Comunicados
RENFE | 94 11/11/2025
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MOVILIDAD EXTRAORDINARIA EN INGENIERÍA Y MANTENIMIENTO HACER LO MISMO Y ESPERAR RESULTADOS DISTINTOS Una vez más, la Dirección del Grupo Renfe demuestra su falta de escucha y su incapacidad para rectificar. La reunión de movilidad extraordinaria celebrada el pasado jueves en la sala 100 de Fuencarral volvió a dejar claro que la empresa sigue actuando de espaldas a su plantilla, ignorando las propuestas razonables de la representación sindical y manteniendo un modelo autoritario que bloquea la conciliación y limita el desarrollo profesional.
ESCASOS AVANCES REALES
Durante más de cuatro horas se abordaron cuestiones clave: la cobertura de vacantes, los cambios de especialidad y la situación de quienes aprobaron en la anterior convocatoria pero quedaron sin plaza. La empresa, fiel a su estilo, comenzó negándose a permitir los cambios de especialidad y eliminando incluso la plaza de Granada, una decisión que anticipa el incierto futuro de ese taller y evidencia la falta de compromiso con su personal.
La presión de la representación sindical consiguió un pequeño avance: la creación de un quinto grupo subsidiario para quienes acrediten titulación y antigüedad suficiente. Un paso mínimo, pero que demuestra que cuando se presiona, se consiguen resultados.
LOS PROBLEMAS DE FONDO SIGUEN SIN RESOLVERSE
Sin embargo, los problemas de fondo permanecen. Los cambios de especialidad denegados siguen sin resolverse, y Renfe vuelve a escudarse en su supuesta “incapacidad” para atender las demandas. El corsé del artículo 14.6 continúa impidiendo una movilidad real y afectando directamente a la conciliación y a la planificación personal, mientras las plazas siguen sin cubrirse y la empresa se empeña en sostener un modelo que no funciona.
NO SEREMOS CÓMPLICES DE ESTE MODELO
Desde SFF-CGT lo tenemos claro: no seremos cómplices de este modelo fracasado ni de los acuerdos que recortan derechos y dignidad a la plantilla. Mientras otros firman sin cuestionar, nosotros seguiremos denunciando la incoherencia, la falta de transparencia y el autoritarismo que impiden avanzar hacia una movilidad justa, transparente y negociada.
Porque la movilidad debe servir para crecer, no para castigar. Seguiremos firmes, defendiendo la lógica frente a la imposición y los derechos frente a los privilegios.
SFF-CGT: HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 11/11/2025 | 93 EL SFF-CGT PRESENTA UNA COMISIÓN DE CONFLICTOS POR LA PARÁLISIS DEL III CONVENIO | LOGIRAIL 06/11/2025 | 92 SALARIOS DE OUTLET, DIRECCIÓN DE LUJO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF MODIFICACIONES EN POLÍTICA SOCIAL AYUDAS GRACIABLES | 6 2017-01-16 |
| COMUNICADO
 | Leido: 87 veces | Tras algunos meses y bastantes reuniones, desde la Comisión de Política Social e Igualdad hemos conseguido llegar a un acuerdo por unanimidad, para introducir algunas modificaciones en los Requisitos y las cantidades a percibir en materia de Ayudas Graciables, hemos pretendido clarificar al máximo los requisitos, mejorar en lo posible y facilitar trámites. Las novedades más significativas serían:
• Se eleva el gasto mínimo para solicitar la ayuda de 400 a 500€, pero como novedad se da la posibilidad de presentar facturas por gastos de óptica y farmacia, exclusivamente, por un importe mínimo de 200€ en ambos casos.
• Se cubren todos los gastos de odontología excepto los de carácter estético.
• La cantidad mínima por gastos de farmacia se baja a 200€ y se puede presentar solicitud de ayuda de forma independiente.
• En gastos ópticos se eleva la cantidad máxima a valorar por la montura de 90€ a 100€, y se puede presentar solicitud de ayuda, de forma independiente, a partir de 200€ de gasto.
• Para gastos por celiaquía, basta con presentar anualmente el informe médico de aquellos miembros de la unidad familiar que la padezcan (ya no habría que ir sumando y presentar todos los tickets de compra) y se establecen unos importes fijos a percibir para cada uno de ellos, 200€ para quienes tengan unos ingresos brutos que no superen los 42.071€ y 100€ para quienes estén en el tramo de 42.072 hasta los 60.101€.
• Gastos por intervención óptica, se establece como cantidad máxima a percibir 500€, pero se amplía la cobertura a los integrantes de la unidad familiar, en caso de intervención laser. El resto de técnicas de intervención óptica sólo para el trabajador/a.
• La cantidad máxima a percibir en caso de adopción y por reproducción asistida se eleva de 600€ a 800€ y se podrá solicitar en ambos casos hasta en 3 ocasiones.
• Se aprueba como novedad la ayuda para dejar de fumar, solo para el propio trabajador/a, por gastos de medicamentos para tal fin, mediante informe que acredite que el tratamiento se efectúa a través del sistema público de salud, en el que figuren los medicamentos prescritos y las fechas de inicio y fin de dicho tratamiento. Esta ayuda sólo se podrá percibir en una ocasión.
• Ayudas a víctimas de violencia de género. Se valorarán como ayudas extraordinarias en los términos que estime la Comisión.
• Se regulan las fechas de entrega y plazos para aportar documentación.
• En las Ayudas por Incapacidad Temporal : El plazo para solicitarla será como máximo hasta un año después de la fecha de alta.
El baremo establecido para el cálculo de las ayudas según la suma de los ingresos brutos percibidos por la unidad familiar, se mantiene como estaba:
Hasta 21.000 € - 60%
Desde 21.001 hasta 25.844 euros - 40%
Desde 25.845 hasta 42.071 euros - 20%
Desde 42.072 hasta 60.101 euros - 10%
Se incrementarán en un 10 % los porcentajes que correspondan sobre este baremo, para las familias numerosas, portando documento acreditativo de esta situación.
La cantidad máxima anual de ayuda que podrá percibir un trabajador/a es de 1503€.
Estas novedades han de ser ratificadas por el Comité General de Empresa, antes de entrar en vigor, los modelos de Solicitud de las Ayudas Graciables y el Nuevo Extracto de Requisitos, estarán disponibles en nuestra página, como hasta ahora y para resolver cualquier duda estamos a vuestra disposición.
¡CGT EN DEFENSA DE TOD@S L@S TRABAJADOR@S!
Comunicado

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