Comunicados
 
RENFE
36
19/04/2024
NO TENEMOS NI PA PIPAS, NOS LO GASTAMOS TODO EN MASCARILLAS
 
La falta de suministros, repuestos, herramienta… en los talleres de Renfe sigue siendo crítica.
 
  COMUNICADO         
 
 
 
 
RENFE
18/04/2024
35
DESMANTELA LA RENFE Y HAZ QUE PAREZCA UN ACCIDENTE
 
 
ADIF
16/04/2024
34
516 DÍAS Y 516 NOCHES
 
CONJUNTO
11/04/2024
COMUNICADO CONJUNTO
CHF: LA ASOCIACIÓN DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES FERROVIARIOS
 
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Jurídica
Convenios
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
CONTRATAS FERROVIARIAS
28/06/2022
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


RENFE
CGT CONSIGUE QUE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO REQUIERA TRANSPARENCIA A RENFE.
11
2022-02-02

COMUNICADO             
  
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Tras la denuncia de CGT a la Inspección Territorial de trabajo de Madrid sobre varios incumplimientos de la empresa en el gráfico de Intervención de Media Distancia de Madrid, la Inspección de trabajo ha efectuado un requerimiento (Anexo) de cumplimiento a la empresa de acuerdo a lo estipulado en el artículo 22 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en los siguientes términos:

 Garantice que los turnos de incidencias de los cuadrantes tienen grafiada la jornada efectiva, indicando el horario de inicio y fin del mismo, en los términos recogidos en el punto 2.9 del Marco Regulador de Intervención de Regionales. PLAZO CONTINUO.
 Deberá entregar documento a los trabajadores en el que se reflejen las horas de trabajo efectivo de cada trabajador, conforme a lo recogido en el punto 2.53 del Marco Regulador. PLAZO CONTINUO.
 Deberá igualmente ponerse a disposición de los representantes de los trabajadores la información recogida en los registros de jornada de los trabajadores, en la que se indique la hora de inicio y fin de la misma; dicha información deberá ponerse igualmente a disposición de los trabajadores en el caso de que contenga información diferente a la recogida en el apartado anterior. PLAZO CONTINUO.

Esperamos que la empresa se digne de una vez por todas a cumplir con lo que pacta y firma, y no tengamos que plantear a la Inspección Laboral la aplicación del Régimen Sancionador por incumplimientos reiterados en los gráficos del colectivo de intervención.

El dictamen de la Inspección ha sido concluyente y claro, sacando de nuevo los colores a los directivos de esta empresa que se afanan en no otorgar los derechos, de manera directa, a l@s trabajadores/as y colectivos afectados por la normativa laboral.

También hemos sido conocedores de la divulgación de este requerimiento por parte de un sindicato de nueva creación, arrogándose el mérito de la denuncia. Hasta ahora, algún que otro sindicato informaba sobre derechos conseguidos por CGT sin informar de la autoría, pero jamás se lo apuntó, mostrando con ello dignidad y respeto que desde CGT también mantendremos. Entre otras, porque el fin no justifica los medios.

NO TE EQUIVOQUES Y ELIJAS MARCAS BLANCAS,
AFILIATE AL ORIGINAL,
AFILIATE A CGT.


Comunicado                   
  











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