Comunicados
RENFE | 112 23/09/2023
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“RENFE” GOTERA Y OTILIO, UNIFORMES A DOMICILIO Sí, la historieta de hoy la podría haber firmado el maestro Ibáñez: Camino hacia la nueva uniformidad de Renfe Viajeros.
En abril del 2022 el Comité General de Empresa tuvo su primera reunión para abordar el proceso de cambio de uniformidad con el diseñador del mismo, Ulises Mérida, donde nos presentaron unos bocetos de los que sería el futuro nuevo uniforme.
Desde esa primera reunión desde CGT manifestamos nuestra oposición a ciertas ideas peregrinas, como bocetos de personal con capas, que en las campanadas de nochevieja en TVE o en la Fashion Week pueden quedar muy bien, pero desde luego no pintan nada en un uniforme operativo para personal que está subiendo y bajando de trenes en su desarrollo diario.
Renfe comunicó (y presumió) de hacer el proceso muy participativo, mandando encuestas a todo el personal de la sociedad para que diese su opinión sobre varios aspectos, presentando elecciones binarias sobre diferentes prendas. ¡Estupendo!... En teoría, porque en la práctica, como vamos a ver, la participación de l@s trabajador@s y su Representación Legal en la confección de la uniformidad ha sido casi nula.
Primer problema: En un salto acrobático en el tiempo Renfe nos planta en una reunión donde se nos presenta al Comité General de Empresa la uniformidad completamente diseñada. Una presentación, no una mesa de debate. Aquí está el nuevo uniforme, ¿os gusta? Porque si no os gusta os va a dar igual: ya está en producción y aquí tenemos el calendario para realizar el tallaje online y su posterior distribución.
No se permitió a la Representación Legal de l@s Trabajador@s usar las preferencias que la plantilla había manifestado para tratar de construir un uniforme consensuado. En su lugar, aquellas encuestas tan abiertas, que hacían imaginar una futura uniformidad con diferentes opciones, o con cambios significativos, desembocaron en unas prendas muy clásicas y de líneas similares a las anteriores, eso sí, ahora firmadas por un diseñador de moda.
Otra idea peregrina que vivimos en el curso del cambio de uniformidad fue la incorporación de un proceso de tallaje totalmente online, manejado por una empresa externa (Springter) que se encargaría de la recogida y el procesado de datos. Pues bien, algo se debió torcer por el camino porque unos dos meses más tarde de arrancar con la recogida de datos corporales online se habilitaron tallajes físicos presenciales en Madrid y Barcelona y se van a seguir habilitando en diferentes ciudades de la geografía nacional.
En este proceso de tallaje presencial y realizándose las pruebas con las prendas reales ya producidas nos fuisteis trasladando que había varias disconformidades con algunos artículos pero que sobre todo existía un problema muy grave: La blusa / camisa del uniforme se transparenta y deja entrever la anatomía y ropa interior de l@s compañer@s. Esta cuestión tan seria merece una solución firme por parte de la empresa, ¿verdad? Veamos:
Esta semana nos convocaron al Comité General de Empresa para decirnos que pretendían que el próximo día 25 de septiembre el personal que ya dispusiese del nuevo uniforme (personal de
Barcelona y Madrid) empezase a usarlo sin dar solución alguna a las quejas de que ciertas prendas del uniforme presentaban una calidad insuficiente y un desgaste prematuro y sin abordar el gravísimo problema de las transparencias indeseadas que presenta la camisa / blusa del uniforme.
Y para poner la guinda, nos presentaron el “avance” de un manual de uniformidad que no ha sido negociado según rige la normativa laboral de la empresa, heredero directo del anterior manual de uniformidad sexista, denunciado por CGT. El conjunto de las organizaciones sindicales nos hemos posicionado en contra de este manual que, entre otros:
• Impone una “vestimenta estacional” sin hacer distinciones entre la variada climatología que encontramos en España.
• Provee de un sistema anti-ahogamiento en la corbata y pide un doble nudo en la colocación del pañuelo.
• Pretende usar un identificador que muestre el nombre en colectivos donde las agresiones, por desgracia, son el pan nuestro de cada día.
