Comunicados
RENFE | 38 25/04/2024
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NUEVAS MOVILIDADES. NUEVA PANTOMIMA. VIEJOS PERJUICIOS Hoy han sido publicadas en Interesa las nuevas convocatorias de movilidad geográfica y funcional para Operador Comercial Especializado N2 de estaciones, de CGO y para intervención.
El pasado martes y tras diez horas de reunión, se cerraron tres de las cuatro convocatorias que se discutían. Diez horas en las que se vieron un montón de borradores (algunos incluso repetidos) y que terminaron con una firma rápida de SEMAF, CCOO, UGT y SF.
Afortunadamente se ha permitido a l@s compañer@s de Ingreso poder participar en la movilidad funcional para intervención y para CGO.
Desafortunadamente, el resto de puntos ya estaban presentes en anteriores convocatorias o, para nuestra organización, se plantean en términos negativos o, como poco, cuestionables. Allá vamos:
El número de plazas ofertadas en muchas residencias es irrisorio (pese a ser “la convocatoria más numerosa de los últimos años”) y varias gerencias territoriales ya nos están informando de que la empresa no ha respetado sus peticiones de medios humanos. Pero lo que es de traca es que en el desarrollo de toda la reunión se perjurara que no se tenía información sobre las plazas, que l@s firmantes estuvieran dispuestos a aceptar las convocatorias sin tener esa información y que, finalmente, más allá de las ocho de la tarde, aparecieran las plazas como por arte de magia y claro, sin posibilidad ni intención de ser analizadas o comentadas. Renfe juega con los miembros del Comité General de Empresa y se lo agradecen con su rúbrica.
Hace un par de meses vimos por primera vez esta nueva dinámica de no entregar el número de plazas a convocar en la reunión homóloga de talleres. Como ya explicamos, y al igual que en esta reunión, no entregaron las plazas hasta la firma de las convocatorias y el SFF-CGT ha sido el único sindicato en poner el grito en el cielo por esta nueva ocurrencia.
Tras el chapucero desarrollo de las últimas convocatorias de Supervisores y OCEN2 del colectivo comercial se ha abordado el problema de las plazas no cubiertas por “las necesidades urgentes y sobrevenidas” con una lista conformada por l@s participantes en las movilidades funcionales sin plaza. Durante seis meses se podrán cubrir las necesidades de manera temporal con este personal, peeeeeero…
- ¿Cómo se va a realizar la adjudicación? ¿Seguirán las llamadas de teléfono?
- ¿Se va a informar correctamente a la RLPT de cada movimiento?
- ¿Se va a justificar el tipo de necesidad de cada movimiento?
- ¿Qué necesidad real hay de organizar esta “lista ordenada” de carácter temporal? Si existen necesidades o hay carencias la solución ya existe y es bien conocida: Nueva convocatoria de movilidad.
Por cierto, la lista ordenada se parece mucho a las bolsas de reserva, ¿no?
¿La cláusula 14.6? ¿Que ha mejorado? ¡Si la redacción del acta es la misma que tuvimos en la Comisión Delegada del 31 de julio! ¡Palabra a palabra! L@s que hubieran adjudicado plaza en la anterior movilidad funcional pueden participar de nuevo en movilidad geográfica, l@s que hubieran adjudicado plaza en la anterior movilidad geográfica, no pueden volver a pedir en ésta.
L@s compañer@s que adjudiquen una plaza en los Centros de Gestión siguen teniendo un secuestro de 42 meses dentro del colectivo. Para que el personal no huya al ver las condiciones de muchos centros de trabajo es más cómodo (y más ruin) impedir la movilidad en las convocatorias que mejorar las condiciones de los mismos (¡hola Mesa de Comercial del III Convenio Colectivo!).
Y por mencionar otras cuestiones sensatas que no han sido valoradas ni incorporadas a las convocatorias a pesar de que, al menos nuestra organización las ha expuesto:
- Se deja fuera a l@s compañer@s de Ingeniería y Mantenimiento, a l@s que se venía permitiendo participar al menos en la movilidad funcional de CGO.
