Comunicados
RENFE | 70 11/09/2025
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LXS TRABAJADORXS DE RENFE PODRÁN PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DE PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN CON PREFERENCIA A LOS INGRESOS Ayer fue un día duro para el Grupo Renfe. Se celebró la vista en la Audiencia Nacional por las medidas cautelares solicitadas por el SFF-CGT sobre el Conflicto Colectivo que interpusimos ante el atropello cometido por la Dirección de la Empresa y que negaba el ofrecimiento previo de las vacantes previstas para la Oferta de Empleo Público que para este colectivo fue puesta en marcha con la conformidad de UGT, CCOO y SEMAF.
En este acto llegamos a un acuerdo con la empresa en el que se estableció por escrito el compromiso de cumplimiento de la Normativa Laboral en la pretensión objeto de la demanda, que no era otro que el de velar por los derechos de la plantilla que ostenta preferencia ante los futuros ingresos respecto a las vacantes que se pretendan ofertar de forma externa.
Este acuerdo permite, siempre que se cumplan los requisitos que requieren los puestos, la participación a aquellas personas que lo habían solicitado y se les había denegado o ignorado y a todas aquellas que, viendo que los requisitos de la OPE establecían su exclusión por tener una relación laboral con Renfe, ni siquiera lo habían intentado. Por tanto, una vez se publiquen las vacantes a cubrir, estas se podrán solicitar de forma preferente a los ingresos, solicitud que la empresa deberá tener en cuenta adjudicando la que corresponda, siempre que se cumplan y acrediten los requisitos atendiendo a la ordenación de preferencia establecida en convenio y sin precisar examen.
El acuerdo ante la Audiencia Nacional tiene valor de sentencia, lo que obliga a la empresa a su cumplimiento, habiéndonos reservado el derecho de retomar las acciones jurídicas si la empresa no lo respeta. Así mismo, se abre la posibilidad para que de forma individual, si se produce alguna lesión de este derecho, también se pueda actuar en los Juzgados de lo Social.
Tenemos que felicitarnos por este logro, aunque insistimos en lamentar los continuos atropellos de derechos que la Dirección, ayudados en múltiples ocasiones por los sindicatos mayoritarios, ejercen contra la propia plantilla y que obligan a iniciar procedimientos jurídicos que podríamos ahorrarnos.
Desde el SFF-CGT no vamos a dejar de luchar porque se cumpla la normativa laboral existente, y que por tanto se protejan y ejerzan los derechos reconocidos a la plantilla, siendo los procesos de movilidad uno de los temas más importantes que suscita mucho desasosiego a todas las personas trabajadoras.
Conocemos nuestros derechos y los defendemos, por eso NO FIRMAMOS cualquier documento que Renfe nos ponga sobre la mesa. Afiliarse al SFF-CGT es garantía de éxito y protección.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 11/09/2025 | 69 ATL Y BRIGADA DE SOCORRO: NUEVA DENOMINACIÓN | RENFE 09/09/2025 | 68 EN EL IV CONVENIO COLECTIVO, CON PRISA Y CON PAUSA |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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LOGIRAIL COMISIÓN TÉCNICA LOGÍSTICA Y OPERACIONES | 137 2022-10-27 |
| COMUNICADO
 | Leido: 10 veces | En el día de hoy se ha reunido la Comisión Técnica para tratar las cuestiones particulares del colectivo de Logística y Operaciones, en la que se han expuesto por la parte social (sindicatos) las principales mejoras que pretendemos para poder llegar a un acuerdo que incorporar al texto del convenio.
Durante la reunión se ha expuesto la necesidad de limitar el máximo de jornada diaria que en la actualidad es de 12 horas, la identificación clara y concisa de las horas extraordinarias y su tratamiento económico, una nueva regulación en los tiempos de descanso entre jornadas, la aplicación de la legalidad en los preavisos para la modificación de turnos, una progresión dineraria por cumplimiento de factores que no dependan del capricho de la empresa, la aplicación de una formación no discriminatoria a tod@s l@s trabajadores/as, la dotación de teléfono móvil y correo electrónico corporativo, el cumplimiento de la desconexión digital, etc.
En resumidas cuentas, adaptar la caduca redacción del actual convenio que posee diferentes incumplimientos legislativos graves, mejorando ostensiblemente las condiciones laborales y por extensión, la prestación del servicio.
La empresa, por su parte, ha expuesto la necesidad de adaptación a entornos cambiantes dadas las diferentes necesidades en la autoprestación que el Grupo Renfe demanda. A lo que desde CGT hemos respondido que estamos abiertos al diálogo, pero siempre dentro de los límites legales y acompañando esta “flexibilidad” de la necesaria remuneración.
En la próxima reunión del día 15 de noviembre veremos realmente la disposición de la empresa para mejorar las condiciones laborales del colectivo afectado, y de la que informaremos pormenorizadamente.
Para este mismo colectivo y en pasadas fechas, CGT solicitó a la empresa el inicio de los trámites necesarios para que al personal de Logirail les sea de aplicación del Real Decreto 2621/1986 del 24 de diciembre, por el que se rebaje la edad de jubilación a aquell@s trabajadores/as pertenecientes o que hayan pertenecido a grupos y actividades profesionales de naturaleza especialmente peligrosa o penosa, aplicándoles un índice de reducción del 10%.
Esta petición también la hemos trasladado al resto de sindicatos presentes en la negociación colectiva y estamos a la espera de su apoyo para el bien de la plantilla afectada.
CGT, TRANSPARENCIA, HONESTIDAD Y DIGNIDAD.
Comunicado

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