Comunicados
RENFE | 29 27/03/2024
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EL SFF-CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN EL GRUPO RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN AL SFF-CGT Y CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL El SFF-CGT presentó el 17 de noviembre de 2020 una demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin amortizar días de descanso o festivos durante su cómputo.
El Grupo RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienza el cómputo de los días de licencia incluye todos los días naturales y figura parte de los permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
La Audiencia Nacional falló en sentencia de fecha 9 de junio de 2021, el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo dl GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió esta sentencia y ahora el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, rechaza el recurso de la empresa y da la razón al SFF-CGT. Estable que los permisos retribuidos solo se disfrutan en días de trabajo efectivo. Además, aclara que la referencia a las jornadas especiales (a las que Renfe se aferraba para oscurecer la aplicación del derecho) implica que habrá que estarse al calendario laboral de cada trabajador o trabajadora para determinar el carácter laborable, o no, de cada jornada, debiendo en cada caso incluir exclusivamente para el cómputo de los días de disfrute de los permisos que nos ocupan los días de trabajo efectivo.
Conseguimos, por tanto el objetivo de esta acción jurídica, que es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Con esta sentencia el SFF-CGT culmina con éxito un intenso trabajo jurídico, iniciado por l@s compañer@s del sector de Telemarketing de la Federación de Transportes de CGT: sentando doctrina en el TS sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos si el hecho causante se producía en descanso o festivos para el/la trabajador/a, obligando a aplicar el mismo criterio una vez iniciado el permiso tanto en ADIF (sentencia del TS de fecha 7 de Junio de 2023) como en el GRUPO RENFE con la reciente sentencia de seis de marzo.
Esta sentencia posibilita reclamar durante un año a partir de la misma (hasta el seis de marzo de 2025), todos aquellos descansos y festivos que el Grupo Renfe ha ido computando como licencia y que debería haber respetado, extendiendo el radio de acción de esta reclamación hasta un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación del conflicto colectivo (30 de junio de 2019). Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de l@s compañer@s interesad@s en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
SFF-CGT: ¡LUCHA CONTINUA POR MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO!
COMUNICADO
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ADIF 26/03/2024 | 28 PAF 2024 O CÓMO SEGUIR DESPRECIANDO LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA | SECTOR 22/03/2024 | 27 AL MINISTERIO SE LE OLVIDA EL ACUERDO DE DESCONVOCATORIA DE HUELGA |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF CGT CONVOCA COMISIÓN DE CONFLICTOS: NEGOCIACIÓN O MOVILIZACIÓN | 37 2023-02-23 |
| COMUNICADO
| Leido: 11 veces | Ayer, 22 de febrero de 2023, desde CGT hemos solicitado la convocatoria de la Comisión de Conflictos en ADIF para que se dé respuesta de una vez por todas a las reivindicaciones de las/os ferroviarias/os.
Desde el verano del año pasado, hemos intentado que la empresa negocie de buena fe (no con mesas protocolarias y vacías de contenido) aspectos fundamentales de las relaciones laborales que desde la firma del II Convenio colectivo han sufrido cambios muy significativos. Los puntos que reivindicamos y que la plantilla necesita negociar son los siguientes:
No a la pérdida de poder adquisitivo e imposición de nuevas funciones con el consiguiente aumento de productividad.
La gestión de los RR.HH. en Adif está llevando a un aumento de la productividad desorbitado y no remunerado y a la realización, por parte de la plantilla, de funciones que no le corresponden según nuestra Normativa Laboral, bien por corresponder a figuras novedosas (como Coordinador de Trabajos) o bien por corresponder a otras categorías o puestos (como los/as FC gestionando bandas de regulación). Todo ello, causado por una implantación unilateral por parte de la Dirección, nos lleva a una situación de grave riesgo tanto en la Salud Laboral de las personas trabajadoras como en la Seguridad en la Circulación.
Esta situación esconde una política de hechos consumados que busca aplicar una Ordenación Profesional soterrada, sin negociación efectiva con la RLT y dejando multitud de retribuciones pendientes. Se agrava el problema con el escenario de inflación desatada y sostenida que está haciendo mella en el ya hundido poder adquisitivo de los/as Ferroviarios/as desde el año 2008.
Aplicación de la Reducción de Jornada de 35 horas semanales.
Fomentar el empleo, la modernización de las plantillas y su rejuvenecimiento, apostando por la implantación de una jornada laboral de 35 horas semanales en cómputo anual como una de las medidas para alcanzar dichos objetivos. En aplicación del “Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI”, publicado en el BOE núm. 276, de 17 de noviembre de 2022.
Reducción que se debe llevar a efecto en 14 jornadas anuales pactadas a nivel de CGE, para dar cumplimiento al objetivo de fomento del empleo, como recoge el acuerdo. Sin olvidar la retroactividad de lo no disfrutado desde el 17 de noviembre de 2022.
La inacción sindical sobre estos puntos beneficia a la empresa, que hace tiempo se atrincheró en los hechos consumados, aumentando su productividad (hacemos funciones de más, trabajamos 5 horas semanales de más) y perjudicando nuestras condiciones laborales. Desde CGT, hemos buscado la negociación: enviamos carta a Adif, después a la Ministra, nos concentramos delante de la sede de la empresa, solicitamos una Comisión de conflictos. La respuesta de la empresa ha sido la inacción más absoluta (sobre las 35 horas) o la inacción dolosa, con mesas de negociación vacías de cualquier contenido. Adif no deja alternativa.
Desde el SFF-CGT vamos a continuar defendiendo los intereses de la Clase Trabajadora, Negociando o Movilizando, por ello exigimos a la Dirección de la Empresa que tenga en cuenta nuestras reivindicaciones para no generar conflictos innecesarios que no satisfacen a nadie.
Comunicado
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