Comunicados
RENFE | 9 24/01/2023
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EN LA BRECHA CON L@S OCIN2 TEMPORALES Desde que se realizó la contratación temporal de 491 personas como Operadores Comerciales de Ingreso N2 en el mes de agosto del año pasado, en CGT no hemos parado de luchar por conseguir que nuestr@s compañer@s tengan los mismos derechos que el resto de personal de la empresa y por conseguir que dicho contrato temporal se convierta en el contrato indefinido deseado por tod@s.
Hemos luchado para que el período de prueba en los contratos de duración de menos de 6 meses fuera de máximo de 1 mes. Pedimos que se anulase la cláusula de los contratos que especificaba que el período de prueba fuera de 3 meses, lo que nos parecía abusivo en este tipo de contratos temporales y que está en contra de lo que recoge el Artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores (carta a la Dirección de RRHH el 30 de agosto).
Hemos luchado para que la formación se realizase en horario laboral o por la compensación con los descansos oportunos en el caso de que se realizase en tiempo de ocio. La formación, siempre remunerada. Clama al cielo que se trate de esquilmar a l@s compañer@s con los contratos más precarios (carta a la Dirección de RRHH el 7 de septiembre).
Hemos luchado por una uniformidad sin coste para el personal, no se puede pedir a l@s trabajador@s temporales, que son l@s más vulnerables económicamente hablando, que se costeen una uniformidad determinada para realizar su actividad laboral, cuando al personal indefinido se le dota de uniforme gratuito. Desarrollamos un modelo de denuncia y emprendimos una campaña alentando a nuestras Secciones Sindicales a denunciarlo en Inspección de Trabajo (campaña mediante circular interna el 24 de agosto). En Madrid, por ejemplo, la Inspección de Trabajo nos ha dado la razón, indicando que la empresa debe sufragar el coste de la uniformidad.
Hemos luchado por el carnet ferroviario, demandando que funcionase en condiciones, que se subsanasen los problemas que estaban presentando en Cercanías, que tuviera un coste asequible y justo y, desde luego, para que extendiesen gratuitamente la validez de los mismos el tiempo que durase el nuevo contrato (carta a la Dirección de RRHH el 12 de diciembre).
Hemos luchado por un lugar de trabajo digno, para que nuestr@s compañer@s no tuvieran que realizar su actividad bajo las inclemencias del tiempo, a la intemperie, sin resguardo físico, en apeaderos sin compañía alguna, sin taquillas, aseos, agua… En varios comités provinciales hemos solicitado a la empresa que se subsanasen estas situaciones, hemos interpuesto denuncias a Inspección de Trabajo donde era necesario por este motivo y casi desde el primer momento notificamos de estos hechos a Recursos Humanos (carta a la Dirección de RRHH el 23 de septiembre).
Hemos luchado por las licencias que realmente corresponden a nuestr@s compañer@s. La empresa les notificó que solo les correspondían 2 LZ, aplicando una proporcionalidad que no es legal, que va en contra de lo que CGT concilió ante la Audiencia Nacional a instancia de Conflicto Colectivo y que fue ganado en Sentencia del Tribunal Supremo. El personal temporal tiene derecho a disfrutar de los 6 días de convenio independientemente de la duración del contrato y así lo corroboraron los tribunales. La empresa, en cuanto puede y aunque acabes de entrar, te la intenta colar (carta a la Dirección de RRHH el 10 de octubre).
Hemos luchado por la aplicación efectiva del Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI, un acuerdo suscrito por el Ministerio de Hacienda y Función Pública y las organizaciones sindicales CCOO y UGT y que recoge, entre otros, acuerdos como “fomentar el empleo, la modernización de las plantillas y su rejuvenecimiento” o la “reducción de la temporalidad en el empleo”, cuestiones que sin ninguna duda afectarían a este grupo de compañer@s. No nos gustan las firmas para la foto: Velaremos por la aplicación de este acuerdo.
El personal temporal no es personal de segunda, son compañer@s con una categoría y funciones definidas, con los mismos derechos que el resto, que están realizando un sacrificio enorme, en muchos casos fuera de su residencia habitual, concatenando contratos temporales y que deben conseguir por fin su merecido contrato indefinido.
Este nuevo año queremos seguir a vuestro lado, luchando por mejorar vuestras condiciones laborales, resolviéndoos las dudas gracias a tod@s l@s delegad@s y desde vuestro canal de Telegram, ofreciéndoos las formaciones y novedades que necesitáis para vuestro desarrollo profesional en nuestro blog / plataforma de estudio Cómo ser ferroviario, informándoos a través de los comunicados e incluso acompañándoos en las posibles reclamaciones y litigios que necesitéis interponer. En definitiva… ¡Aquí nos tenéis para lo que necesitéis! Estamos tod@s en el mismo tren, por eso ¡tenemos que permanecer unid@s!
