Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE INTERVENTOR@, RENFE SIGUE REGALANDO TUS FUNCIONES | 126 2023-10-27 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 16 veces | Igual no te has enterado, compañer@ OCN1 / OCEN1 / SSB, pero la Gerencia de Seguridad en la Circulación de Renfe acaba de publicar un Procedimiento Operativo en el que han eliminado de un plumazo a l@s interventor@s del redactado.
Desde el Acuerdo de Agente Único El Colectivo de Intervención, allá por el año 2000, pasando por la retirada de la consideración de Agente de la Autoridad o los menosprecios de nuestra propia empresa a nuestras funciones (“L@s interventor@s solo realizan labores comerciales, no de seguridad”): No dejan de hacer que perdamos efectivos, herramientas de trabajo o reconocimiento público.
Renfe Viajeros nos vuelve a traicionar retirando del procedimiento PO-V Nº42v1/2023 las referencias al Personal de servicio en el tren (OCN1) y permitiendo que las Operaciones de Tren (OT) al Maquinista puedan ser comunicadas por “cualquier otro” personal que el servicio correspondiente designe debidamente instruido. Esto implica que el colectivo sufra una externalización indirecta de cargas de trabajo totalmente gratuita.
Desde CGT ya hemos solicitado a la Dirección de Recursos Humanos del Grupo Renfe que restituya el Procedimiento a su versión previa y hemos demandado igualmente que se notifique a la Representación de l@s Trabajador@s de la intención de ejecutar este tipo de modificaciones con incidencia directa sobre el trabajo diario de todo un colectivo.
Esperamos que las organizaciones firmantes del III Convenio Colectivo del Grupo Renfe y presentes en la Mesa técnica de Comercial, que “tendrá como objeto estudiar y analizar los distintos marcos reguladores del personal de Intervención”, entre otras atribuciones demanden también la inmediata restitución del procedimiento a su estado previo y defiendan igualmente al denostado Colectivo de Intervención.
INTERVENTOR@, QUE NO TE VENDAN, ¡ÚNETE A CGT!
Comunicado Anexo 1

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