Comunicados
ADIF | 53 12/06/2025
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III CONVENIO: A LA CHITA CALLANDO Y NUESTROS DERECHOS RECORTANDO III CONVENIO: A LA CHITA CALLANDO Y NUESTROS DERECHOS RECORTANDO
Aunque parezca que no hace nada, poco a poco la dirección de Adif enseña sus pretensiones para el nuevo convenio colectivo. No solo no se plantea mejorar los derechos de sus trabajadoras y trabajadores, sino que amenaza con reducirlos. Las reuniones del miércoles de la mesa de empleo y de la mesa de asuntos sociales lo dejan claro.
NO CREAR EMPLEO, SINO MANTENER A PERPETUIDAD EL DE LXS JEFXS
En la mesa de empleo, la dirección ha seguido erre que erre con su único objetivo, poder jubilarse tres años más tarde. El SFF-CGT hemos sido claras desde el principio, jubilación a los 65 años. Porque en la mesa de empleo, se tiene que hablar de crear empleo. Y ello incluye hablar de las plazas de OEP congeladas desde 2022 para personas con discapacidad intelectual.
También se tiene que abordar la modificación de los acuerdos de las 35 horas, movilidad y teletrabajo, a lo que la empresa sigue negándose. Según su opinión, no son acuerdos mejorables (luego, contra toda evidencia, debe de considerarlos perfectos).
LA REFERENCIA DE LA DIRECCIÓN: EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES
El Comité General de Empresa presentó en febrero a la dirección una propuesta para mejorar nuestras licencias. En junio, la respuesta de Adif ha sido armonizar nuestro convenio, a la baja, con el Estatuto de los Trabajadores.
Todavía es peor su intención de eliminar nuestro derecho al reingreso en la empresa si la seguridad social nos declara en situación de incapacidad permanente total. La propuesta de modificación del artículo 115 de la normativa laboral es una estafa a la plantilla.
El derecho al reingreso es un logro histórico de las trabajadoras y trabajadores de Adif y ha salvado de la calle y del desempleo a cientos y cientos de compañerxs en todos estos años. No vamos a consentir que Adif se salga con la suya y rebaje nuestro derecho a lo marcado en el Estatuto. Quien por enfermedad o accidente pierda la capacidad para desempeñar su trabajo, tiene que seguir teniendo asegurado un empleo en Adif. No vamos a dejar tiradx a nadie.
LA LEY DEL EMBUDO
La dirección nos hace juegos de trileros e intenta embaucarnos para suavizar la conflictividad que ya aflora por todas las costuras. No entendemos cómo puede esperar un verano tranquilo si en las mesas solo nos ofrece retrocesos, dilaciones y excusas.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 12/06/2025 | 52 EL SFF-CGT IMPUGNA LA OEP PARA OPERADOR DE ENTRADA DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN POE25-05/2601 | RENFE 09/06/2025 | 51 HABLEMOS SOBRE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CONCURSOS DE MOVILIDAD Y PROMOCIÓN PROFESIONAL EN TALLERES: PIDE POR ESA BOQUITA, QUE TE DARÁN… | 50 2017-04-05 |
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 | Leido: 57 veces | Tras más de tres meses de espera la Dirección de Fabricación y Mantenimiento se ha decidido a publicar una resolución provisional para todas y cada uno de los procesos de movilidad geográfica y funcional de 3 de agosto de 2016 para Supervisores de Base, Sección y Operador Especializado. El concurso para Operador de Mantenimiento N1 ya se resolvió con parecidos tintes.
La publicación de concursos de movilidad sin que se ofrezcan ni se conozcan las vacantes a cubrir es consecuencia de lo recogido en la cláusula 7ª del I Convenio Colectivo del Grupo Renfe, convenio que CGT no firmó por que introducía la precariedad laboral en la empresa y por contener en su redactado tropelías contra los trabajadores como la de la presente cláusula: “se elimina la necesidad de identificar el número y la ubicación de las plazas objeto de cobertura”.
Lo acontecido con la resolución provisional de las convocatorias de movilidad es todo un abuso de autoridad, un desprecio hacia la profesionalidad de los trabajadores de talleres y una patada en el culo a la ilusión y a las ganas de ser mejor en el trabajo a través de la promoción profesional en la empresa.
Es frustrante “quemarse las pestañas” estudiando para preparar unas pruebas y tras tener que hacer el examen en Madrid y aprobar con nota ver como la plaza por la que se concursa no se cubre mientras que en el taller sigue pendiente su cobertura real. Es intolerable que, como ocurre en algunos casos que conocemos, encima te pidan que hagas las funciones o tareas de una plaza que no te han querido otorgar cuando has aprobado o solicitado un traslado para cubrir una vacante que nuestra jefatura ahora no quiere reconocer.
¿Será este un nuevo método empresarial para motivarnos como trabajadores? De ser así, ¡qué asco!
Es posible que estemos equivocados y que su pretensión prioritaria sea la de enrarecer el ambiente laboral para estropear los resultados productivos y para favorecer a una floreciente industria privada deseosa de entrar a saco de una vez por todas en lo que nuestros ejecutivos - gurús llaman “el negocio del mantenimiento”.
Mientras tanto en la mayoría de los talleres la edad media de los trabajadores sube hasta alcanzar una situación crítica y el Plan de Desvinculaciones acelera su vaciado de personal. La tasa de reposición es escasa, por no llamarla miserable y para más “inri” siguen haciendo contrataciones temporales a los nuevos ingresos de la bolsa de reserva en lugar de hacerlas indefinidas (sí que pueden) a sabiendas de que son más que necesarias.
¿Cuántas veces hace falta examinarse y aprobar con nota en una oferta pública de empleo de Renfe para obtener un contrato indefinido/fijo? ¿No dijeron que lo que pasó en 2016 no volvería a ocurrir?
Desde aquí animamos a todas y todos los que os sintáis perjudicados por la resolución provisional de estos concursos a presentar las correspondientes reclamaciones en el plazo de 15 días siguientes contados desde su publicación, tal y como establecen las bases de las convocatorias.
Y COMO NO PUEDE SER DE OTRA MANERA, DESDE CGT INSTAMOS A LA EMPRESA A QUE REVISE LA ADJUDICACIÓN DE ESAS VACANTES QUE SABEN DE SOBRA QUE SON NECESARIAS Y QUE NO HAN ADJUDICADO, PARA QUE SEAN CUBIERTAS EN LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA. TODO ELLO EN BENEFICIO DEL FUTURO Y LA VIABILIDAD DE LOS PUESTOS DE TRABAJO Y DE LA EMPRESA QUE DIRIGEN Y POR SUPUESTO, PARA RESPETO DE LA DIGNIDAD Y PROFESIONALIDAD DE LOS TRABAJADORES.
CGT DEFIENDE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES
Comunicado

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