Comunicados
RENFE | 29 27/03/2024
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EL SFF-CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN EL GRUPO RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN AL SFF-CGT Y CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL El SFF-CGT presentó el 17 de noviembre de 2020 una demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin amortizar días de descanso o festivos durante su cómputo.
El Grupo RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienza el cómputo de los días de licencia incluye todos los días naturales y figura parte de los permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
La Audiencia Nacional falló en sentencia de fecha 9 de junio de 2021, el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo dl GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió esta sentencia y ahora el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, rechaza el recurso de la empresa y da la razón al SFF-CGT. Estable que los permisos retribuidos solo se disfrutan en días de trabajo efectivo. Además, aclara que la referencia a las jornadas especiales (a las que Renfe se aferraba para oscurecer la aplicación del derecho) implica que habrá que estarse al calendario laboral de cada trabajador o trabajadora para determinar el carácter laborable, o no, de cada jornada, debiendo en cada caso incluir exclusivamente para el cómputo de los días de disfrute de los permisos que nos ocupan los días de trabajo efectivo.
Conseguimos, por tanto el objetivo de esta acción jurídica, que es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Con esta sentencia el SFF-CGT culmina con éxito un intenso trabajo jurídico, iniciado por l@s compañer@s del sector de Telemarketing de la Federación de Transportes de CGT: sentando doctrina en el TS sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos si el hecho causante se producía en descanso o festivos para el/la trabajador/a, obligando a aplicar el mismo criterio una vez iniciado el permiso tanto en ADIF (sentencia del TS de fecha 7 de Junio de 2023) como en el GRUPO RENFE con la reciente sentencia de seis de marzo.
Esta sentencia posibilita reclamar durante un año a partir de la misma (hasta el seis de marzo de 2025), todos aquellos descansos y festivos que el Grupo Renfe ha ido computando como licencia y que debería haber respetado, extendiendo el radio de acción de esta reclamación hasta un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación del conflicto colectivo (30 de junio de 2019). Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de l@s compañer@s interesad@s en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
SFF-CGT: ¡LUCHA CONTINUA POR MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO!
COMUNICADO
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ADIF 26/03/2024 | 28 PAF 2024 O CÓMO SEGUIR DESPRECIANDO LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA | SECTOR 22/03/2024 | 27 AL MINISTERIO SE LE OLVIDA EL ACUERDO DE DESCONVOCATORIA DE HUELGA |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF PLAN ANUAL DE FORMACIÓN 2022: CGT DICE NO | 22 2022-02-17 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
| Leido: 11 veces | Esta mañana se ha reunido el Consejo Asesor de Formación para la presentación del Plan Anual de Formación 2022 y su posterior ratificación. Desde CGT, a pesar de los avances que se han ido produciendo en las diferentes reuniones, hemos dicho NO al PAF 2022.
La teoría nos dice que las personas pasarán a ser el pilar fundamental de la empresa, así como que mediante la formación se conseguirá la actualización y desarrollo permanente de las mismas. También, que se pondrá en valor el traspaso de conocimientos, involucrando a las dependencias en la correcta formación del personal de nuevo ingreso, y se apostará por la formación presencial, y el refuerzo de la formación en materia de seguridad.
Para CGT la aprobación del PAF, es aprobar la forma en la que se va a organizar la formación de más de 12.000 personas durante el año 2022, no solamente desarrollando la teoría sino llevando a la práctica efectiva lo descrito en el PAF 2022 y viendo la gestión que efectúa la Dirección de la Empresa, nuestra afiliación ha decidido que no podemos aprobarlo.
Porque los famosos puestos de formación no han comenzado a funcionar y no se han dado los prometidos cursos de conducción en situaciones degradadas al personal SIC y a los ET que realizan conducciones durante su jornada laboral.
Porque desde CGT llevamos años insistiendo, sin que se tenga en cuenta, que la formación debe ser nominal, no podemos aceptar que existan colectivos, como circulación e infraestructura a los que se les niega el derecho a realizar formación por las condiciones de jornada que tiene, ni que se incumplan acuerdos de Convenio para darle una solución a esta problemática.
Porque no podemos olvidar que el grave problema que tenemos de personal se debe a una mala gestión de todos los departamentos de la empresa, entre ellos la Subdirección de Formación.
Pero sobre todo, Porque desde Formación no se ha sabido gestionar correctamente el ingreso de personal de las últimas y futuras OEPs, viéndose sobrepasada por el trabajo, realizando acciones arbitrarias, dando instrucciones poco claras y cambiantes, que no han traído más que descontento entre el personal de nuevo ingreso, porque la falta de comunicación con otras áreas ha sido la tónica.
Porque se ha realizado una mala gestión en cuanto a la necesidad de formadores y formadoras, no ofreciéndose vacantes en las AGM anteriores ni creándose una carrera de formador, terminando por realizar varias ofertas opacas (o poco transparentes) de formadores/ colaboradores en régimen de movilidad temporal.
Porque esta falta de efectividad para llevar a la práctica la teoría, nos ha llevado a que el personal de la OEP 2021, ingrese en 2 tandas, agravándose aún más si cabe la dolorosa falta de personal en las DG de Circulación y Gestión de Capacidad y en la DG de Conservación y Mantenimiento.
Por estos y otros motivos, desde CGT no podemos avalar el PAF 2022.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado Anexo 1 Anexo 2
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