- Se deja fuera a l@s compañer@s de la OEP taquillas 2020 Cataluña (que firmaron el 5 de julio de 2021) por dos meses escasos.
- No se permite de ninguna manera la movilidad entre Operadores Comerciales Especializados N2 (de CGO a estaciones o viceversa) ni se permite su participación subsidiaria en intervención.
- Se reduce arbitrariamente el número de peticiones máximas de ocho a seis.
Además, se retrasa la movilidad geográfica de operadores comerciales de taquillas para dentro de quince días con la creíble excusa de que no tienen la información concreta de las plazas. Lástima que no se obrara otro milagro de “aparición de las plazas” a última hora.
Por todo ello, a nuestr@s compañer@s de viaje sindicales l@s decimos: La ventaja de no estar abonados al “sí” permanente, servil, de firma fácil es que podemos expresarnos libremente y con la cabeza alta. Como las convocatorias se siguen presentando en unos términos inaceptables para nosotr@s, no las apoyamos, criticamos sus aspectos negativos y visibilizamos vuestra falta de criterio.
SFF-CGT: LO QUE OTR@S NO TE CUENTAN
COMUNICADO
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IRYO 22/04/2024 | 37 IRYO ACEPTA LA APERTURA DE LA NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO | RENFE 19/04/2024 | 36 NO TENEMOS NI PA PIPAS, NOS LO GASTAMOS TODO EN MASCARILLAS |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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LOGIRAIL LICENCIAS RETRIBUIDAS POR ENFERMEDAD, TAMBIÉN EN LOGIRAIL | 91 2022-07-13 |
| COMUNICADO
| Leido: 2 veces | En el año 2012, la Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, relacionándolo con el RD 20/2012, y en la Orden del Ministerio de Hacienda HAP/2802/2012 se estableció:
“Artículo 3. Días de ausencia sin deducción de retribuciones
1. El descuento en nómina regulado en el artículo anterior no será de aplicación a cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Ello exigirá la justificación de la ausencia en los términos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicación en cada ámbito.”
Esta normativa es de aplicación personal al servicio de la Administración del Estado y a los organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma.”
Desde CGT consideramos desde la publicación de la Ley, que este derecho correspondía a las empresas de carácter público, reclamándolo antes en Renfe y ahora en Logirail, y por distintas razones:
1. Lo otorga una Ley que tiene rango superior al Convenio Colectivo.
2. Se aplica en el Grupo Renfe.
El pasado 7 de octubre del 2021, CGT remitimos un escrito a la Dirección de Logirail, solicitando que fuera de aplicación el derecho a disponer de estos 4 días de ausencia. Al no obtener respuesta positiva y tras varios intentos de negociación, interpusimos un Conflicto Colectivo en la Audiencia Nacional que ha venido a darnos la razón, estimando además la sala, temeridad e imponiendo una multa a Logirail de 1.000 €.
La AN declara: “Estimando la demanda interpuesta por CGT, UGT Y CCOO contra LOGIRAIL SME, declaramos el Derecho de los trabajadores de LOGIRAIL a disponer y disfrutar de cuatro días anuales de ausencia por enfermedad, que no den lugar a Incapacidad Temporal, pudiendo ser solo tres consecutivos, sin generar ningún descuento en la nómina del trabajador”. (Anexa)
Por lo tanto y a partir de ahora, toda la plantilla de Logirail tendrá ese derecho. Estando atentos al cumplimiento de esta sentencia y pendientes de las ocurrencias que puedan surgir del seno de una empresa a la que hay que sacarle los derechos mediante decisiones judiciales, en un claro ejemplo de falta de voluntad negociadora.
Una vez más, desde CGT velamos por el cumplimiento de los derechos adquiridos, además de reclamar aquellos que son de aplicación y a los que deberíamos tener acceso desde la negociación colectiva.
CGT, COMPROMISO, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA.
Comunicado
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