Comunicados
RENFE | 70 11/09/2025
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LXS TRABAJADORXS DE RENFE PODRÁN PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DE PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN CON PREFERENCIA A LOS INGRESOS Ayer fue un día duro para el Grupo Renfe. Se celebró la vista en la Audiencia Nacional por las medidas cautelares solicitadas por el SFF-CGT sobre el Conflicto Colectivo que interpusimos ante el atropello cometido por la Dirección de la Empresa y que negaba el ofrecimiento previo de las vacantes previstas para la Oferta de Empleo Público que para este colectivo fue puesta en marcha con la conformidad de UGT, CCOO y SEMAF.
En este acto llegamos a un acuerdo con la empresa en el que se estableció por escrito el compromiso de cumplimiento de la Normativa Laboral en la pretensión objeto de la demanda, que no era otro que el de velar por los derechos de la plantilla que ostenta preferencia ante los futuros ingresos respecto a las vacantes que se pretendan ofertar de forma externa.
Este acuerdo permite, siempre que se cumplan los requisitos que requieren los puestos, la participación a aquellas personas que lo habían solicitado y se les había denegado o ignorado y a todas aquellas que, viendo que los requisitos de la OPE establecían su exclusión por tener una relación laboral con Renfe, ni siquiera lo habían intentado. Por tanto, una vez se publiquen las vacantes a cubrir, estas se podrán solicitar de forma preferente a los ingresos, solicitud que la empresa deberá tener en cuenta adjudicando la que corresponda, siempre que se cumplan y acrediten los requisitos atendiendo a la ordenación de preferencia establecida en convenio y sin precisar examen.
El acuerdo ante la Audiencia Nacional tiene valor de sentencia, lo que obliga a la empresa a su cumplimiento, habiéndonos reservado el derecho de retomar las acciones jurídicas si la empresa no lo respeta. Así mismo, se abre la posibilidad para que de forma individual, si se produce alguna lesión de este derecho, también se pueda actuar en los Juzgados de lo Social.
Tenemos que felicitarnos por este logro, aunque insistimos en lamentar los continuos atropellos de derechos que la Dirección, ayudados en múltiples ocasiones por los sindicatos mayoritarios, ejercen contra la propia plantilla y que obligan a iniciar procedimientos jurídicos que podríamos ahorrarnos.
Desde el SFF-CGT no vamos a dejar de luchar porque se cumpla la normativa laboral existente, y que por tanto se protejan y ejerzan los derechos reconocidos a la plantilla, siendo los procesos de movilidad uno de los temas más importantes que suscita mucho desasosiego a todas las personas trabajadoras.
Conocemos nuestros derechos y los defendemos, por eso NO FIRMAMOS cualquier documento que Renfe nos ponga sobre la mesa. Afiliarse al SFF-CGT es garantía de éxito y protección.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 11/09/2025 | 69 ATL Y BRIGADA DE SOCORRO: NUEVA DENOMINACIÓN | RENFE 09/09/2025 | 68 EN EL IV CONVENIO COLECTIVO, CON PRISA Y CON PAUSA |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF CGT IMPUGNA ANTE LA AUDIENCIA NACIONAL PARTE DE LA NORMA DE MOVILIDAD | 115 2022-09-20 |
| COMUNICADO
 | Leido: 16 veces | Es exactamente lo que hemos hecho desde CGT contra la Norma de Movilidad en lo concerniente a la transparencia en la publicación de las Vacantes y que viene recogido en los puntos 8 y 14 del “pacto de colocación”.
Para ello, contamos con el respaldo de una sentencia ganada en el Tribunal Supremo por CGT contra Renfe y los firmantes del I Convenio Colectivo (entre los que estaban CCOO y UGT) donde se elimina la Cláusula 7 que provocaba que tod@s l@s trabajador@s que participaban en cualquier proceso de movilidad tenían que pedir las plazas a ciegas, al no conocer las vacantes a cubrir, quedando al libre albedrio de la empresa el destino de los y las participantes y sirviendo en bandeja a más de una organización sindical el “pasteleo y colocación de privilegiados” con menos derecho que pasaban por encima del resto de participantes.
Lo hemos dicho “mil veces” pero no nos importa volver a repetirlo “la cuantificación de las plazas vacantes de cada AGM la determinará la Empresa una vez finalizado el proceso de solicitudes de los traslados y de las notas de los exámenes para promocionar”. En consecuencia, cero “0” transparencia.
Así mismo, también hemos procedido a reclamar en los tribunales, mediante la correspondiente demanda de Tutela de los Derechos Fundamentales por lesión de la libertad sindical, nuestro derecho a formar parte de la Comisión de Seguimiento de las futuras Acciones Generales de Movilidad, al ser apeados de este recorrido por la insistencia de los sindicatos firmantes, que no quieren que seamos testigos de las “supuestas tropelías” a las que puede facultar esta bochornosa Norma.
CGT es firmante del Convenio Colectivo y por tanto debe estar en las comisiones de seguimiento que se establezcan en cada uno de los acuerdos firmados al amparo del II Convenio Colectivo. Y no lo decimos nosotros, lo dice la múltiple Jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo en esta materia. Curiosamente, algún sindicato que con su firma nos ha expulsado de la comisión de seguimiento también litigó por ello y obtuvo la razón. Por no hablar de lo incongruencia de permitirnos estar en la Comisión del Acuerdo de Trabajo a Distancia no siendo firmantes.
Desde CGT trabajamos por mejorar la parte relativa a la transparencia de la Movilidad, es decir, conocer todas, absolutamente todas las vacantes al inicio del proceso, a pesar de la “canallada” que es acordar y reflejar en el acta que si alguien consigue una mejora (aunque sea a través de los tribunales como ya pasó con las horas extras) tendrá que ser validada por la propia Comisión de Seguimiento del Convenio Colectivo y que a falta de acuerdo provocaría la caída de la Norma y las AGM en marcha. Herramienta formidable para la Empresa para no acatar lo que los tribunales determinen, ¡Que espabilados los firmantes! El caso es que CGT seamos los malos de la película. Aunque nos señalen, la defensa de los derechos de l@s trabajador@s solo tiene un camino.
CGT, EL SINDICATO DEL SÍ A LOS DERECHOS
Comunicado

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