Comunicados
RENFE | 29 27/03/2024
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EL SFF-CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN EL GRUPO RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN AL SFF-CGT Y CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL El SFF-CGT presentó el 17 de noviembre de 2020 una demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin amortizar días de descanso o festivos durante su cómputo.
El Grupo RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienza el cómputo de los días de licencia incluye todos los días naturales y figura parte de los permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
La Audiencia Nacional falló en sentencia de fecha 9 de junio de 2021, el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo dl GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió esta sentencia y ahora el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, rechaza el recurso de la empresa y da la razón al SFF-CGT. Estable que los permisos retribuidos solo se disfrutan en días de trabajo efectivo. Además, aclara que la referencia a las jornadas especiales (a las que Renfe se aferraba para oscurecer la aplicación del derecho) implica que habrá que estarse al calendario laboral de cada trabajador o trabajadora para determinar el carácter laborable, o no, de cada jornada, debiendo en cada caso incluir exclusivamente para el cómputo de los días de disfrute de los permisos que nos ocupan los días de trabajo efectivo.
Conseguimos, por tanto el objetivo de esta acción jurídica, que es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Con esta sentencia el SFF-CGT culmina con éxito un intenso trabajo jurídico, iniciado por l@s compañer@s del sector de Telemarketing de la Federación de Transportes de CGT: sentando doctrina en el TS sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos si el hecho causante se producía en descanso o festivos para el/la trabajador/a, obligando a aplicar el mismo criterio una vez iniciado el permiso tanto en ADIF (sentencia del TS de fecha 7 de Junio de 2023) como en el GRUPO RENFE con la reciente sentencia de seis de marzo.
Esta sentencia posibilita reclamar durante un año a partir de la misma (hasta el seis de marzo de 2025), todos aquellos descansos y festivos que el Grupo Renfe ha ido computando como licencia y que debería haber respetado, extendiendo el radio de acción de esta reclamación hasta un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación del conflicto colectivo (30 de junio de 2019). Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de l@s compañer@s interesad@s en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
SFF-CGT: ¡LUCHA CONTINUA POR MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO!
COMUNICADO
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ADIF 26/03/2024 | 28 PAF 2024 O CÓMO SEGUIR DESPRECIANDO LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA | SECTOR 22/03/2024 | 27 AL MINISTERIO SE LE OLVIDA EL ACUERDO DE DESCONVOCATORIA DE HUELGA |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF CGT EXIGE LA JORNADA DE 35 HORAS ¡YA! | 150 2022-11-17 |
| COMUNICADO
| Leido: 19 veces | Con esto de la jornada de 35 horas volvemos a encontramos en una situación parecida a la de aquel año 2018 en el que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establecía de forma tajante para el sector público la jornada laboral en 37 horas y media y que parecía que para los interlocutores de entonces, la fiesta no iba con ellos (Empresa y Sindicatos del CGE de Adif).
Tuvo que ser el SFF-CGT quien en solitario inició un proceso de conflictividad, con huelgas incluidas, para reclamar a la empresa lo que YA por ley era nuestro y no lo querían reconocer. En julio de 2018 solicitamos la aplicación de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de PGE, un 27 de julio se hicieron los primeros paros parciales, acabando con huelgas de 23 horas en todo el Adif en diciembre y paros de 4 horas en circulación, hasta que conseguimos que reconocieran 10 de los 14 días de reducción de jornada que veníamos reclamando. No renunciamos a los 4 días que nos faltan.
Ahora, nos encontramos con el reconocimiento del objetivo por parte del Gobierno de España de implantar la jornada de 35 horas en todas las administraciones públicas y con el fin del condicionante presupuestario que establecía la propia Ley 6/2018:
“Jornada laboral de 35 horas. - Eliminar las limitaciones previstas en la disposición adicional 144 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 para que cada Administración Pública establezca, previa negociación colectiva en la mesa u órgano que corresponda, una jornada de 35 horas semanales para el personal a su servicio y el de su Sector Público Institucional”
Prueba de que estos objetivos gubernamentales son y deben ser una realidad es el reciente reconocimiento de la jornada de 35 horas para todo el personal de Renfe recogido en Convenio. Por cierto, un nefasto convenio, que en esta materia vuelve a adaptar la reducción de jornada a una aplicación torticera de reducción de minutos diarios.
¿Y cómo se tiene que materializar esta reducción de jornada? Desde el SFF-CGT tenemos muy clara cuál debe ser esa distribución. Partir del reconocimiento expreso establecido en el II Convenio Colectivo de Adif, que en su clausula 8ª dice: “…supondrá un promedio semanal de treinta y siete horas y media, sin perjuicio de las jornadas especiales existentes o que en su caso se establezcan», quedando establecida la jornada anual en 1.642 horas en cómputo de ocho horas diarias” Se trata, por tanto de adaptar este texto a la nueva realidad: donde dice 37,5 horas debe decir 35 horas; donde dice 1642 horas debe decir 1536 horas. Lo cual supone una reducción de jornada a mayores de 13,25 días.
¿Y cómo se tiene que implantar por colectivos? Es el momento de implantar definitivamente los gráficos de ciclos cortos en circulación, que CGT lleva tanto tiempo peleando en solitario. El personal de oficinas o de infraestructura, con gráfico de descanso semanal, puede explorar por fin la posibilidad de semanas de 4 días, que tan buenos resultados están dando en otras empresas y administraciones.
Es por ello que el SFF-CGT se ha dirigido a la Presidenta de Adif por carta para solicitar el cumplimiento inmediato de la reducción de jornada a 35 horas semanales para el personal de Adif, Empresa pública perteneciente al Ministerio de Transportes.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado
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