Comunicados
SECTOR | 84 14/10/2025
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MEDIDAS URGENTES ANTE EL DETERIORO DE LAS CONDICIONES LABORALES DEL SECTOR Como continuación a la carta remitida al Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, desde el SFF-CGT hemos remitido hoy una carta a la Ministra de Trabajo y Economía Social transmitiendo nuestra preocupación por el empeoramiento de las condiciones laborales del sector.
EN EL CONJUNTO DEL SECTOR FERROVIARIO
El proceso de liberalización y la creciente externalización está generando un aumento de las incidencias y un deterioro de la calidad del servicio. Como consecuencia las jornadas, lejos de adaptarse a los nuevos tiempos y reducirse, se alargan hasta las 10, 12, 16 o incluso 24 horas.
El aumento de los actos vandálicos y de las agresiones al personal ferroviario es también un reflejo de la falta de protección de quienes trabajan y viajan en el sistema. A ello se suma la ausencia de protocolos homogéneos y de dotaciones mínimas de personal a bordo de los trenes.
Igualmente, recordamos los compromisos anteriores de estudiar cambios legales que doten a determinado personal ferroviario de la consideración de agentes de la autoridad.
EN LAS EMPRESAS PRIVADAS
La negociación colectiva atraviesa un momento de dificultad. La presión por reducir costes se traduce en la parálisis de la negociación de los convenios colectivos. En algunos casos, hay personas que rozan el salario mínimo interprofesional, mientras las condiciones laborales se vuelven cada vez más flexibles y precarias, deteriorando la estabilidad de las plantillas y fomentando desigualdades entre las personas trabajadoras que desempeñan funciones similares bajo distintos empleadores.
EN LAS EMPRESAS PÚBLICAS,
La falta de aprobación de los Presupuestos Generales del Estado ha bloqueado durante meses la negociación y la aplicación de mejoras en los convenios colectivos. Esto ha provocado una pérdida acumulada de poder adquisitivo y la paralización de numerosos aspectos sujetos a la autorización del Ministerio de Hacienda. Esta ralentización injustificada en la adaptación de las condiciones laborales a las nuevas realidades del sector está generando frustración en las plantillas y retrasando avances imprescindibles en materias como jornada, salud laboral o conciliación.
QUÉ PROPONEMOS: MEDIDAS CONCRETAS
• Una homogeneización de las condiciones y normativas del conjunto de empresas operadoras, mediante una regulación que garantice mínimos comunes de derechos laborales y salariales, e impida el uso de la precariedad como herramienta de competencia empresarial a través de un convenio de sector.
• Una revisión del Real Decreto 1561/1995 sobre jornadas especiales, cuya obsolescencia permite alargar jornadas laborales y no contabilizar el trabajo de presencia como tiempo efectivo, con consecuencias directas sobre la salud física y mental, el descanso y la conciliación.
• La ampliación de los Planes de Empleo de las empresas públicas más allá de 2026, permitiendo la paulatina internalización de cargas de trabajo.
• La creación de un protocolo común de seguridad que abarque a todos los actores del sector, garantizando una respuesta coordinada y segura ante emergencias, así como una dotación mínima de personal a bordo de los trenes.
• Una revisión de las categorías penosas que incorpore factores de riesgo determinantes como los turnos rotativos, los trabajos a la intemperie en entornos de riesgo constante, las vibraciones, la exposición al polvo de sílice o la carga mental derivada del servicio.
SFF-CGT: POR UN FERROCARRIL PÚBLICO Y SOCIAL
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 13/10/2025 | 83 ¿Nuevo? Plan de Formación | RENFE 01/10/2025 | 81 RYIM MÁS TRABAJO POR EL MISMO PRECIO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE ROBO ANUAL TODOS LOS 24 Y 31 DE DICIEMBRE | 14 2022-02-07 |
| COMUNICADO
 | Leido: 31 veces | Hoy, hemos recibido un correo de Relaciones Laborales de Renfe. Los jefes, han pensado que, aunque las movilidades se hagan tarde, te trasladen a tu residencia meses después de obtener la plaza e informarte de cambios de turno sin tiempo para organizarte, tenían que asegurar, ahora en febrero, que en diciembre no van a trabajar el día 24 ni el 31.
Nos daría la risa si no fuera porque, a los que somos personal operativo, nos enfada muchísimo este tema. Hay en residencias que no se dan estos días, otras en las que sí, otras si lo solicitas por escrito y no al resto de tus compañeros… un despropósito vaya.
Estos dos días, corresponden a la reducción de jornada a 37,5 horas, que Renfe decidió aplicar, unilateralmente y sin negociación, restando 17 minutos a cada jornada y el resto, compensándose en 2 días, el 24 y el 31 de diciembre.
Pero para los colectivos a turnos, el párrafo que define nuestra indignante situación, ante esta reducción, es el siguiente:
“No obstante, para aquellos trabajadores relacionados directamente con las operaciones productivas que no puedan disfrutar los días 24 y/o 31 de diciembre, se concederán según procedan, 1 ó 2 días compensatorios, que se disfrutarán de manera anexa e inmediatamente sucesiva a alguno de los dos periodos vacacionales anuales del año inmediatamente posterior”.
Desde CGT exigimos muchos cambios y la queremos ¡YA! Con la misma premura que los jefes se apresuran a garantizar sus propios días libres.
¿Por qué en algunas residencias se conceden estos días y en otras, como Madrid o Cádiz, por citar dos ejemplos, no se dan? ¿Con qué derecho nos roban estos días a l@s trabajadores/as?
¿Por qué el personal operativo no tenemos una forma de aplicación clara? El “según procedan” da lugar a interpretaciones y algunos “caciques locales” lo usan para atracarnos a l@s compañer@s y quitarnos dos días que nos corresponden por derecho. Ya que se aprobó sin negociar con los sindicatos, imponiéndonos la solución menos deseada por el colectivo, por lo menos deberíamos saber a qué atenernos y contar con una norma precisa.
¿Por qué en el colectivo a turnos son “1 o 2 días según proceda” y en los que trabajan de lunes a viernes son siempre 2 días? L@s que tenemos gráficos a turnos, que trabajamos muchísimos fines de semana, no tenemos puentes ni festivos y que pasamos las navidades lejos de l@s nuestr@s, parece que tenemos menos derechos a los ojos de Renfe. Si ellos libran, mueven el día, si nosotros libramos, nos lo quitan.
Desde CGT, exigimos la igualdad entre tod@s los trabajadores/as, así como exigimos a Renfe que recapacite y apueste por la conciliación real, agrupando la reducción de jornada en 10 días anuales como se acordó en Adif, una empresa tan cercana, pero alejada en derechos de nuestra Renfe feudal.
CGT siempre apostará por la conciliación, la igualdad y la justicia en la aplicación de la normativa.
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ANEXO
TEXTO DEL CORREO ENVIADO POR RELACIONES LABORALES
7/02/2022
Buenos días:
Les comunico que con motivo de las negociaciones sobre jornada llevadas a cabo durante el primer trimestre de 2019 entre la Dirección de la Empresa y la Representación Legal de los Trabajadores, se llevaron a término entre otras medidas, la reducción anual de 2 días de trabajo y la focalización del resto del tiempo en reducción de la jornada diaria. Los dos días de reducción anual de trabajo que se señalaron han sido los correspondientes al 24 y al 31 de diciembre durante la vigencia del II Convenio Colectivo del Grupo Renfe, dado que han coincidido durante ese periodo con días hábiles y además son los especialmente señalados para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.
El acta de fecha 30 de marzo de 2019 indicaba además que para sucesivos años, y en función del calendario laboral, se indicaría por parte de la Dirección del Grupo Renfe qué días serían sustitutivos de los citados 24 y 31 de diciembre.
En este sentido, dado que los días 24 y 31 de diciembre correspondientes a los años 2022 y 2023 coincidirán con sábado y domingo respectivamente, dichos días se disfrutarán el primer día hábil inmediatamente anterior a los mismos. Se señalan los citados días dada su especial relevancia, teniendo en cuenta además que facilitan la posibilidad de que las personas trabajadoras puedan efectuar los desplazamientos que eventualmente necesiten realizar.
No obstante, para aquellos trabajadores relacionados directamente con las operaciones productivas que no puedan disfrutar los días 24 y/o 31 de diciembre, se concederán según procedan, 1 ó 2 días compensatorios, que se disfrutarán de manera anexa e inmediatamente sucesiva a alguno de los dos periodos vacacionales anuales del año inmediatamente posterior.
Un saludo.
Relaciones Laborales Grupo Renfe
Comunicado

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