Comunicados
ADIF | 14 25/02/2026
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CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 CIRCULAR DE JUBILACIÓN PARCIAL 2026
Hoy se ha firmado el borrador de la circular de jubilación parcial para 2026. La buena noticia es que se podrán acoger 740 personas (8 en Adif alta velocidad). La mala, que el año pasado se quedaron fuera 400 y seguramente este año se quede aun más gente.
PLAZAS PARA TOD@S
En el SFF-CGT consideramos que acceder a la jubilación parcial no debería depender del día en que hayas nacido o si has nacido en un mes u otro del año. Con carreras tan largas, todas las personas que deseen acceder a la jubilación parcial y cumplan los requisitos deberían poder hacerlo. Por eso hemos reivindicado que se pueda acoger tantas personas como personas ingresen en la OEP, y que además se sumen plazas asociadas a las dos nuevas convocatorias extraordinarias de ayudante ferroviari@ y las 480 plazas comprometidas en el “histórico acuerdo que va a cambiar el sector del ferrocarril”. La respuesta de la empresa es que ni lo uno ni lo otro. Y respecto a las 480 plazas, que no contemos con ellas en 2026. Así que, primer compromiso roto: las 480 plazas anuales entre 2026 y 2031 ya van a ser para 2027 (veremos si no para 2028).
CIRCULAR CASI IDÉNTICA A LA DE 2025
Por lo demás, la circular es prácticamente calcada a la del año pasado. Los requisitos para acceder son:
• Tener cumplidos 62 años y cotizados a la Seguridad Social como mínimo 35 años y 6 meses.
• Tener cumplidos 64 años y, cotizados a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Si se trata de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, al menos 25 años cotizados.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la entidad y, en caso de empate, por la mayor edad, incluida la hora de nacimiento en caso necesario, independientemente de la fecha en la que cumplan los requisitos para adherirse a la jubilación parcial.
Conforme al orden del citado listado, en primer lugar se procederá a establecer los contratos de jubilación parcial a personas que cumplan requisitos a 31 de mayo de 2026, que estarán vinculados al número máximo de los contratos de relevo de las personas que está previsto que ingresen de la OEP en el mes de junio. El resto de solicitantes que queden en el listado permanecerán en el mismo orden para optar a los contratos de jubilación parcial vinculados a los contratos de relevo que se formulen con los ingresos de la OEP previstos para octubre.
Hay dos formas de acogerse:
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios dentro de cada año (salvo para el colectivo de estructura de dirección).
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios de todo el período de la jubilación parcial al principio de la nueva situación como persona trabajadora a tiempo parcial.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 3 de marzo de 2026 al 10 de abril de 2026, ambos incluidos. Este plazo será único tanto para las personas que cumplan condiciones a fecha 31 de mayo como para quienes las cumplan a 30 de septiembre.
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO | ADIF 17/02/2026 | 12 ¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE NO QUEREMOS QUE DERROCHEN NUESTRO DINERO, NI QUE HIPOTEQUEN NUESTRO FUTURO | 31 2017-02-20 |
| COMUNICADO
 | Leido: 42 veces | En la mañana de hoy, hemos mantenido una reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo del Grupo RENFE. La intención de la misma era la modificación de la Cláusula 14.7.2 del citado Convenio Colectivo, es decir modificar las condiciones establecidas en el convenio para las desvinculaciones del año 2017.
La Dirección del Grupo RENFE plantea para modificar la citada cláusula lo siguiente:
Ø Para los trabajadores que a 31 de diciembre del 2016 hayan cumplido con los requisitos para acceder a la jubilación, con el 100% de la Base Reguladora, y o bien no solicitaran su participación o bien renunciaran a la misma, se les abonarán DOS mensualidades de su salario bruto con el prorrateo de las pagas.
Ø Para los trabajadores que cumplan con los requisitos anteriores durante este año 2017, se establece la misma indemnización recogida en el Plan de Empleo Específico para el año 2016:
EDAD REAL Nº MENSUALIDADES
-------------------------------
<=61 6
>61 Y <=62 5
>62 4
Este acuerdo ha sido ratificado por la mayoría de la Comisión Negociadora, Semaf y UGT.
Desde CGT nos parece un despropósito que en una Empresa Pública como la nuestra no se tenga miramientos en derrochar y dilapidar millones de euros en un plan de desvinculaciones que beneficia a unos pocos, y todo esto a costa de precarizar las condiciones de los nuevos ingresos y de los trabajadores ya existentes en el Grupo RENFE.
EN CGT SEGUIMOS APOSTANDO POR LA JUBILACIÓN PARCIAL CON CONTRATO RELEVO. UN SISTEMA JUSTO PARA TODOS, YA QUE PERMITE LA SALIDA DE AQUELLOS TRABAJADORES CON MUCHOS AÑOS DE TRABAJO, Y NOS GARANTIZA UNAS TASAS DE REPOSICIÓN ELEVADAS, ALGO FUNDAMENTAL PARA DAR VIABILIDAD A NUESTRA EMPRESA; TODO LO CONTRARIO A ESTE ACUERDO, EN EL QUE ÚNICAMENTE SE PREOCUPAN DE LA SALIDA DE LOS TRABAJADORES, YA QUE A DÍA DE HOY NO HAY CONSTANCIA TODAVÍA DE LA TASA DE REPOSICIÓN AUTORIZADA.
¡EL DINERO PÚBLICO PARA RECUPERAR LOS EMPLEOS DIGNOS DESTRUIDOS!
Comunicado

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