CON VOSOTR@S SOMOS MÁS FUERTES
 COMUNICADO
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 RENFE 19/01/2023 | 8 CELEBRADO el JUICIO SOBRE la IMPUGNACIÓN de la CONVOCATORIA de MOVILIDAD en CONDUCCIÓN | RENFE-ADIF 19/01/2023 | 7 CGT GANA LAS ELECCIONES EN LOGÍSTICA-CHAMARTÍN |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF LA COMISIÓN NEGOCIADORA INCORPORA A CONVENIO LOS PROTOCOLOS DE ACOSO LABORAL Y SEXUAL | 106 2021-11-22 |
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 | Leido: 11 veces | Hoy se han aprobado, por la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de Adif, los nuevos protocolos de actuación frente al acoso laboral y frente al acoso sexual, por razón de sexo y por orientación sexual, válidos para esta empresa y para Adif AV.
En el SFF-CGT tenemos claro que todos los acosos son un ejercicio de poder, una de las derivaciones posibles de la propia dinámica laboral. Como tal, se ceban especialmente (pero no solo) en los grupos tradicionalmente discriminados.
Las mujeres sabemos de primera mano la magnitud de las violencias invisibilizadas, normalizadas. Ya lo hemos dicho: este 25N, abrimos los ojos y alzamos la voz todas juntas para decir: ¡¡Basta!! Basta de asesinatos machistas, Basta de violencia vicaria, de violencia económica… en definitiva, Basta de violencia patriarcal. Alzamos la voz, para exigir seguridad, respeto e igualdad, en todos los espacios de nuestras vidas.
El espacio de nuestra empresa, con los nuevos protocolos, es desde hoy un poco más seguro y un poco más respetuoso con las personas víctimas de acoso. Desde CGT, hemos luchado durante la negociación de los nuevos protocolos para que las mejoras fueran mayores, avanzando hacia entornos de trabajo libres de violencia. La empresa y el resto de sindicatos no nos han acompañado. Sin embargo, dados los cambios introducidos y el carácter desfasado de los protocolos hasta hoy vigentes, hemos decidido avalar los nuevos textos.
• El nuevo Protocolo de actuación frente al acoso laboral define este tipo de acoso como “la exposición a conductas de Violencia Psicológica, dirigidas de forma reiterada y prolongada en el tiempo hacia una o más personas, por parte de otra/s que actúan frente a aquélla/s desde una posición de poder –no necesariamente jerárquica sino en términos psicológicos–, con el propósito o el efecto de crear un entorno hostil o humillante que perturbe la vida laboral de la víctima. Dicha violencia se da en el marco de una relación de trabajo, pero no responde a las necesidades de organización del mismo; suponiendo tanto un atentado a la dignidad de la persona, como un riesgo para su salud”.
La definición es prácticamente idéntica a la ya existente, pero en el conjunto del protocolo se ha reforzado la relación entre acoso y salud laboral, integrando los servicios de Prevención de riesgos laborales y dando un cariz más preventivo al conjunto del protocolo.
Además, se han reforzado las garantías para las personas denunciantes y se implantará un buzón anónimo en Laboralia para consultas y asesoramiento sobre acoso laboral.
Por otro lado, por acuerdo del II CC, se incorporan el acoso anónimo y el ciberacoso. Entre nuestras alegaciones no recogidas, destaca la no creación de un órgano paritario, que centralizaría las denuncias por acoso y separaría su tratamiento de la dirección territorial de RR.HH. de las personas afectadas.
• Por su parte, el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo vuelve a definir el acoso sexual como el “comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual, desarrollado en el ámbito de organización y dirección de la empresa por quien pertenece a la misma, que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo”; y el acoso por razón de sexo como el “comportamiento realizado en función del sexo de una persona, desarrollado en el ámbito de la organización y dirección de la empresa por quien pertenece a la misma, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo”, incluyendo también “todo trato desfavorable relacionado con el embarazo, la maternidad, paternidad o asunción de otros cuidados familiares”.
El protocolo queda pendiente de una actualización en la Mesa de normativa del II CC, para incluir comportamientos tanto verbales como no verbales en la definición de acoso sexual y, sobre todo, una definición de acoso por orientación sexual, identidad, expresión de género y LGTBI, acoso también cubierto por el documento.
Como en el Protocolo de acoso laboral, se incorpora la Subdirección de PRL a todas las fases del procedimiento y aumentan las garantías para las personas denunciantes (además, se toma como principio la no revictimización de la víctima). La unidad tramitadora, o Asesoría confidencial, tendrá composición equilibrada por sexo y formación específica. Se crea además un órgano con participación sindical, pero con un ámbito muy restringido. En cuanto al seguimiento de los casos de acoso y del protocolo mismo, se pierden algunas garantías. Y el buzón anónimo no está incorporado a este protocolo, la empresa solo se ha comprometido a estudiarlo.
En CGT, propusimos, además de la creación de un órgano centralizado y especializado, que este protocolo se extendiera a todos los acosos motivados por la pertenencia a grupos discriminados (mujeres, migrantes, personas con diversidad funcional, etc.) y que se incorporara eficazmente la perspectiva de género, aspectos que no fueron recogidos.
Como sindicato, intentamos construir relaciones libres de dominación, de violencia, de acosos. En la negociación con la empresa, hemos llegado, de momento, hasta aquí. En el resto de ámbitos, seguimos y seguiremos luchando por espacios libres de violencia.
CGT LUCHA POR TUS DERECHOS. ¡ÚNETE!
Comunicado

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