Comunicados
SECTOR | 84 14/10/2025
|
MEDIDAS URGENTES ANTE EL DETERIORO DE LAS CONDICIONES LABORALES DEL SECTOR Como continuación a la carta remitida al Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, desde el SFF-CGT hemos remitido hoy una carta a la Ministra de Trabajo y Economía Social transmitiendo nuestra preocupación por el empeoramiento de las condiciones laborales del sector.
EN EL CONJUNTO DEL SECTOR FERROVIARIO
El proceso de liberalización y la creciente externalización está generando un aumento de las incidencias y un deterioro de la calidad del servicio. Como consecuencia las jornadas, lejos de adaptarse a los nuevos tiempos y reducirse, se alargan hasta las 10, 12, 16 o incluso 24 horas.
El aumento de los actos vandálicos y de las agresiones al personal ferroviario es también un reflejo de la falta de protección de quienes trabajan y viajan en el sistema. A ello se suma la ausencia de protocolos homogéneos y de dotaciones mínimas de personal a bordo de los trenes.
Igualmente, recordamos los compromisos anteriores de estudiar cambios legales que doten a determinado personal ferroviario de la consideración de agentes de la autoridad.
EN LAS EMPRESAS PRIVADAS
La negociación colectiva atraviesa un momento de dificultad. La presión por reducir costes se traduce en la parálisis de la negociación de los convenios colectivos. En algunos casos, hay personas que rozan el salario mínimo interprofesional, mientras las condiciones laborales se vuelven cada vez más flexibles y precarias, deteriorando la estabilidad de las plantillas y fomentando desigualdades entre las personas trabajadoras que desempeñan funciones similares bajo distintos empleadores.
EN LAS EMPRESAS PÚBLICAS,
La falta de aprobación de los Presupuestos Generales del Estado ha bloqueado durante meses la negociación y la aplicación de mejoras en los convenios colectivos. Esto ha provocado una pérdida acumulada de poder adquisitivo y la paralización de numerosos aspectos sujetos a la autorización del Ministerio de Hacienda. Esta ralentización injustificada en la adaptación de las condiciones laborales a las nuevas realidades del sector está generando frustración en las plantillas y retrasando avances imprescindibles en materias como jornada, salud laboral o conciliación.
QUÉ PROPONEMOS: MEDIDAS CONCRETAS
• Una homogeneización de las condiciones y normativas del conjunto de empresas operadoras, mediante una regulación que garantice mínimos comunes de derechos laborales y salariales, e impida el uso de la precariedad como herramienta de competencia empresarial a través de un convenio de sector.
• Una revisión del Real Decreto 1561/1995 sobre jornadas especiales, cuya obsolescencia permite alargar jornadas laborales y no contabilizar el trabajo de presencia como tiempo efectivo, con consecuencias directas sobre la salud física y mental, el descanso y la conciliación.
• La ampliación de los Planes de Empleo de las empresas públicas más allá de 2026, permitiendo la paulatina internalización de cargas de trabajo.
• La creación de un protocolo común de seguridad que abarque a todos los actores del sector, garantizando una respuesta coordinada y segura ante emergencias, así como una dotación mínima de personal a bordo de los trenes.
• Una revisión de las categorías penosas que incorpore factores de riesgo determinantes como los turnos rotativos, los trabajos a la intemperie en entornos de riesgo constante, las vibraciones, la exposición al polvo de sílice o la carga mental derivada del servicio.
SFF-CGT: POR UN FERROCARRIL PÚBLICO Y SOCIAL
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 ADIF 13/10/2025 | 83 ¿Nuevo? Plan de Formación | RENFE 01/10/2025 | 81 RYIM MÁS TRABAJO POR EL MISMO PRECIO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
ADIF CGT IMPUGNA ANTE LA AUDIENCIA NACIONAL PARTE DE LA NORMA DE MOVILIDAD | 115 2022-09-20 |
| COMUNICADO
 | Leido: 16 veces | Es exactamente lo que hemos hecho desde CGT contra la Norma de Movilidad en lo concerniente a la transparencia en la publicación de las Vacantes y que viene recogido en los puntos 8 y 14 del “pacto de colocación”.
Para ello, contamos con el respaldo de una sentencia ganada en el Tribunal Supremo por CGT contra Renfe y los firmantes del I Convenio Colectivo (entre los que estaban CCOO y UGT) donde se elimina la Cláusula 7 que provocaba que tod@s l@s trabajador@s que participaban en cualquier proceso de movilidad tenían que pedir las plazas a ciegas, al no conocer las vacantes a cubrir, quedando al libre albedrio de la empresa el destino de los y las participantes y sirviendo en bandeja a más de una organización sindical el “pasteleo y colocación de privilegiados” con menos derecho que pasaban por encima del resto de participantes.
Lo hemos dicho “mil veces” pero no nos importa volver a repetirlo “la cuantificación de las plazas vacantes de cada AGM la determinará la Empresa una vez finalizado el proceso de solicitudes de los traslados y de las notas de los exámenes para promocionar”. En consecuencia, cero “0” transparencia.
Así mismo, también hemos procedido a reclamar en los tribunales, mediante la correspondiente demanda de Tutela de los Derechos Fundamentales por lesión de la libertad sindical, nuestro derecho a formar parte de la Comisión de Seguimiento de las futuras Acciones Generales de Movilidad, al ser apeados de este recorrido por la insistencia de los sindicatos firmantes, que no quieren que seamos testigos de las “supuestas tropelías” a las que puede facultar esta bochornosa Norma.
CGT es firmante del Convenio Colectivo y por tanto debe estar en las comisiones de seguimiento que se establezcan en cada uno de los acuerdos firmados al amparo del II Convenio Colectivo. Y no lo decimos nosotros, lo dice la múltiple Jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo en esta materia. Curiosamente, algún sindicato que con su firma nos ha expulsado de la comisión de seguimiento también litigó por ello y obtuvo la razón. Por no hablar de lo incongruencia de permitirnos estar en la Comisión del Acuerdo de Trabajo a Distancia no siendo firmantes.
Desde CGT trabajamos por mejorar la parte relativa a la transparencia de la Movilidad, es decir, conocer todas, absolutamente todas las vacantes al inicio del proceso, a pesar de la “canallada” que es acordar y reflejar en el acta que si alguien consigue una mejora (aunque sea a través de los tribunales como ya pasó con las horas extras) tendrá que ser validada por la propia Comisión de Seguimiento del Convenio Colectivo y que a falta de acuerdo provocaría la caída de la Norma y las AGM en marcha. Herramienta formidable para la Empresa para no acatar lo que los tribunales determinen, ¡Que espabilados los firmantes! El caso es que CGT seamos los malos de la película. Aunque nos señalen, la defensa de los derechos de l@s trabajador@s solo tiene un camino.
CGT, EL SINDICATO DEL SÍ A LOS DERECHOS
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |