Comunicados
IRYO | 100 02/12/2024
|
CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO Tras consultar con la afiliación el SFF-CGT decidió no convocar huelga los días 5 y 6 de diciembre por no poder cumplir los plazos ya que la reunión del SIMA se celebró el día 26 de noviembre y por lo tanto no podíamos cumplir los diez días necesarios para cumplir con el plazo legal para convocar huelga.
Con el ánimo de dar una oportunidad más a la negociación, la afiliación del SFF-CGT decidió no convocar huelgas los días 8 y 9 de diciembre, no tenemos mucha confianza en que se resuelva de una vez por todas las reivindicaciones que arrastramos desde hace dos años y que reunión tras reunión la Dirección de la empresa IRYO ha ido demorando, pero acudiremos a las reuniones convocadas por la dirección para los días 13 y 20 de diciembre.
Acudiremos a las reuniones con el mismo objetivo que a las anteriores, que se finalice la desigualdad entre colectivos y se cumpla con lo regulado por ley.
Como venimos diciendo hace meses el SFF-CGT no va a renunciar a la presión hasta conseguir los objetivos motivo por el cual, hoy día 2 de diciembre el SFF-CGT hemos convocado HUELGAS en IRYO para los días 23, 24, 25, 30 y 31 de diciembre de 2024 y 1 de enero de 2025.
Nadie nos va a regalar nada, los derechos se conquistan. La capacidad para negociar la dan todas las personas trabajadoras que se movilizan para conseguir sus objetivos.
Los nuestros son:
• Las dietas que no generen desigualdad, para el colectivo de ASISTENTES.
• La compensación en nocturnidad para quien la trabaje.
Las direcciones de las empresas llegado a este momento intentarán confundir y actuar contra la huelga, así como sus adláteres y mensajeros (disfrazados de clase trabajadora) difundiendo miedo a cambio de ¿qué?
Pero la realidad es que el derecho a hacer HUELGA es un derecho CONSTITUCIONAL que todos y todas podemos llevar a efecto en defensa de nuestras reivindicaciones.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
|
ADIF 29/11/2024 | 99 LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS | ADIF 28/11/2024 | 98 EL DINERO EN ADIF, ESE GRAN TRAMPANTOJO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
ADIF NUEVA REUNIÓN DEL TRASVASE DEL CANAL DE VENTA Y LA O.E.P. | 39 2017-03-02 |
| COMUNICADO
| Leido: 123 veces | Ayer se celebró la cuarta reunión entre la Dirección de ADIF y el CGE, para continuar con el desarrollo del acuerdo del trasvase del Canal de Venta Presencial de ADIF a Renfe-Viajeros, una vez que la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Hacienda haya otorgado la autorización preceptiva. También se han tratado temas relacionados con la OEP/2016 y temas pendientes de anteriores reuniones.
POR LO QUE RESPECTA AL TRASVASE: se ha establecido el calendario orientativo de la Convocatoria de Adscripción que se publicará durante el día de hoy; donde se establecen los plazos concretos con las fechas correspondientes. El proceso de diferenciación en las funciones y espacios se efectuará paulatinamente después de la resolución definitiva y la formación correspondiente, sin embargo, la fecha efectiva del cambio será la del 1 de mayo de 2017.
La Dirección ha aportado algunas modificaciones de los datos entregados inicialmente, subsanando errores y otros relacionados con la “permuta” de categorías trasvasables; de modo que algunos MM.II. que estaba previsto pasar a RENFE ahora se quedarán en ADIF siendo sustituidos, sin modificación cuantitativa, por Factores o Factores encargados, situación que hemos entendido porque las necesidades funcionales que se precisan en RENFE son precisamente personal para realizar la venta. La Empresa nos ha trasladado un calendario estimativo de la ejecución de las fases del proceso:
Mes de marzo: día 2 publicación del ofrecimiento, día 12 fin plazo admisión de solicitudes, día 17 publicación resolución provisional de las fases 1ª y 2ª y día 27 fin del periodo de reclamaciones
Mes de abril: día 3 publicación de la resolución definitiva, a partir de esta fecha se inicia el periodo formativo para el personal del servicio básico de la estación.
Para CGT, en lo que se refiere al Canal de Venta, esto es un paso más para alcanzar la reivindicación del colectivo después de muchos años de incertidumbre; sin olvidar que los “flecos” pendientes deben ser tratados en la Comisión de Seguimiento creada a tal efecto, en la que estaremos muy atentos ante cualquier intento de modificar los términos acordados y participaremos en la resolución de cualquier anomalía que pueda surgir.
EN CUANTO A LA OEP: La Dirección manifiesta que la formación para los que hayan participado en el proceso de movilidad del año 2016 puede que no sea coincidente en toda su amplitud con la que está prevista para las nuevas incorporaciones de la OEP (era previsible después del acuerdo suscrito por los firmantes de aquella convocatoria en la que permitieron a la Empresa que, por motivos de producción, se pudieran retrasar estos movimientos, independientemente que estuvieran vinculados a la OEP).
CGT exigió, una vez más, que la formación para este grupo de afectados fuera de manera simultánea con los nuevos ingresos. Hasta esta fecha, del proceso de movilidad del año 2016, se han producido alrededor de 27 movilidades geográficas y funcionales y se prevén 68 más a partir de este mes, para lo cual pondrán en marcha cursos de formación sin que hayan determinado los centros ni las fechas concretas.
Las sedes previstas para la formación de los nuevos ingresos son las siguientes: Para Circulación Sevilla, Madrid, Valencia, Barcelona, Miranda de Ebro, León. Para Infraestructura Madrid, Valencia, Sevilla, Barcelona
También hemos requerido información sobre cuestiones relacionadas con: los títulos de transporte, la consolidación de empleo en RAM, la jubilación parcial, la OEP del personal no operativo y las residencias vacacionales del personal de RAM.
En cuanto al tema relacionado con los títulos de transporte, la Dirección manifiesta que después de las gestiones mantenidas con Renfe, se va a posibilitar la aplicación a los trabajadores en activo de ADIF y ADIF A.V. y sus beneficiarios los mismos beneficios aplicados en el grupo Renfe, comprometiéndose a informar de la fecha de entrada en vigor de esta medida.
Respecto del resto de temas nos trasladan que serán tratadas en una próxima reunión con el CGE.
DESDE CGT, CON TODAS NUESTRAS RESERVAS Y DUDAS SOBRE EL PLENO CUMPLIMIENTO DE ESTOS ACUERDOS Y/O COMPROMISOS, ESTAREMOS EXPECTANTES PARA QUE SEAN CUMPLIDOS PLENAMENTE Y CON LAS MÁXIMAS GARANTÍAS PARA TODOS LOS TRABAJADORES AFECTADOS. POR ELLO HEMOS PROPONEMOS QUE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO SE ACTIVE DESDE LA PRIMERA FECHA EN LA QUE ESTÁ FIJADA EL INICIO DEL PROCESO DEL TRASVASE Y QUE PARALELAMENTE EL CGE INTERVENGA EN EL RESTO DE LOS TEMAS TRATADOS EN ESTA REUNIÓN.
¡POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS!
Comunicado
|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |