Comunicados
SECTOR | 22 18/03/2026
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DOS MESES DESPUÉS DEL ACCIDENTE DE ADAMUZ El 18 de enero de 2026 ha marcado un antes y un después en el sector ferroviario. Desgraciadamente asistimos a la consecuencia de un sistema tensionado hasta el extremo, en el que se ha priorizado la construcción frente al mantenimiento; la reducción de costes, la externalización y la fragmentación por encima de la seguridad.
El ferrocarril ha perdido imagen y credibilidad ante la ciudadanía. Supresiones de servicio, limitaciones de velocidad, incidencias continuas, sobrecarga de trabajo para las plantillas y decisiones improvisadas han deteriorado la confianza en un servicio que debería ser un referente de seguridad y fiabilidad.
Estaba claro. Un colapso de esta magnitud iba a tener consecuencias, y no podían atajarse con decisiones rápidas para obtener una foto. Cuando no se afrontan las causas reales, los problemas no desaparecen, se agravan. Y eso es lo que está ocurriendo: el cortoplacismo y la incapacidad para actuar con visión de sector están haciendo que el deterioro continúe y que el futuro del ferrocarril se vea cada vez más comprometido.
Adif, como si no pasara nada, sigue queriendo proyectar la imagen de gran empresa pública de prestigio, pero sin asumir el papel que le corresponde en lo ocurrido. Como administrador de la infraestructura, es el máximo responsable del estado de la red, independientemente de la política de licitaciones y subcontrataciones que haya decidido aplicar en los últimos años. Por no hablar de la gestión que está realizando en todo lo relacionado con la investigación del accidente, con decisiones difíciles de explicar y actuaciones que no contribuyen precisamente a generar confianza ni transparencia.
En Renfe, siguen a lo suyo, anunciando nuevos proyectos que poco tienen que ver con reforzar el ferrocarril, como es la apuesta por nuevas sociedades participadas centradas en el transporte a través de autobús. En lugar de concentrar los esfuerzos en recuperar la fiabilidad de la red, mejorar el mantenimiento del material, reforzar las plantillas o atraer a la ciudadanía, se van a buscar alianzas con la competencia. Porque lo de aprovechar para potenciar el transporte de mercancías por ferrocarril con la subida de precios de los combustibles ya si eso para otro momento.
Las operadoras privadas tampoco son ajenas a esta situación. El deterioro de la infraestructura y las limitaciones de velocidad están teniendo consecuencias directas en un empleo ya de por sí precarizado. Así, Iryo, tras el cierre de la línea de Málaga, se ha visto obligada a plantear un ERTE que afecta a la totalidad de la plantilla en ese centro y a parte del colectivo de maquinistas en Madrid. Una muestra más de que cuando falla el sistema, falla para todos.
EL FERROCARRIL NECESITA UN CAMBIO REAL
Desde el SFF-CGT lo dijimos antes del 18 de enero y lo mantenemos hoy: el problema no es puntual, es estructural. No se soluciona con acuerdos apresurados, ni comisiones de seguimiento, de las que un mes después los firmantes del acuerdo empiezan a dudar. Se soluciona con inversión real, con plantillas suficientes, con mantenimiento propio y con un modelo que priorice la seguridad y el servicio público por encima de cualquier interés político
SFF-CGT. POR EL FUTURO DEL FERROCARRIL
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 11/03/2026 | 21 OÍDOS SORDOS | ADIF 06/03/2026 | 20 PLAN ANUAL DE FORMACIÓN 2026 |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF RESUMEN DE AYUDAS GRACIABLES DE ADIF | 5 2022-01-14 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 176 veces | ¿Quiénes podrán solicitar estas ayudas?
Toda la plantilla sujeta a convenio que: 1) no supere 60.101 euros de ingresos anuales brutos en su unidad familiar (miembros mayores de edad que convivan con el o la trabajadora o beneficiari@); y 2) que el gasto mínimo entre todas las facturas (que puedan ser presentadas conforme a los requisitos detallados a continuación) sea de 500 euros, salvo los gastos de óptica y farmacia que serán de 200 euros respectivamente. La cantidad máxima de ayuda que podrá percibir un trabajador/a al año es de 1.503 euros.
TABLAS EN EL PDF
¿Qué documentación se debe presentar?
El modelo oficial debidamente cumplimentado (publicado en Inicia > servicios al empleado > Trámites > Modelos administrativos > Solicitudes de beneficios sociales), tramitado por conducto reglamentario. Con carácter general será imprescindible añadir la siguiente documentación:
• Factura/s original/es (no se admitirán facturas "proforma", ni tickets). La validez de las mismas será de un año desde su emisión hasta la fecha de la petición, que será la de presentación en la dependencia de la trabajadora o trabajador.
• Fotocopias completas (con todas sus hojas) de las Declaraciones de la Renta de la unidad familiar del último ejercicio fiscal, con la validación mecánica y/o sello de la Agencia Tributaria/Entidad Colaboradora, o del Certificado de la Declaración Anual del IRPF. En caso de no tener obligación de hacer la Declaración, deberán presentar un Certificado de Imputaciones del IRPF.
• Fotocopia del Libro de Familia.
• Última nómina de la trabajadora o trabajador.
Además de esta documentación, también se aportará específicamente la documentación que se detalla en cada uno de los motivos por los que se puede solicitar la ayuda. La Comisión tiene la capacidad de solicitar documentación complementaria en caso necesario.
PORCENTAJES DE AYUDAS SEGÚN INGRESOS BRUTOS DE LA UNIDAD FAMILIAR
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 21.000 euros 60%
Desde 21.001 hasta 25.844 euros 40%
Desde 25.845 hasta 42.071 euros 20%
Desde 42.072 hasta 60.101 euros 10%
A las familias numerosas, se les incrementará en un 10 % la cuantía de la ayuda que se conceda, aportando documento acreditativo de esta situación.
Regulación de las fechas de entrega y plazos de aportación de documentación.
La fecha de la petición a tener en cuenta para el cómputo de las facturas será la de entrada en la dependencia.
No se podrán admitir en las dependencias las peticiones que adolezcan de la documentación que se debe presentar para las solicitudes de Ayudas Graciables o por Incapacidad Temporal.
Una vez comprobada en la dependencia que la petición cumple con los requisitos básicos de solicitudes, si adolece de alguna documentación, el trabajador dispone de un mes a contar desde la fecha de entrada en la dependencia para hacer entrega de ella y así se le comunica al interesado.
Una vez recibida la petición en la Jefatura de Área de Negociación y Política Social, en caso de que la Comisión requiera de el o la trabajadora alguna documentación en relación con su petición de ayuda, deberá aportarla en el plazo máximo de un mes a partir de su comunicación, requerida de manera fehaciente.
AYUDAS POR INCAPACIDAD TEMPORAL POR ENFERMEDAD COMÚN
Se puede solicitar una ayuda por parte de la diferencia de los emolumentos dejados de percibir por encontrarse en incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral.
¿Quiénes podrán solicitar estas ayudas?
Toda la plantilla sujeta a convenio que hayan estado en situación de baja por contingencias comunes.
El plazo máximo para solicitar la misma será de un año desde que se produjo el alta médica.
¿Qué documentación se debe presentar?
Junto con el modelo oficial debidamente cumplimentado será imprescindible aportar el parte médico de baja y de alta de incapacidad temporal por contingencias comunes, o el último de confirmación, así como la última nómina.
OTRAS AYUDAS
• Hij@s con discapacidad psíquica
- Percepción de 100€ mensuales (actualizado en el II Convenio Colectivo Adif – Adif AV).
- Transmisible a los pensionistas de viudedad y orfandad en la misma cuantía.
• Prestaciones por defunción (12.000€ a partir del II Convenio Colectivo)
• Anticipos (necesarios dos años de antigüedad)
Concesión máxima de tres mensualidades de la clave sueldo.
TRANSPARENCIA, HONESTIDAD Y LUCHA.
AFÍLIATE A CGT.
Comunicado Anexo 1

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