Comunicados
RENFE | 107 16/12/2025
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PROPUESTA DEL SFF-CGT PARA UN SISTEMA DE MOVILIDAD CONTINUA CON GARANTÍAS Desde el SFF-CGT, dentro del marco de la negociación del IV Convenio Colectivo del Grupo Renfe, hemos realizado una propuesta para abordar una mejora sustancial del actual sistema de movilidad. La aplicación de la Norma Marco vigente está generando retrasos injustificados, errores en los listados, falta de información y una comunicación deficiente con la plantilla, lo que provoca incertidumbre y desconfianza en unos procesos clave para el desarrollo profesional y la movilidad.
Cualquier modelo de movilidad continua debe de contemplar los principios de: transparencia, igualdad, mérito y capacidad. El sistema actual tiene margen de mejora, pero si se opta por uno nuevo, este debe corregir las deficiencias existentes y ofrecer mayores garantías a las personas trabajadoras, especialmente en un contexto en el que las vacantes tenderán a reducirse por jubilaciones y desvinculaciones.
Necesitamos unas convocatorias con plazos claros y comunes para todos los colectivos, con una calendarización que permita a la plantilla conocer los plazos y una comunicación adecuada de los procesos. Asimismo, consideramos imprescindible diferenciar las movilidades geográficas de las funcionales, resolviendo primero las primeras para cubrir correctamente las vacantes generadas.
Los listados deben regirse por criterios de ordenación objetivos y conocidos. Defendemos una mayor permeabilidad entre colectivos, la revisión de los grupos subsidiarios y la participación en movilidad de personas en situaciones de excedencia protegida (maternidad, paternidad o cuidados). Exigimos la eliminación de penalizaciones injustas, como las derivadas de la cláusula 14.6.
Las reclamaciones deben canalizarse mediante un sistema único, trazable y con respuesta individualizada. Las personas trabajadoras deben poder realizar peticiones múltiples sin límites arbitrarios.
En la resolución de los procesos, exigimos comunicación de resultas, toma de posesión con al menos 15 días de preaviso, reconocimiento de la nueva categoría funcional en los plazos legalmente establecidos, entrevistas objetivas y paritarias cuando existan, y la eliminación de los periodos de permanencia obligatoria.
Un sistema de movilidad justo, transparente y garantista es esencial para mejorar la calidad del empleo y el funcionamiento de la empresa. Desde SFF-CGT seguiremos defendiendo estos principios en todos los ámbitos de negociación.
Puedes leerlo aquí: https://bit.ly/PropuestaMovilidadContinua
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 16/12/2025 | 106 LA MINORÍA INVISIBLE ALZA SU VOZ | ADIF 12/12/2025 | 105 EL DÍA 16 CONCENTRAMOS LA FUERZA DEL SECTOR |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL TRIBUNAL SUPREMO NOS DA LA RAZÓN: PREAVISO DE AL MENOS 5 DÍAS | 53 2023-03-24 |
| COMUNICADO
 | Leido: 8 veces | Hemos recibido notificación de la sentencia del TS nº 77/2023 de fecha 26 de enero de 2023 , que rechaza el recurso de casación presentado por RENFE contra la sentencia de la AN 127/2020 de 18 de diciembre, y por tanto la hace firme, que establece que el preaviso mínimo del día anterior, y al menos de 14 horas previsto, para comunicar las actividades a desarrollar en días grafiados como sin actividad predefinida (SAP) y el preaviso de al menos dos horas para dar a conocer el lugar y la tarea asignada para el servicio de mercancías es nulo y contrario a Derecho, por contrariar el preaviso mínimo de 5 días del artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores. Según sentencia:
En concreto, queda anulado lo siguiente:
“declaramos contrario a Derecho y nulo el siguiente párrafo: “deberá ser conocido por el trabajador en el día anterior, y en todo caso con al menos catorce horas de antelación, el horario en el que debe estar disponible para prestar servicio. El mismo día de la prestación, se le comunicará al trabajador, con al menos dos horas de antelación, el lugar y la hora de presentación así como el servicio previsto preaviso del día anterior y al menos 14 horas, para dar a conocer el horario de prestación de servicios, y el preaviso de al menos 2 horas para dar a conocer el lugar y la tarea asignada”.
CGT interpuso demanda sobre impugnación parcial de convenio, al considerar, de forma acertada, que estos preavisos eran contrarios a lo establecido en el art 34.2 del ET además de ser, en consecuencia, manifiestamente perjudiciales al derecho de la conciliación laboral y familiar. La Audiencia Nacional nos dio la razón y ahora, el Tribunal Supremo, confirma nuestra argumentación.
Esto provoca que se deban comunicar los servicios SAP con al menos 5 días de antelación, por lo que la empresa no puede comunicar el servicio si no respeta ese preaviso. Paralelamente, nos hemos dirigido de nuevo, tal como hicimos en su momento respecto a la sentencia de la AN, a la Dirección de RENFE MERCANCIAS para que lleve a cabo el cumplimiento de la sentencia de manera inmediata. A la demanda se adhirieron el resto de sindicatos firmantes de este acuerdo establecido en el Desarrollo Profesional, lo que nos da idea de que se firman despropósitos perjudiciales para l@s trabajador@s que otros debemos ir arreglando.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado

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