Comunicados
ADIF | 108 18/12/2025
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PARA CARNAVAL, NI CONVENIO NI ORDENACIÓN PROFESIONAL
PARA CARNAVAL, NI CONVENIO NI ORDENACIÓN PROFESIONAL
Las vacaciones en Adif terminan la tercera semana de enero. Será entonces cuando nos ofrezcan un nuevo calendario de mesas de negociación del III Convenio. Así que, con un poco de suerte, volveremos a hablar del Convenio antes de que enterremos la sardina (a lo mejor en el camino hay que enterrar otros cadáveres…).
NADIE AL VOLANTE
Hasta ahora hemos echado la culpa al malvado Ministerio de Hacienda, que no afloja la pasta para abordar la imprescindible ordenación profesional. Un mantra repetido una y otra vez por empresa y demás sindicatos para echar balones fuera. Pero lo cierto es que ayer nos sentamos en una mesa de negociación sin director/a de Recursos Humanos. Un nuevo (y ya van cuatro en el tiempo que llevamos negociando el convenio) cambio del equipo negociador que tiene que sacar adelante el Convenio. Ya no es que Hacienda no se siente a la mesa a negociar, ¡es que ya ni se sienta el máximo responsable de Recursos Humanos!.
Ayer, de nuevo, una nueva farsa, una representación de máscaras (al más puro estilo de don Carnal) en la mesa técnica de ordenación profesional. Una descripción sui géneris de lo que va a ser el complemento de turnicidad, sin valores económicos y sin concreción alguna.
Y ese mismo día, para no ocupar más espacio en las apretadas agendas de los miembros del equipo negociador, se ha celebrado la 7ª reunión de la Comisión Negociadora para poner en común todos los avances alcanzados hasta la fecha. Según la empresa, se ha avanzado mucho ya se pueden ir cerrando “cosillas”, en las que “no tenemos posturas alejadas”. Nuestra cara de asombro (frente a su cara dura) al escuchar esto no les inquietó lo más mínimo. Debemos estar muy despistad@s y se nos han pasado por alto esas “cosillas” ¿A qué acuerdos se refieren? ¿A trasladar las novedades legislativas en materia de conciliación? ¿A aceptar que en la estructura de dirección se puedan jubilar más tarde para seguir engrosando sus cuentas bancarias?
EL SFF-CGT ESTAMOS EN LUCHA Y LA PLANTILLA EMPIEZA A DESPERTAR
Hace tiempo que dejamos de creer en la buena fe de la empresa. El pasado martes hicimos una concentración frente a las puertas de Sor Ángela de la Cruz para exigir más celeridad en la negociación y que se presione al ministerio para agilizar la financiación. También hicimos un reparto de octavillas para informar a la ciudadanía de las condiciones en las que están dejando a las empresas ferroviarias.
La plantilla también ha comenzado a organizarse. Tanto los colectivos de Maquinistas como el de Cuadros, Mandos Intermedios y Estructura de Apoyo han enviado cartas al Comité General de Empresa para exigir un convenio a la altura de las necesidades de su colectivo. Ya nadie se cree esta pantomima y las paciencias se han agotado.
Mientras vamos preparando los disfraces para Carnaval, ya vislumbramos un enero calentito.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 16/12/2025 | 107 PROPUESTA DEL SFF-CGT PARA UN SISTEMA DE MOVILIDAD CONTINUA CON GARANTÍAS | ADIF 16/12/2025 | 106 LA MINORÍA INVISIBLE ALZA SU VOZ |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN ADIF Y ADIF-AV SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO. LA AUDIENCIA NACIONAL (AN) DA LA RAZÓN A CGT EN RESPUESTA AL CONFLICTO COLECTIVO INTERPUESTO. | 65 2021-06-23 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
 | Leido: 23 veces | Cómo recordareis, el pasado día 17 de noviembre de 2020 presentamos ante la Audiencia Nacional demanda sobre Conflicto Colectivo con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin que se amorticen días de descanso o festivos durante su cómputo.
ADIF y ADIF-AV, fieles a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienzan a contar los días de licencia los aplica a días naturales, sin tener en cuenta el gráfico del/la trabajador/a, figurando estos permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
El objetivo de esta acción jurídica es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
La AN ha sido muy clara y continuando el criterio aplicado para el GRUPO RENFE, ha fallado el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que, los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 11ª del II Convenio Colectivo de ADIF y ADIF-AV que mantiene de aplicación el Art. 259 de la Normativa Laboral de ADIF sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”
Al tratarse de una sentencia recaída sobre conflicto colectivo, es de inmediato cumplimiento según el art 160.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social independientemente que sea recurrida por lo que nos hemos dirigido a la empresa para que haga efectiva la misma, y aplique los permisos retribuidos a días de trabajo efectivos, respetando descansos y festivos que pudiesen establecerse en gráfico una vez comenzado el cómputo de estos.
Al igual que con RENFE, CGT está poniendo a ADIF y ADIF AV en su sitio en materia de permisos retribuidos. Ya se vio obligada la empresa a acordar en Convenio el comienzo del cómputo de los permisos retribuidos al primer día laborable si el hecho causante se producía en días de descanso o festivo a raíz de una sentencia que CGT ganó en el Tribunal Supremo y ahora conseguimos que se respeten los que se produzcan durante su cómputo.
CGT GARANTIZA TUS DERECHOS.
AFÍLIATE A CGT.
Comunicado Anexo 1 Anexo 2

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