Comunicados
 
IRYO
101
04/12/2024
IRYO, CCOO, UGT Y SEMAF, CONDENADOS POR LA AUDIENCIA NACIONAL. ¡EL PLAN DE IGUALDAD NO ES SU JUGUETE!
 
La Audiencia Nacional ha condenado a Iryo por vulnerar la libertad sindical del SFF-CGT y de su afiliación. Lo vergonzoso es que ha condenado por las mismas conductas a los sindicatos CCOO, UGT y SEMAF.
 
  COMUNICADO   Anexo   Anexo 2         
 
 
 
 
IRYO
02/12/2024
100
CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO
 
 
ADIF
29/11/2024
99
LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS
 
ADIF
28/11/2024
98
EL DINERO EN ADIF, ESE GRAN TRAMPANTOJO
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


ADIF
SÉPTIMA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL I CONVENIO
CLASIFICACIÓN DE LOS T.F.S.-PENOSIDAD-COMPLEMENTO 20 AÑOS-JUBILACIÓN PARCIAL
52
2017-04-18

COMUNICADO             
  
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Ayer día 17 de abril se celebró una nueva reunión de la Comisión Paritaria del I Convenio Colectivo de ADIF-ADIF A.V. El motivo de la misma era tratar sobre la clasificación de los Técnicos Ferroviarios Superiores y Titulados Superiores de Entrada provenientes de la extinta FEVE de acuerdo con los términos establecidos en el citado Convenio.

Desde que el 17 de diciembre del 2015 se firmó el Convenio, la situación de este colectivo era de autentico abandono laboral, mas por interés particulares de alguna de las partes en la negociación que por una verdadera intención de integrarles en el Convenio Colectivo. El acuerdo alcanzado no deja de tener una cierta provisionalidad al quedar pendiente, su encuadramiento definitivo, de la negociación de la Ordenación Profesional contemplada en la cláusula 7ª del propio Convenio.

CGT siempre ha defendido la integración de estos trabajadores en el Convenio con la premisa de que no supusiera agravio alguno a ningún otro trabajador. Esto se produce con el acuerdo suscrito al quedar encuadrados 22 trabajadores, atendiendo a sus funciones actuales, en la categoría de Técnico y el resto en las homónimas de ADIF, garantizándoles a todos la aplicación actualizada de sus retribuciones desde la fecha de la firma del Convenio (incluido el 1%) y todos los beneficios sociales (incluidos los títulos de transporte).

CGT, en el transcurso de esta reunión, planteo también la urgente necesidad de constituir el grupo de trabajo para que inicie la identificación de las categorías penosas y se realicen las propuestas correspondientes, de manera conjunta (ADIF/CGE), para ser trasladadas a los responsables ministeriales, tal como se recoge en la cláusula 14ª del Convenio. La dirección ha propuesto la fecha del 11 de mayo para retomar la negociación de la Ordenación Profesional y la constitución del citado grupo de trabajo.

Hemos planteado la exigencia del abono del complemento personal de antigüedad (clave 230) a los trabajadores de la RAM que hayan experimentado la variación del nivel salarial 2 al 3. La dirección efectuara este abono con efecto retroactivo a la fecha de la firma del Convenio (17 diciembre de 2015).

También nos hemos interesado por la situación de la Jubilación Parcial con Contrato de Relevo después de la última reunión. La dirección manifiesta que está valorando la posibilidad plantear un formato que sea compatible las OEP’s y la reducción del 75% de la jornada, tal como defendemos.

Desde CGT solo esperamos que todos los compromisos adquiridos, tanto en el acuerdo para la integración de los T.F.S. como en el resto de cuestiones planteadas, sean cumplidas con el rigor que exigen las mismas y no se demoren como es costumbre por parte de la empresa.

¡CGT DEFIENDE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES!


Comunicado                   
  











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