Comunicados
SECTOR | 8 04/02/2026
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CUANDO EL MINISTRO DECIDE QUIÉN PUEDE HABLAR Durante la intervención de ayer en el Congreso de los Diputados, el ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente, anunció la celebración de una reunión “con los sindicatos del sector ferroviario”, omitiendo deliberadamente que el SFF-CGT, entre otros, no ha sido convocado. A simple vista podría parecer un error o un despiste, pero no lo es: se trata de una decisión política consciente para apartar a una parte de la representación legal de las personas trabajadoras. Y eso, no es solo un desprecio: es una irresponsabilidad.
SILENCIAR A QUIENES ADVIERTEN NO ARREGLA EL COLAPSO
Dejar fuera a uno de los sindicatos con mayor implantación y representación en Adif, Renfe, Iryo, Ouigo y Serveo, no “agiliza” nada: debilita cualquier intento serio de solución. El mensaje es claro: no se sienta con quien no le garantiza la foto y el relato, apartando a quien ha venido señalando —con hechos y por escrito— las grietas reales del sistema.
No es la primera vez que el SFF-CGT tiene conocimiento de decisiones o anuncios del Ministerio a través de comparecencias públicas en el Congreso, sin información previa ni diálogo con la representación legal de las personas trabajadoras. Así ocurrió con el anuncio del despido de un trabajador de Renfe tras las últimas huelgas por el traspaso de Rodalies, o ahora con esta convocatoria limitada a SEMAF, UGT y CCOO.
SIN TODOS LOS ACTORES, NO HAY SOLUCIÓN: ES UN PARCHE
No se puede hablar de seguridad ferroviaria, de calidad del servicio ni de condiciones laborales excluyendo a parte de la representación legal de las personas trabajadoras. La crisis del ferrocarril no se resuelve por colectivos aislados, ni por empresas, ni mediante acuerdos parciales. Exige corresponsabilidad y participación real de los ministerios competentes, la AESF, las empresas públicas y privadas y el conjunto de la RLPT.
El SFF-CGT ya solicitó en septiembre una reunión urgente para alertar de deficiencias graves en mantenimiento y prevención. No hubo respuesta. Hoy, cuando el sistema vuelve a evidenciar un deterioro, se pretende limitar el debate excluyendo a quienes resultan incómodos para el Ministro.
MOLESTA LO QUE DECIMOS
Que se nos excluya mientras el ferrocarril se degrada solo confirma un hecho: se busca un sector sin oposición, sin crítica y sin debate. Pero las plantillas no son un decorado. El ferrocarril lo sostenemos las personas que trabajamos en el cada día.
Por eso lo decimos con claridad: sin voz a la plantilla, no hay salida real al conflicto, y las huelgas convocadas para los días 9, 10 y 11 de febrero de 2026 son la consecuencia directa de cerrar las puertas al diálogo real.
SFF-CGT. POR EL FUTURO DEL FERROCARRIL
 COMUNICADO Anexo
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 SECTOR 02/02/2026 | 7 EL FERROCARRIL NO SE ARREGLA A TROZOS | SECTOR 28/01/2026 | 6 LOS CGEs UNIDOS POR EL FERROCARRIL |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE ACUERDO DE CONCILIACION JUDICIAL RESPECTO DEL PREAVISO PREVISTO PARA INTERVENCIÓN EN RUTA Y SUPERVISORES A BORDO | 64 2021-06-22 |
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 | Leido: 22 veces | Esta mañana hemos alcanzado conciliación en sede judicial respecto de las impugnaciones de convenio planteadas por CGT, obteniendo avenencia entre las partes y solventando la ilegalidad que se venía produciendo.
El quid de la cuestión radica en que, tanto el preaviso de 48 horas relativo al colectivo de supervisores a bordo respecto de los descansos detraibles, como el preaviso de 36 horas del colectivo de intervención en ruta que presta servicio efectivo en UN de grandes líneas, suponen distribución irregular de la jornada y por ello, deben mediar las prescripciones mínimas del artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, que en definitiva es que deben mediar al menos 5 días para poder preavisar adecuadamente, siendo el texto del acuerdo, el siguiente:
« Las partes acuerdan a la vista de la modificación del artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, en virtud del RD-Ley 16/2013 de 20 de diciembre, que ha producido la alteración sobrevenida de lo dispuesto en los acuerdos “Norma Reguladora del Colectivo de Intervención en ruta que preste servicio efectivo en gráficos de la U.N. de Grandes Líneas” Cláusula III, apartado 7º y “ Reordenación del Colectivo de Supervisor de Servicios a Bordo” artículo I.2, que fueron incorporados respectivamente a los Convenios Colectivos XIV y XV, de Renfe, teniendo en cuenta su valor normativo de convenio colectivo y su sometimiento a las normas de mayor rango jerárquico y dado que la mesa de adecuación normativa emanada del II Convenio colectivo de grupo renfe no ha culminado sus trabajos a día de hoy, la modificación de dichos acuerdos adecuando el plazo de preaviso mínimo previsto en la cláusula y artículo citados al del artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, quedando establecido en al menos cinco días”.
Este acuerdo supone un avance importante de cara a la conciliación familiar que la empresa y los componentes de la mesa de adecuación de normativa (CGT estamos excluidos de la misma) habían olvidado introducir o adecuar, tras el reconocimiento del derecho. Desde CGT, entendemos que esta falta de adecuación normativa tiene que ver con el ingente trabajo que la mesa tiene que desarrollar, pasándoseles por alto la evidente problemática. Probablemente puede que existan más vulneraciones que dicha mesa no detecta, pero desde CGT, con menos medios, pero con tesón, iremos detectando y corrigiendo.
En resumen, este acuerdo supone que, a partir de hoy, la empresa viene obligada a preavisar la jornada en estos plazos, de no ser así, se entiende que la jornada no ha sido figurada y queda sin efecto la comunicación que realice vulnerando este preaviso mínimo.
CGT GARANTIZA TUS DERECHOS. AFÍLIATE A CGT.
Comunicado

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