• Demanda planchados y unos cuidados extraordinarios a la ropa en vez de haber implementado materiales más “amables”.
• Define esmaltes, complementos, maquillaje, peinado, vello facial… La personalidad del personal de “La Renfe” al servicio de la empresa, propio de décadas pasadas.
• Contiene perlas como que “el tren se feminiza, se hace más amable para todos”…
En esta reunión desde CGT trasladamos la importancia que tiene el desarrollo de un manual de uniformidad moderno, acorde a los tiempos y sobre todo que no permita que las empresas externas (compañeros y compañeras ferroviari@s de LogiRail y Serveo, proveyendo Servicios en Tierra y a Bordo), que usan este manual para vestir a su personal, realicen cacicadas e imposiciones amparándose en este documento, como tristemente ya ha sucedido en el pasado.
En resumen, Renfe sigue en su línea impositiva, como hemos podido ver casi desde el inicio del proceso de desarrollo de la nueva uniformidad hasta el bochornoso manual de uniformidad más propio de épocas pasadas. Como empresa moderna que dice ser, no puede tratar de fabricar autómatas y de moldear actitudes al servicio de los “valores de marca” y la atención al cliente.
Desde CGT seguiremos promoviendo la negociación frente a la imposición y apoyaremos y secundaremos, con las medidas que sean necesarias, que ninguna persona trabajadora acuda a su puesto de trabajo con una uniformidad que genere la menor incomodidad respecto a su físico hasta que los defectos de bulto que presentan ciertas prendas se subsanen.
SI EL UNIFORME NO SE ARREGLA, ¡GUERRA, GUERRA, GUERRA!
 COMUNICADO
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 ADIF 22/09/2023 | 111 ¿NOS HEMOS QUEDADO SOL@S LUCHANDO POR LOS 14 DÍAS? | ADIF 21/09/2023 | 110 ESPEREMOS QUE LA AMENAZA NO SE CONVIERTA EN LA EXCUSA |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR ACOSO LABORAL: LOS Y LAS FERROVIARIAS DEBEMOS SABER RECONOCERLO | 59 2023-04-24 |
| COMUNICADO
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Renfe, Adif y Logirail, las empresas públicas del sector ferroviario, tienen en vigor distintos protocolos de actuación frente al acoso laboral. Estos protocolos responden a la obligación de las empresas de evitar los riesgos laborales y, cuando no es posible, combatirlos.
La incidencia del acoso laboral es mayor de lo que pensamos: cerca del 15% de la población laboral declara haber sido víctima de violencia, hostigamiento o acoso en el trabajo y alrededor del 70% declara haber sido testigo de una situación de acoso laboral.
Es decir, el acoso laboral, o mobbing, se extiende a todas las empresas. Pero a veces resulta difícil de identificar, pues son muy diversas sus características. Y las personas acosadoras pueden estar en cualquier nivel jerárquico (superior, inferior o compañeras de trabajo). Por ello, es fundamental que conozcamos la definición y las características del acoso. El INSST (Nota Técnica de Prevención 854) define el acoso laboral o acoso psicológico como la “exposición a conductas de violencia psicológica, dirigidas de forma reiterada y prolongada en el tiempo, hacia una o más personas por parte de otra/s que actúan frente aquella/s desde una posición de poder (no necesariamente jerárquica). Dicha exposición se da en el marco de una relación laboral y supone un riesgo importante para la salud”.
Para que exista acoso, en general son claves las condiciones de frecuencia y de prolongación en el tiempo (no es así en el caso de aislamiento o cambio de puesto injustificado). Se sustenta en la vulnerabilidad de la víctima, producto de la asimetría de poder con la persona acosadora, aunque no sea necesariamente formal o jerárquica, pues puede ser informal, motivada por la asimetría de antigüedad, de formación, de relaciones sociales en la empresa, etc.
Producto de esta vulnerabilidad, a la persona acosada se le intenta desconcertar, culpabilizar y responsabilizar de la situación. Dejarle inmóvil o en un mar de dudas, y así, de forma sibilina avanzar en el acoso. Las víctimas de acoso laboral pueden sufrir trastornos psicológicos como ansiedad, depresión, estrés..., provocando desánimo a título personal y profesional. Sin duda, el malestar en la victima va en aumento en función del tiempo que perdure el acoso.
Tipologías del acoso
La diversidad de los tipos de acoso hace que resulten inadvertidos o se vean como algo “normal”. Además, las personas acosadoras actúan normalmente de forma sutil y silenciosa, aparentando gestos amables y simpatía, para ganarse la confianza del resto y evitando descubrirse, lo que lleva a que en cada ámbito laboral los ataques se amolden a su particularidad.
Dada la variedad de las características del acoso, pueden establecerse distintas tipologías:
Según la posición jerárquica
I. Acoso horizontal: víctima y victimario se encuentran en el mismo nivel profesional.
II. Acoso vertical: la persona acosadora se encuentra en un nivel profesional distinto a la víctima. Hay dos subtipos: ascendente y descendente, o abuso de poder.
Según el objetivo
I. Acoso estratégico: el acoso busca beneficiar a la empresa (por ejemplo, una baja voluntaria de la víctima ahorra una indemnización por despido).
II. Acoso de dirección o gestión: el acoso se produce desde la dirección, para castigar a una persona trabajadora o como instrumento para aumentar la productividad del equipo.
III. Acoso disciplinario: es un acoso que busca disciplinar a la víctima y, de esta manera, advertir al resto de la plantilla. Este acoso también busca poner trabas a los derechos laborales relativos a incapacidades temporales, embarazos de las trabajadoras y el ejercicio de los derechos de corresponsabilidad.
IV. Acoso perverso: la persona acosadora no busca ningún fin. Su carácter le lleva a generar una situación de abuso sostenido contra la víctima. Además, logra camuflarlo ante el resto de personas mostrando una personalidad atractiva.
Las situaciones descritas son más frecuentes de lo que creemos. Por ello es necesario aprender a reconocerlas, identificarlas y dejar en evidencia a las personas acosadoras.
El acoso laboral es un riesgo que, como tal, debe ser abordado desde la prevención de riesgos laborales, con medidas organizativas que eviten conductas contra la integridad y dignidad de las personas trabajadoras. Desde CGT, creemos que es fundamental que las personas trabajadoras conozcamos la definición y formas de acoso, para que podamos identificar estas situaciones. El acoso, como se ha dicho, se agrava con el tiempo, tanto en sus manifestaciones como en los daños que produce en las víctimas, por lo que es fundamental cortarlo en un estadio temprano.
Sin embargo, el acoso no puede medirse por sus consecuencias en las personas acosadas, pues el daño es relativo, ya que no todo el mundo dispone de las mismas herramientas o recursos. Tampoco puede depender de la valoración de testigos, pues la reacción de quienes presencian las conductas de acoso también varía y pueden implicarse en la resolución, tomar partida por una u otra parte, adoptar una postura indiferente, etc. Debemos utilizar herramientas objetivas para combatir el problema.
Actuaciones ante el acoso
La denuncia laboral se inicia en Adif, Renfe y Logirail a través de los distintos protocolos de actuación frente al acoso. La víctima tiene otros recursos, siempre compatibles, como la denuncia ante la Inspección de Trabajo, el Procedimiento Ordinario Laboral (Ley 36/2011) y Procedimiento Ordinario por Daños y Perjuicios (si el acoso laboral ha cesado).
Crear un registro de las conductas sufridas ayuda a definirlas. En este sentido, el INSST desarrolló un “Diario de Incidentes”, que permite reconocer y evaluar las conductas de acoso. Facilita un registro, un listado de las acciones y reacciones y una escala numérica en función de la gravedad, que permiten a la víctima valorar la situación. Os facilitamos un código QR con enlace a un Diario de Incidentes, desarrollado por la CGT de Madrid, Castilla – La Mancha y Extremadura.
Si te reconoces en algún tipo de acoso o conoces algún caso, contacta con la representación de los y las trabajadoras para recibir más información y, sobre todo, ayuda.
El acoso es un delito recogido en el Código Penal (art. 173.1), no seas cómplice y apoya a la víctima.
Comunicado

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