el empresario. Así mismo, aunque se elimine del Estatuto de los Trabajadores, la Negociación Colectiva puede contemplar sin ningún tipo de dudas permisos de este tipo, dentro de la libertad que confiere la posibilidad de llegar a acuerdos en este ámbito.
Desde CGT no vamos a tolerar que RENFE continúe incumpliendo lo pactado y pisoteando derechos adquiridos de l@s trabajadores/as. Y tal como ya hemos logrado con las licencias por asuntos propios, esperamos un pronunciamiento favorable del Tribunal Supremo que obligue a la empresa a cumplir con lo negociado.
NI UN PASO ATRÁS EN LA DEFENSA DE L@S DERECHOS DE L@S TRABAJADORES.
AFÍLIATE A CGT
Comunicado Anexo 1

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