Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
|
|
AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
SECTOR LA APLICACIÓN DEL RCF… ¡OTRA IMPROVISACIÓN MÁS! | 12 2017-01-27 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 27 veces | La entrada en vigor del Reglamento de Circulación Ferroviaria (RCF) ha vuelto a poner de manifiesto la falta de compromiso de ADIF y RENFE con la Seguridad en la Circulación y por otro lado, su principal valedor, la AESF, que se ha desentendido totalmente, actuando con la misma improvisación que los dos entes ferroviarios.
Para empezar, la Formación que se ha dado a los trabajadores ha sido insuficiente para la envergadura del cambio y su afectación a la seguridad. Los cursos de reciclaje se han impartido entre 10 y 8 meses antes de la entrada en vigor, sin recordatorios previos; además se impartieron con parte de la documentación (NAR, Consignas, etc.) sin concluir. Si a esto le sumamos que la distribución de la documentación reglamentaria se ha hecho horas antes de la entrada en vigor impidiendo que los trabajadores pudieran estudiarla con detenimiento antes de su entrada en vigor, provocando inseguridad entre los trabajadores con responsabilidad en seguridad en la circulación.
Esta improvisación ha quedado más patente aún si cabe con el acuerdo entre ADIF y RENFE; acuerdo cerrado a última hora y que modifica algunos aspecto del RCF, al mantener el Documento del Tren y las Operaciones del Tren (OT), que forman parte de los sistemas de gestión de seguridad y procedimientos operativos de Renfe dentro las funciones de los trabajadores de ADIF y de los que no tienen ningún conocimiento o formación.
A este circo se ha sumado la AESF publicando a última hora fichas-guía para solventar dudas sobre el RCF (art. 3.3.5.1 a 3.3.5.4) y así facilitar su implantación, poniendo en entredicho el seguimiento que ha hecho de la transición a la nueva normativa.
Desde CGT entendemos que es la AESF la que debe velar por la seguridad en la circulación y no debe caer en la improvisación permanente de ADIF Y RENFE. La entrada en vigor del RCF estaba prevista con 18 meses de antelación y la adaptación a la nueva reglamentación se ha hecho deprisa y corriendo contando solamente con la profesionalidad y buena voluntad de todos los trabajadores, que una vez más han dejado patente.
¡POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS!
Comunicado Anexo 1

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |