Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF CGT EXIGE MAS TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE LA O.E.P. | 30 2017-02-20 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 49 veces | Una vez más el oscurantismo envuelve los procesos de selección en la OEP, esta vez para el ingreso de personal en ADIF; si bien al principio pareció ser más transparente que en ocasiones anteriores, ahora la forma de publicar los listados y de comunicar la continuidad del proceso encierra ciertas dudas. ¿Por qué no se publican las notas? ¿Qué interés hay en que no sean públicas? ¿Por qué no informan al CGE?
La publicación de las notas garantiza a los participantes que el orden del listado de preseleccionados y aspirantes a la bolsa de empleo se ha elaborado de mayor a menor puntuación, por lo tanto aporta transparencia y criterios objetivos para poder realizar las reclamaciones y/o alegaciones que crean oportunas dentro de los plazos establecidos en la propia convocatoria. Sin esta información no se garantiza el derecho a reclamar.
Entendemos que la aplicación de la ley de protección de datos de carácter personal no es excusa para no publicar las puntuaciones obtenidas de cada participante. Lo que resulta más sorprendente si cabe, es que por un lado y argumentando la excusa de la protección de datos no se publiquen las notas y por otro se haya “filtrado” un listado nominal y ordenado con los aprobados de cada una de las convocatorias de esta OEP.
Otra cuestión que hace aún más notorio las malas prácticas de la Dirección, es que la información sobre puntuación, reconocimientos médicos, sedes formativas, becas, etc., se haga a través de “rumores” y de filtraciones exclusivamente a aquellos que les sirven de soporte para sacar adelante cualquier propuesta, en cualquier ámbito negociador y no se publiquen a través de los canales que garanticen la información, como procede en una convocatoria para la OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO. También deberían de comunicar oficialmente estas cuestiones a todas las organizaciones presentes en el CGE. Pero como ya sabemos solo “ellos” han querido tener presencia en el Tribunal para, en connivencia con la Dirección, “rentabilizar” al máximo la información.
Han modificado las bases de la convocatoria en cuanto a la puntuación y a las fases del proceso en lo que se refiere a la disminución de los niveles establecidos para considerar superados cada uno de los bloques señalados en la convocatoria. Este hecho hace aún más necesaria la publicación de las puntuaciones en cada “bloque” de preguntas con el objetivo de comprobar que los aspirantes que hubieran aprobados los tres bloques no hayan sido perjudicados con este cambio de criterio.
Tampoco es muy lógico que teniendo todo el 2016 para publicar la OEP, aprobada en la Ley General de Presupuestos del Estado 2016 (noviembre 2015), ahora se modifiquen las fases recogidas en las bases y se empiece a citar a los preseleccionados al reconocimiento médico antes de terminar el período de alegaciones y comprobación de titulación y por lo tanto antes de la publicación del listado definitivo de preseleccionados.
DESDE CGT HEMOS REMITIDO UNA CARTA A LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA MANIFESTANDO NUESTRA DISCONFORMIDAD CON TODOS ESTOS ASPECTOS Y EXIGIENDO TODA LA TRANSPARENCIA EXIGIBLE EN UN PROCESO DENTRO DE UNA EMPRESA PÚBLICA, CON EL FIN DE GARANTIZAR LOS DERECHOS DE TODOS LOS PARTICIPANTES.
¡POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS!
Comunicado Anexo 1

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