Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE ALGUNOS SOLO SE ACUERDAN DE SANTA BáRBARA CUANDO TRUENA. L@s ferroviari@s sabíamos que esto iba a pasar. | 104 2022-08-23 |
| COMUNICADO
 | Leido: 6 veces | Ante el reciente incendio en Bejís, durante la prestación del servicio ferroviario de Media Distancia entre Valencia y Zaragoza se produjeron una serie de hechos, que de haber tenido personal de intervención no se hubieran producido.
El colectivo de intervención además de vender billetes, fiscalizarlos y dar las oportunas informaciones a los viajeros, es la figura que intermedia entre el colectivo de tracción y el pasaje, colaborando siempre de forma activa con el primero y evitando situaciones generadoras de peligro. Teniendo la formación necesaria y encomendadas las tareas de utilización del desfibrilador y la de auxiliar de cabina, siendo esta última de vital importancia en caso de que fallen los sistemas de seguridad embarcados para no dejar el tren inútil, y a los viajeros esperando el autobús de rigor.
Ante la falta de la figura del interventor/a, y digan lo que digan, cundió el pánico entre el pasaje, acrecentado por una “heroína” que se hizo con el protagonismo ante la dificultad de la maquinista de estar en todos lados, pues trataba de reconducir la situación para sacar el tren de las llamas.
Todos los medios de comunicación han echado en falta la figura del interventor/a que controlase y encauzara una situación de pánico colectivo y el subsiguiente riesgo a bordo en el tren.
Sorpresa máxima para todas, que la empresa intente justificar sus malas políticas empresariales, con que l@s interventores/as no son necesari@s en ese tipo de servicios porque sus labores son meramente comerciales, requiriéndose solamente la presencia de estos agentes en determinados servicios por las singularidades de su recorrido o vehículos. Si esto fuera así, no entendemos para qué nos forman con cursos de PLANES AUTOPROTECCIÓN en TÚNELES de líneas de alta velocidad, cursos de PROTECCIÓN CIVIL: RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS Y SEGURIDAD EN TÚNELES, y la necesidad de cumplir con la Orden FOM en las convocatorias de intervención.
Desde CGT exigimos la reposición de esta figura en todos los servicios y recorridos para evitar situaciones como las vividas este mes, y que, de una vez por todas se adapten las nuevas funciones de la categoría, remunerándose con las correspondientes claves estas funciones que se están encomendando al colectivo, al igual que la reposición que la figura de “agente de la autoridad”, vigente hasta no hace muchos años.
CGT, JUNTO AL COLECTIVO DE INTERVENCIÓN, SUS NECESIDADES Y DEMANDAS
Comunicado

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