Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE ES NECESARIO BUSCAR LA VIABILIDAD PARA RENFE MERCANCÍAS | 8 2017-01-19 |
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 | Leido: 64 veces | En el día de hoy hemos mantenido la segunda reunión de las previstas para este mes de enero, entre el CGE y la Dirección del Grupo RENFE con el fin de abordar, en el marco de las actuaciones que permitan garantizar la viabilidad de la Sociedad, las adaptaciones referidas a los recursos humanos en RENFE Mercancías S.A.
En esta reunión siguen manteniendo el documento entregado el pasado día 17, en la que se detallan tanto la relación de categorías como la de residencias que entienden pueden ser prescindibles para Mercancías. El número de trabajadores afectados sería de 146, y en esa relación no figura el personal de Dirección al estar excluido de convenio y tener un contrato personal.
Además y en lo referente a recursos humanos de la Sociedad, entienden que habrá una reducción añadida en el número de trabajadores con las movilidades y adscripciones del personal de conducción a RENFE Viajeros.
La Dirección de la Empresa indica que para garantizar que el mayor número de trabajadores se puedan quedar en su residencia o en su grupo profesional, tienen que conocer las preferencias de los trabajadores, haciéndonos entrega de un modelo de petición de Movilidad de los trabajadores de RENFE Mercancías a las otras Sociedades del Grupo, cuyo plazo de presentación finaliza a las 14 horas del próximo 25 de enero.
Queda claro que, entre todos, tenemos que dar una solución satisfactoria a RENFE Mercancías, que le dé viabilidad a la Sociedad; además de garantizar el futuro de los trabajadores que se queden en Mercancías, como el de los que se vayan a las otras sociedades del Grupo, y que estas actuaciones se deben hacer de manera consensuada y no a través de amenazas con la aplicación del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. Como ya dijimos en anteriores comunicados la situación en la que se encuentra RENFE Mercancías en la actualidad es debido a la mala gestión de las distintas Direcciones, en ningún caso de los trabajadores.
DESDE CGT ENTENDEMOS QUE ESTAS POSIBLES ACTUACIONES EN EL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS TIENEN QUE LLEVAR APAREJADA OTRAS ACTUACIONES A OTROS NIVELES, POLÍTICO, EMPRESARIAL, ETC. QUE REALMENTE ASEGUREN ESA VIABILIDAD. SE TIENE QUE POTENCIAR LA CAPTACIÓN DE NUEVOS MERCADOS, INTERNALIZACIÓN DE CARGAS DE TRABAJO, POTENCIAR EL TRANSPORTE POR FERROCARRIL COMO EMPRESA PÚBLICA Y COMO ALTERNATIVA DEL TRANSPORTE POR CARRETERA, ETC.
¡CON UNA BUENA GESTIÓN, HAY VIABILIDAD PARA RENFE MERCANCÍAS!
Comunicado

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