Comunicados
RENFE | 21 07/02/2023
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CGT INICIA PROCEDIMIENTO DE CONFLICTO COLECTIVO CONTRA EL RECORTE DE LICENCIAS A L@S OCIN TEMPORALES CGT aseguró el derecho de toda la plantilla a disfrutar de los 6 días de licencia por año natural vía Tribunal Supremo y Audiencia Nacional independientemente de la duración del contrato, por eso ahora hemos procedido a presentar Papeleta de Conciliación previa a demanda de Conflicto Colectivo contra la decisión de la Dirección de Renfe de continuar recortando derechos respecto al derecho al disfrute de los seis días de licencia de convenio por asuntos propios, en este caso, a l@s trabajador@s temporales ingresados el pasado mes de agosto de 2022 para cubrir la punta de producción generada por la puesta en marcha de los abonos de viaje gratuitos.
RENFE, abusando de la condición de la temporalidad de est@s compañer@s, y de que, en la mayoría de casos, no iban a reclamar los días debido también y al miedo que genera el “si reclamo a lo mejor no me llaman de nuevo” dictaminó arbitraria e injustamente que, para el año 2022, les correspondían solamente dos días, aplicando una proporcionalidad que se sacaron de la manga. El año 2023 comienza por los mismos derroteros, incumpliendo no solamente la Normativa Laboral Vigente, sino yendo también contra la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 17 de diciembre de 2019, que rechazó el recurso de la empresa y confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, ganada por CGT respecto a los maquinistas ingresados en Cataluña a los que se les recortó las licencias proporcionalmente a la jornada efectiva de trabajo.
El trabajo jurídico efectuado por CGT en este sentido culminó, tras presentar demanda de conflicto colectivo con la conciliación en sede de la Audiencia Nacional en fecha 18 de enero de 2021, que tiene efecto de sentencia firme, y por tanto el reconocimiento de la empresa del derecho a toda la plantilla de RENFE al disfrute de los seis días de licencia de convenio por año natural, sin recortes proporcionales según el tiempo efectivo trabajado.
CGT no va a tolerar que todo el esfuerzo jurídico realizado y que los derechos de l@s compañer@s sean pisoteados de nuevo por una dirección acostumbrada a pasarse por el forro lo que ella misma se ha visto obligada a reconocer, teniendo en cuenta a mayores que l@s trabajador@s temporales tienen los mismos derechos que los de contrato indefinido.
Por ello, insistimos en la necesidad de que, solicitéis y reclaméis el disfrute de estos días, para a posteriori poder reclamarlos en tiempo de descanso o retributivamente.
CGT, CONTRA LOS ABUSOS DE RENFE
 COMUNICADO
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 RENFE 07/02/2023 | 20 NI UN PASO ATRÁS EN EL COLECTIVO DE COMERCIAL ESTACIONES | ADIF 07/02/2023 | 19 CIRCULACIÓN NECESITA MEJORAS |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF GRATIFICACIÓN FORMACIÓN ¡CLAROS Y SOMBRAS! | 98 2021-11-02 |
| COMUNICADO
 | Leido: 34 veces | Hoy día 2 de noviembre se ha reunido el Consejo Asesor de Formación para ratificar el documento enviado el pasado viernes por la tarde por la Subdirección de Formación, para la revisión y aprobación de la nueva normativa sobre la gratificación de formación.
El nuevo articulado que propone la Empresa recoge que todos los trabajadores y trabajadoras sujetos al Convenio Colectivo, que desempeñen actividades docentes, percibirán mensualmente la gratificación de formación correspondiente (clave 113) dependiendo del tipo de actividad docente realizada:
• Impartición de formación presencial en aula. Se abonará por impartir clases teóricas presenciales (reciclajes, cursos OEP, etc)
• Tutorización de prácticas presenciales en aula. El personal que tutorice esta clase de formación recibirá el abono de la clave 113 en función de las horas asignadas al expediente formativo correspondiente.
• Tutorización de prácticas presenciales en el puesto de trabajo. Todas aquellas prácticas impartidas en estaciones, puestos de mando, bases de mantenimiento, etc y que tengan asociada una libreta de prácticas serán abonadas a quien haga de tutor.
• Tutorización de formación online. El tiempo dedicado a la tutorización de cursos online del CFV, se calculará en función del curso, del número de alumnos y de las conexiones realizadas.
• Soporte técnico de formación. Las horas dedicadas al diseño, elaboración de contenidos y recursos formativos, redacción y corrección de pruebas de evaluación y auditorías internas deberán ser autorizadas por el jefe de Centro de Formación correspondiente.
El personal docente adscrito al área de Formación tendrá limitado el importe mensual a percibir por este tipo de actividad al 50% de la percepción máxima mensual establecida en tablas salariales.
El personal de la Subdirección de Formación que actualmente realiza funciones de formador y percibe la gratificación fija máxima fijada en tablas salariales (464.38 € mes) seguirá cobrándola hasta que deje de realizarlas o cambie de grupo profesional.
El impartir y tutorizar formación presencial se desarrollará dentro de la jornada laboral. Cuando se realice fuera de ella se abonará la gratificación (clave 113) y el pago de las horas extraordinarias realizadas.
Desde CGT consideramos que la propuesta realizada supone un avance puesto que, hasta ahora, solo el Personal Operativo podía percibir el abono de esta clave. De esta manera se da por cumplida una de nuestras principales reivindicaciones históricas: que todas las personas trabajadoras, independientemente de su nivel salarial o nivel que ostenten, tengan acceso al mismo abanico de emolumentos
A pesar de ello, no se tuvieron en cuenta todas las demandas de CGT: el personal adscrito a la Subdirección de Formación percibiese el 100% de la gratificación fija (464.38 € mes) y la percepción para el personal colaborador no tuviera un máximo y se cobrará por todas las horas de formación impartida. Serán l@s de afiliad@s de CGT l@s que decidan, en una cuestión tan importante.
CGT LUCHA POR TUS DERECHOS. ¡ÚNETE!
Comunicado

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