Comunicados
RENFE | 29 27/03/2024
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EL SFF-CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN EL GRUPO RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN AL SFF-CGT Y CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL El SFF-CGT presentó el 17 de noviembre de 2020 una demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin amortizar días de descanso o festivos durante su cómputo.
El Grupo RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienza el cómputo de los días de licencia incluye todos los días naturales y figura parte de los permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
La Audiencia Nacional falló en sentencia de fecha 9 de junio de 2021, el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo dl GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió esta sentencia y ahora el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, rechaza el recurso de la empresa y da la razón al SFF-CGT. Estable que los permisos retribuidos solo se disfrutan en días de trabajo efectivo. Además, aclara que la referencia a las jornadas especiales (a las que Renfe se aferraba para oscurecer la aplicación del derecho) implica que habrá que estarse al calendario laboral de cada trabajador o trabajadora para determinar el carácter laborable, o no, de cada jornada, debiendo en cada caso incluir exclusivamente para el cómputo de los días de disfrute de los permisos que nos ocupan los días de trabajo efectivo.
Conseguimos, por tanto el objetivo de esta acción jurídica, que es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Con esta sentencia el SFF-CGT culmina con éxito un intenso trabajo jurídico, iniciado por l@s compañer@s del sector de Telemarketing de la Federación de Transportes de CGT: sentando doctrina en el TS sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos si el hecho causante se producía en descanso o festivos para el/la trabajador/a, obligando a aplicar el mismo criterio una vez iniciado el permiso tanto en ADIF (sentencia del TS de fecha 7 de Junio de 2023) como en el GRUPO RENFE con la reciente sentencia de seis de marzo.
Esta sentencia posibilita reclamar durante un año a partir de la misma (hasta el seis de marzo de 2025), todos aquellos descansos y festivos que el Grupo Renfe ha ido computando como licencia y que debería haber respetado, extendiendo el radio de acción de esta reclamación hasta un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación del conflicto colectivo (30 de junio de 2019). Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de l@s compañer@s interesad@s en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
SFF-CGT: ¡LUCHA CONTINUA POR MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO!
COMUNICADO
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ADIF 26/03/2024 | 28 PAF 2024 O CÓMO SEGUIR DESPRECIANDO LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA | SECTOR 22/03/2024 | 27 AL MINISTERIO SE LE OLVIDA EL ACUERDO DE DESCONVOCATORIA DE HUELGA |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE APROBADA LA PLANIFICACIÓN PREVENTIVA DE 2022 | 54 2022-05-03 |
| COMUNICADO Anexo 1
| Leido: 12 veces | APROBADA LA PLANIFICACIÓN PREVENTIVA DE 2022
El pasado viernes 29 de abril se celebró la reunión del Comité General de Seguridad y Salud en cuyo orden del día se encontraba como único punto la aprobación de la Planificación de la Actividad Preventiva para el 2022, con intervenciones de la Dirección tanto explicativas del documento en sí como sus vinculaciones con el Plan Estratégico 2030 y a la propia normativa en Prevención de Riesgos Laborales.
A la reunión ha asistido la Presidenta de Adif y Adif-AV así como el Director General de Gestión de Personas, el Director de Recursos Humanos y Directores / Subdirectores de áreas de actividad, Coordinadores Territoriales de PRL y Miembros del Comité General de Seguridad y Salud.
La Planificación de la Actividad Preventiva establece los objetivos generales que se han de seguir en el ámbito de Prevención de Riesgos de este año. Reconociendo el trabajo en la elaboración del documento lo hemos avalado y apoyado.
Sin embargo, somos conscientes que sigue existiendo muchas cosas por hacer y que se están limitando a cumplir con los requerimientos documentales legales y así lo demuestra la escasa materialización de la acción preventiva.
Los lamentables resultados del POP 18 (documento muy representativo que detalla todas las medidas preventivas correctoras tomadas el pasado año) donde solo se ha resuelto el 28,4% de la planificación proyectada, rehusando a cualquier explicación, negociación o consenso en los Comités Provinciales de Seguridad y Salud, que es donde realmente se desarrolla toda la acción preventiva.
Si además de esos datos añadimos la ausencia, en ocasiones sistemática, de algunas jefaturas a esos comités y en ocasiones la subordinación de la salud a la producción, nos queda la sensación de que por muy buenas Planificaciones que se puedan elaborar, no se le está dando la importancia que merece a la salud laboral en los territorios, y así lo hemos transmitido.
Aprovechando la ocasión hemos vuelto a recordar algunas consideraciones que forman parte de nuestro alegato reivindicativo, entre ellas el impacto que tiene para la salud el trabajo a turnos, la nocturnidad, penosidad, trabajo en la intemperie, así como su impacto en el colectivo de mayor de edad.
Especial importancia tiene para CGT el problema de la elevada edad media de la plantilla. Tema que no se puede resolver con una campaña informativa, divulgativa o acciones formativas “voluntarias”. Se hace inexcusable adecuar y ajustar las políticas preventivas a ese contexto.
El próximo viernes día 5, en una nueva reunión del CGSS, entre otras cosas tocará hablar del trabajo cognitivo en los CRC, donde tendremos que recordar de nuevo la ya histórica reivindicación de la necesaria catalogación de los puestos de trabajo y los necesarios descansos ante pantallas.
Desde CGT siempre hemos tenido muy claro la trascendencia de la Prevención y su enorme impacto transformador en nuestra salud y condiciones de trabajo y no consentiremos que un afán productivo solape nuestros derechos.
CGT EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE L@S TRABAJADORES/AS
Comunicado Anexo 1
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