Comunicados
ADIF | 109 30/12/2025
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LA RULETA RUSA DEL ADIF LA RULETA RUSA DEL ADIF
Pinto, pinto, gorgorito… la próxima semana te puede tocar a ti…
Este 2025, los titulares sobre accidentes e incidencias ferroviarias se acumulan. Cada semana, un susto, un descarrilamiento, una descarga, una intervención fallida… Pero, entre tanto comunicado oficial, tantas páginas de prensa, hay un detalle que apenas se menciona, ¿por qué ocurren con tanta frecuencia?
ADIF gestiona una de las redes más modernas de Europa. Y sí, los trenes nuevos brillan, las webs se actualizan y los PowerPoint lucen logotipos vanguardistas. Pero, cuando un@ baja a la vía, lo moderno se acaba:
• Plantillas recortadas y horas extras abusivas “por fuerza mayor”.
• Contratas que cambian cada año, pero mantienen los mismos problemas.
• Formación exprés que cabe en una diapositiva.
• EPI viejos, que llegan tarde o no llegan.
Nos dicen que mejoramos año a año, pero esa pequeña reducción de siniestros en la plantilla de Adif tiene trampa. El aumento de accidentes se concentra en el personal que trabaja en las contratas. La privatización masiva provoca que se delegue un trabajo que debería hacer personal propio y formado en un@s compañer@s que cada vez realizan su labor en peores condiciones.
Y cuando ocurre un accidente, el discurso se repite: “Se investigará”, “se trata de un error humano”, “se revisarán los protocolos”… Pero lo que nunca se revisa es el modelo laboral: la subcontratación en cadena, el miedo a perder el contrato, la falta de supervisión técnica real, la deficiente formación…
Y todo eso en nombre de la eficiencia y la optimización de recursos. Palabras bonitas para maquillar una verdad muy fea: precariedad, falta de formación real y presión por plazos imposibles.
No podemos jugárnosla en cada turno de trabajo, las cosas se hacen bien o no se hacen. Pelear por un trabajo digno y seguro en el ferrocarril es misión de tod@s.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 18/12/2025 | 108 PARA CARNAVAL, NI CONVENIO NI ORDENACIÓN PROFESIONAL | RENFE 16/12/2025 | 107 PROPUESTA DEL SFF-CGT PARA UN SISTEMA DE MOVILIDAD CONTINUA CON GARANTÍAS |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF GRATIFICACIÓN POR TÍTULO DERECHO RECUPERADO | 90 2022-07-13 |
| COMUNICADO
 | Leido: 32 veces | Cuando se produjo el ingreso del personal de la OEP 2020, desde el SFF-CGT nos dirigimos por carta a la Dirección General de Gestión de Personas para que restituyera el derecho al cobro de la Gratificación por Título (clave 032) que o bien no se había abonado o bien se abonó y posteriormente descontó. Un atropello, que también extendieron a las personas trabajadoras de la OEP 2021 1ª tanda.
Una vez más, con las directrices marcadas desde hace tiempo por parte de la actual Dirección General de recortar en todo tipo de derechos adquiridos históricamente, se volvió a despreciar a las personas trabajadoras de Adif, contestándonos que no existía derecho al cobro hasta que no estuviera el personal en sus dependencias de forma “efectiva”.
Como es lógico y ya anunciamos en su momento, CGT planteó Demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional para tratar de obtener en los tribunales lo que entendemos es de ley y se negaba por parte de una Dirección General de Gestión de Personas que DESPRECIA a sus trabajadores y trabajadoras.
Pues bien, la Audiencia Nacional, acumulando las demandas interpuestas por CGT, UGT y CCOO, ha estimado en su totalidad lo pretendido por nuestra parte y ha condenado a la Empresa mediante sentencia 103/2022 a reconocer el derecho de las personas representadas a percibir el abono de la clave 032, Gratificación por Título, desde el ingreso en la Empresa. El argumento es demoledor:
“Pues bien, siendo así que el complemento por título referido en el convenio colectivo, lo es para quienes ostenten títulos del sistema educativo y en concreto los así reconocidos para el acceso al concurso, nada justifica que el percibo de dicho complemento salarial cuya condición ya ostentan los aspirantes antes de concursar, se les posponga hasta la obtener tras la suscripción de sus contratos de trabajo la habilitación exigida en la Orden FOM/2872/2010, pues como hemos indicados dicha habilitación en el marco del deber de formación exigido al empresario no constituye la condición para el acceso al complemento por título fijado en el convenio."
Aunque la Sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo, es ejecutoria y por tanto debe cumplirse, aunque se recurra. Es por ello que nos hemos dirigido por escrito a la “despótica” D. G. de Gestión de Personas para que realice el pago de oficio de las cantidades correspondientes en la próxima nómina, en algunos casos abonadas y descontadas, tanto al personal de la OEP 2020 como al de la OEP 2021.
Las Secciones Sindicales de CGT y sus delegados y delegadas estamos a disposición del personal afectado para que se inicien las reclamaciones individuales que en su caso serían preceptivas si la Empresa persiste en incumplir lo sentenciado.
CGT, EL SINDICATO DEL SÍ A LOS DERECHOS
Comunicado

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